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SucesiOn Basilio LOpez MartIn
Hechos básicos, presumidos, comunes y particulares en
orden
cronológico con sus referencias documentales y
bibliográficas
1263
Se recopilaron en el territorio de la Península Ibérica (hoy España)
todas las leyes que componían su estado de derecho para ese entonces,
asignándole el nombre de Código de
Las Siete Partidas.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188
1348
Se publicaron las recopilaciones de leyes bajo el Ordenamiento de
Montalvo y el de Alcalá en España.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188
1390 al 1406
Enrique III gobierna en Castilla.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 80
1445
Se casan Domenico Colón con Susana Fontanarosa, padres de Cristóbal
Colón.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 80
1451
Nació Cristóbal Colón.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 81
1469
Se casaron Isabel, Princesa de Castilla, con Fernando, infante de
Aragón.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78
1474
Isabel, Princesa de Castilla se proclamó Reina de Castilla.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78
1479
Fernando, infante de Aragón, se proclamó Rey de Aragón al heredar el
trono.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78
1480
Se reformó el sistema penal en España.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 79
1481
La Santa Sede promulgó la Bula papal Aeterni Regis, que autorizaba al
Rey Juan II de Portugal a ser soberano sobre tierras que no pertenecieran a
príncipes cristianos, más allá de las islas Canarias, hacia el oeste y en la
vecindad de Guinea.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88
2 de enero de 1492
Se rindió en Granada ante los Reyes Católicos, el ultimo emir moro
Boabdíl.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 79
17 de abril de 1492
Los Reyes Católicos de España firmaron las Capitulaciones de Santa Fe
con Cristóbal Colón, otorgándole los títulos de almirante (vitalicio,
hereditario y a perpetuidad), virrey y gobernador general de las tierras que
descubriese.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 84 a 85
3 de agosto de 1492
Cristóbal Colón inició su primer viaje del descubrimiento.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 85
12 de octubre de 1492
Cristóbal Colón descubrió a América.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 86
6 de diciembre de 1492
En su primer viaje, Cristóbal Colón arribó a un puerto que le llamó San
Nicolás, que luego él dio a conocer como el Puerto de la Concepción en el
territorio de la isla que los indígenas le llamaban Haití; que luego Cristóbal
Colón le cambió el nombre al de La Española (hoy el territorio de Haití y la
República Dominicana).
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 86
25 de diciembre de 1492
Cristóbal Colón ordenó la construcción de una torre y un fortín, que
bautizó con el nombre de Fortín de la Navidad, en el territorio de la isla de
La Española (hoy el territorio de Haití y la República Dominicana); con el
objeto de establecer allí el primer poblado cristiano del Nuevo Mundo, dejando
en el mismo a 39 hombres que debían esperar a su regreso.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 87
3 de mayo de 1493
El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la 1ra
Bula Inter-Coetera autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las
tierras que se descubrieran, que no pertenecieran a príncipes cristianos.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88
28 de mayo de 1493
Los Reyes Católicos, Fernando e Isabel, le confirieron a Cristóbal Colón
todos los honores por su descubrimiento, confirmándole las Capitulaciones de
Santa Fe.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88
4 de junio de 1493
El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la 2da Bula
Inter-Coetera autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las
tierras que fueran descubiertas, que no pertenecieran a príncipes cristianos.
Hacia el oeste de una línea que, trazada de polo a polo, habría de pasar a cien
leguas de las Islas Azores. El reino de Portugal se opuso a ello.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88
junio de 1493
El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la Bula
Eximia-Devotionis por virtud de la cual ratificó y rectificó retroactivamente
al 3 de mayo de 1493 las Bulas papales del 1481 y del 3 de mayo de 1493.
Autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las tierras a ser
descubiertas que no pertenecieran a príncipes cristianos. Quitándole a Portugal
la soberanía sobre ellas.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88
25 de septiembre de 1493
Cristóbal Colón inició su segundo viaje con 17 naves y 1,500 hombres,
entre ellos Juan Ponce de León y Nicolás de Ovando.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 89 a 90 y 98
26 de septiembre de 1493
El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la Bula
Dudum Siquidem, por virtud de la cual ratificó y rectificó retroactivamente las
bulas papales del 1481 y el 3 de mayo de 1493. Donde autorizaba a los Reyes
Católicos a ser soberanos sobre las tierras a ser descubiertas que no pertenecieran
a príncipes cristianos. Quitándole a Portugal la soberanía sobre ellas. Se
autorizó la reclamación de tierras sur-occidentales descubiertas y por
descubrir en regiones meridionales u orientales de las Indias a los Reyes
Católicos. Por esto el Rey Juan II de Portugal se enfureció.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 89
16 de noviembre de 1493
Cristóbal Colón descubrió a San Juan Bautista (Puerto Rico) en su 2do
viaje.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 91
noviembre de 1493
En su segundo viaje de regreso al Nuevo Mundo Cristóbal Colón visitó las
tierras de La Española (hoy el territorio de Haití y la República Dominicana),
donde había dejado establecido el Fortín de la Navidad. Encontrando que los 36
hombres que había dejado para establecer el primer poblado cristiano del Nuevo
Mundo, habían sido asesinados por los indígenas. Hallando el Fortín en cenizas.
En vista de lo ocurrido, Cristóbal Colón seleccionó un nuevo paraje para el
asentamiento de un poblado permanente que decidió llamar con el nombre de
Isabela, en La Española, en honor a la reina de España.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 92 a 93
6 de enero de 1494
Se celebró la primera misa en América. A ésta asistió el comendador
Arroyo.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 134
4 de mayo de 1494
Con el propósito de poner fin a la disputa por la soberanía sobre las
tierras descubiertas en el Nuevo Mundo, se acordó el Tratado de Tordesillas
para disipar las tensiones entre Portugal y España. Por virtud del mismo,
España movió la línea de demarcación a 370 leguas al oeste de las Islas de Cabo
Verde, reconociendo la soberanía Portuguesa sobre las tierras por ellos
descubiertas al este de dicha línea.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 89
octubre de 1495
Cristóbal Colón autorizó el traslado del poblado de Isabela en el norte
hacia el lado sur de La Española, donde la futura capital del Nuevo Mundo
tomaría el nombre de Santo Domingo de Guzmán. Puerto Rico, desde sus
orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994,
página 93
23 de abril de 1497
El origen y desarrollo del precepto estatutario jurídico de la propiedad
privada, en nuestro ordenamiento jurídico puertorriqueño, como parte componente
de nuestro estado de derecho, tiene sus raíces en el antiguo ordenamiento
jurídico español. Remontándonos a la época del descubrimiento (exploración,
conquista y colonización) de América (el Nuevo Mundo o las Indias), se atribuía
al Rey, como único y legítimo representante del Estado, el señorío o dominio
eminente sobre todas las tierras descubiertas, en virtud de diversos títulos,
(donación de la Santa Sede, ocupación de cosa "nullius", etc.). Así,
los Reyes de España se consideraron dueños supremos de las tierras que no
estuvieran ocupadas o poseídas por los indígenas. La actividad legislativa se
orientó a la protección de la población indígena, dictándose leyes y
disposiciones con el fin de garantizar a éstos el tranquilo disfrute de sus
tierras frente a posibles abusos de los colonizadores. El derecho de propiedad
raíz en América nació cuando para la fecha del 23 de abril del año 1497 los
Reyes Católicos de España, Fernando e Isabel, expidieron en Burgos una Real
Cédula que autorizaba a Cristóbal Colón repartir entre los pobladores del Nuevo
Mundo montes, aguas y tierras. Mediante esa Real Cédula, como instrumento del
ordenamiento jurídico español positivo, siendo la forma más común de
legislación referente a América, se originaron en las Indias los primeros
títulos de concesión en usufructo, reconocidos por la Corona Española. Según
estas disposiciones, los colonizadores solamente podrían ocupar las tierras sin
dueño, e incluso se llegó, con el criterio de protección a los indígenas, a
declarar nulas las adquisiciones de tierras de éstos, por presumirse que tales
adquisiciones eran fraudulentas. En la práctica surgieron algunos problemas. No
se llegó, en la mayoría de los casos a practicar el deslinde entre las tierras
poseídas por los indígenas y las que, por no tener dueño, se atribuían en pleno
dominio al Rey. La consecuencia fue que, en muchas comarcas todo el suelo se
hallaba sujeto a una especie de condominio entre los indígenas y el Estado. En
aquellas comarcas en que se había llevado a cabo la separación, el terreno del
Estado se repartía en lotes entre los inmigrantes. Todo esto dio lugar a
abusos; los poseedores de tierras extendían muchas veces sus límites, usurpando
terrenos públicos, concejiles y de realengos, y aún de los mismos indios. Otros
ocupaban baldíos con el fin de convertirlos en terrenos de cultivo, sin obtener
previamente el título de concesión.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a
497
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 1 y 2
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435,
442 y 605
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 71, 119, 131 a 132
30 de mayo de 1498
Cristóbal Colón inició su tercer viaje a América.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94
23 de agosto de 1500
Francisco de Bobadilla arribó a la ciudad capital de las Indias, Santo
Domingo en la isla de La Española, por encomienda de los Reyes Católicos de
España, Fernando e Isabel, con poderes plenos e ilimitados para investigar unas
irregularidades como consecuencia de un movimiento insurreccional contra las autoridades
gubernamentales en la isla, regidas por Cristóbal Colón y sus hermanos. De la
investigación surgió que los hermanos de Cristóbal Colón, Diego y Bartolomé, se
habían excedido en su autoridad, asesinando a varios colonos españoles que
diferían de ellos en el modo de administrar la nueva capital de las Indias. Por
este motivo, Francisco de Bobadilla ordenó el arresto de Cristóbal Colón y sus
dos hermanos. Enviándolos en cadenas a España para que fueran juzgados ante las
Cortes. Luego de estos sucesos, Francisco de Bobadilla, nombro a Nicolás de
Ovando para que le sucediera en el cargo de Gobernador de las Indias; cargo que
había ocupado oficialmente como consecuencia de haber destituido al que lo
ocupaba antes de él, Cristóbal Colón.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94 a 95
3 de abril de 1502
Cristóbal Colón inició su cuarto viaje a América.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94
20 de enero de 1503
Se promulgó una Real Cédula por virtud de la cual se estableció en
Sevilla España la Casa de la Contratación para el manejo de los asuntos
administrativos y judiciales en las Indias.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 386
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 117 a 119
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 180
1503
La Reina Isabel había establecido que los indígenas tenían que trabajar
para los españoles. Se ordenó que los caciques debían poner un número de sus
indígenas a la disposición de los españoles para los trabajos necesarios.
También se señalaba que los indígenas estaban obligados a trabajar como libres
y no sujetos a servidumbre, disponiéndose que se les pagara salario y
alimentos. Este sistema se conoció como el repartimiento de indios. Junto a los
repartimientos de indios existió la encomienda. Como parte de la misión
española era cristianizar a los habitantes, se encomendaba un grupo de
indígenas a un español, quien se ocuparía de velar por ellos y enseñarles la fe
cristiana.
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 76
noviembre de 1504
falleció la Reina de España, Isabel de Castilla, la Católica.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 96
11 de enero de 1505
Una vez establecido el gobierno de España en manos de los Reyes
Católicos, el escenario de los conflictos se trasladó a la provincia de
Granada. Y la provincia de Toro dejó de ser testigo de las decisiones políticas
teniendo que acostumbrarse a un discreto segundo plano hasta la muerte de la
Reina Isabel la Católica, cuando las Cortes Españolas se reunieron en el
Palacio de Santa Cruz de Aguirre para leer el testamento y proclamar su
sucesión. En el mismo acto, las Cortes aprobaron las "Leyes de Toro".
Que fue un compendio jurídico encargado por los Reyes Católicos para modernizar
y unificar el derecho en sus reinos y que supuso el fin de los sistemas legales
de la edad media en España.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 73
Periódico, El Nuevo Día, sección En Grande, 4 de agosto de 1996, página
1
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188
20 de mayo de 1506
Falleció en España, Cristóbal Colón.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 96
1508 al 1511
Respecto a Puerto Rico, aunque en el año de 1505 la Corona Española
concedió a Vicente Yañez Pinzón un asiento para poblar la isla, no fue hasta el
año de 1508 que, con unas nuevas capitulaciones otorgadas a Juan Ponce de León,
comenzaron formalmente las actividades colonizadoras. En ambas capitulaciones,
concedidas como una merced o recompensa por buenos servicios a la Corona, se
puede observar tanto el interés por poblar permanentemente como el énfasis en
la iniciativa privada, aunque siempre bajo el control y soberanía de la Corona.
Por ejemplo, se recompensó a Yañez Pinzón, igual que a Ponce de León, por su
participación en la conquista de La Española y en la exploración de otras
áreas. Este nuevo tipo de capitulación tendía a reglamentar más directamente la
vida en los nuevos territorios explorados. A pesar de que no se conservan las
primeras capitulaciones firmadas con Ponce de León para explorar a Puerto Rico,
podemos examinar las dadas a Yañez Pinzón. En el caso de éste, le autorizaron a
poblar la isla de San Juan (como se conocía entonces lo que es hoy Puerto Rico)
con el mayor número posible de vecinos, casados y solteros, para que vinieran y
trabajaran en ella sin que se les diera salario. Se le instruyó para que
organizara de una a cuatro Villas de cincuenta y sesenta vecinos cada una y
para que repartieran caballerías, tierras, árboles y otras cosas, siguiendo la
forma establecida en La Española. La tierra, sin embargo, sería propiedad de la
Corona porque sólo se otorgaba en usufructo. De manera que, si antes de los
cinco años las personas querían regresar a España, no podían vender lo recibido
en repartimiento y la Corona quedaba en libertad de otorgarlo a otra persona.
Además, se señalaba que el conquistador tenía la obligación de construir a su
costa una fortaleza para la defensa. Vemos, que es el conquistador, en su
calidad de individuo privado, quien tenía que pagar los gastos de colonización,
pero la Corona Española mantenía su poder para regularlo. Las relaciones
económicas también estaban establecidas claramente. Se le debía pagar a la
Corona 10% de todo lo que se cultivara o comerciara en la isla y un quinto del
oro y otros metales que se obtuvieran. El Estado se reservaba, sin embargo, la
administración de la justicia civil y criminal. Como Yañez Pinzón no se
trasladó a Puerto Rico en los dos años estipulados por las capitulaciones, se
autorizó a Juan Ponce de León a que viniera a la isla. Este había participado,
junto a Nicolás de Ovando, Gobernador General de Indias, en la conquista de La
Española.
El 15 de junio de 1508 Nicolás de Ovando le otorgó unas capitulaciones
con las que pudo organizar su grupo a nombre del Rey Fernando el Católico, Gobernador
de La España. A pesar de que la población de La Española no era muy abundante,
pudo reunir cuarenta y dos personas para llevar a cabo su viaje de exploración
a la isla vecina, que ya Cristóbal Colón había bautizado con el nombre de San
Juan.
A esos efectos el 12 de julio de 1508 Juan Ponce de León, partió desde
la Villa de Santo Domingo, en la isla de La Española, para la isla vecina de
San Juan Bautista (hoy Puerto Rico) con su tripulación, entre ellos Miguel de
Toro, Juan González Ponce de León, Luis de Añasco, Francisco de Barrionuevo, el
negro libre Juan Garrido y Gil Calderón. Al principio de la colonización casi
todos los primeros pobladores vinieron como aventureros, sin sus familias.
Finalmente, Ponce de León llegó a Puerto Rico el 12 de agosto del 1508 a
tierras del cacique Agüeybaná, en las cercanías del puerto de Guánica.
Posteriormente éste exploró el norte de la isla, estableciéndose en el lugar
que nombró Caparra.
Una vez establecido allí, extrajo 836 pesos de oro y estableció un
predio de labranza. También estableció otro en el río del Toa (hoy río La
Plata). Plantando una siembra de 5,000 montones. Los montones eran
tumultos de tierra redondos de un metro aproximado de diámetro y poco menos de
alto que usaban los indios por costumbre para plantar la yuca.
Más tarde, para la fecha del 1 de mayo de 1509, Ponce de León le
solicitó a Nicolás de Ovando unas nuevas capitulaciones para que le otorgara
una licencia para explotar las minas de oro de la isla. La licencia solicitada
le fue concedida, permitiéndole hacer conucos (estancias) y coger oro de las
minas con los indígenas de la isla, pagando el quinto al Rey después de sacar
los gastos. Ahora, Ponce de León, como Capitán Poblador, obrando en concierto
con las antedichas cláusulas de las capitulaciones del 1508, había tomado
posesión jurídica de la isla.
En el mes de septiembre del 1509 el Rey Fernando el Católico autorizó a
Juan Ponce de León a que diera a los oficiales reales 100 indígenas y los
solares y tierras que se acostumbraba dar en esos casos.
Gradualmente fueron llegando personas de La Española y de Castilla para
poblar y establecerse en Puerto Rico. Se ordenó a Ponce de León que comenzara
con la fundición de oro, la ganadería y alguna siembra de alimentos.
Para el mismo año de 1509, se hizo el primer repartimiento de tierras y
encomienda de indios para labranzas y para minas, otorgándose tierra e indios a
los oficiales reales y a los pobladores y tenientes de Ponce de León según lo
capitulado y según las cédulas y mercedes del Rey para Santo Domingo y Puerto
Rico.
Ejemplo de estos repartimientos de tierras, lo fue el que por
disposición de una Real Cédula expedida por el Rey Fernando el Católico, con
fecha del 9 de septiembre de 1510, se le ordenó a Juan Ponce de León entregara
ocho caballerías de tierras en la isla a Vicente Yañez Pinzón. Debido a que
cada caballería de tierras consistía de una cabida superficial de 200
cuerdas. Se entiende que Yañez recibió en uso 1,600 cuerdas de terrenos en la
isla.
También, otro ejemplo de esos repartimientos de tierras, lo fue cuando
el Rey Fernando, en el año de 1511, le confirmó al Almirante Diego Colón (hijo
de Cristóbal Colón), la cesión que el último hiciera a favor de su tío,
Bartolomé Colón, de la isla de la Mona, al oeste de Puerto Rico, de una
extensión territorial superficial de aproximadamente 14,000 cuerdas. Que tiempo
después, revirtiera a la Corona cuando falleció Bartolomé sin herederos. Siendo
más tarde, dada en repartimiento a Francisco de Barrionuevo.
Al igual que a Yañez, a otros 30 pobladores por disposición de una Real
Cédula expedida por el Rey Fernando el Católico, en el año de 1509, se le
ordenó a Juan Ponce de León entregara caballerías de tierras e indígenas a
estos. Una caballería de tierras era el equivalente a 200 cuerdas hoy.
De lo anterior se desprende que los repartimientos de tierras recibidos
por los primeros pobladores en Puerto Rico no consistieron de
"solares" pequeños como los que hoy tenemos en áreas urbanas, de una
cabida superficial promedio de 325 metros cuadrados, sino que al contrario, las
tierras recibidas en esos repartimientos consistieron en grandes extensiones de
terrenos superiores a las 1,550 cuerdas, que comprenden un área aproximada de 6
kilómetros cuadrados de extensión superficial territorial. Medidas que se
obtienen al computarse que una cuerda de tierras comprende de un área
compuesta de 3,930.39 metros cuadrados. Y que cada kilómetro cuadrado comprende
de un área compuesta de 1,000,000 de metros cuadrados. Por eso, al dividir los
3,930.39 metros cuadrados de área que comprenden una cuerda entre un millón de
metros cuadrados (1,000,000 m2) que comprenden el área de un kilómetro
cuadrado, tenemos que un kilómetro cuadrado se compone de 254.42 cuerdas.
Ahora, si dividimos el número de cuerdas que comprenden un kilómetro cuadrado
(254.42 cuerdas) entre la cantidad promedio de cuerdas recibidas en el
repartimiento (1550), tenemos que el terreno recibido comprende de 6 kilómetros
cuadrados de superficie territorial, como mínimo.
Ahora bien, por otro lado, como el Gobernador no tuvo una retribución
fija en los primeros años de la colonización, procuraba salir bien servido en
los repartos y asignaciones de tierras e indios.
Desde la llegada del Conquistador, Ponce de León, éste demostró sus
intenciones inequívocas de explotar todas las fuentes del mineral aurífero
(oro) en la isla. Por eso, no se limitó a explotar solamente el área que
comprende el río del Toa, con una longitud de 46 millas de longitud, sino que
con la ayuda de los indios pudo localizar otras áreas donde se localizaban
otros ríos que constituían fuentes ricas del oro. Para los indios, el oro no
tenía valor económico, sino cosmético. Es por esa razón que los indios
permitieron su extracción a los colonizadores sin oposición alguna.
El primer conuco (estancia) o heredamiento agrícola, con su encomienda,
lo formó Ponce de León en tierras del cacique Agüeybaná I (hoy donde esta el
pueblo de Aguada), constituyéndolo con 10,500 montones de yuca; adjudicándolo
en subasta a don Cristóbal de Sotomayor por la cantidad de 165 pesos oro, como
el mejor postor en la pública almoneda (pública subasta).
El segundo conuco lo hizo Ponce de León cerca de cacicazgo del régulo Caguas,
junto al río Turabo, comprendiendo en el remate 6,850 montones de yuca y ajes.
Vendiéndose esta estancia el 4 de octubre de 1510, a los pobladores Francisco
de Robledo y Juan de Castellanos, en la suma de 255 pesos oro que ingresaron en
la tesorería.
El tercer conuco lo formó Ponce de León en la zona del cacique Mabó, en
las cercanías del actual pueblo de Guaynabo, con 1,090 montones de yuca,
el que se vendió por público pregón, el 12 de octubre de 1510, a los pobladores
Fernán Sánchez de Aguilar, Alonso Cuéllar, Pedro Alonso, Cristóbal Maldonado,
Gonzalo Franco, Cosme Prado y Pedro Ortiz, por 92 pesos de oro y cuatro tomines
y nueve y medio granos.
El cuarto conuco lo hizo Ponce de León en la comarca del cacique
Majagua, en Bayamón, con 8,000 montones de yuca, adquiriéndolo en almoneda
pública por cien pesos de oro, Juan Cerón, Marcos de Ardón y García Troche, el
19 de octubre de 1510.
El quinto conuco lo formó Ponce de León en las riberas del río Toa,
junto a la ranchería del cacique Aramaná, bautizado Gonzalo, comprándolo Pedro
Ortiz en 13 pesos de oro a pregón, el 19 de octubre de 1510.
El sexto conuco lo constituyó Ponce de León en las cercanías de Caparra
con 7,045 montones de yuca y boniatos (batatas), adquiriéndolo en la subasta
Juan de Faría, el 2 de noviembre de 1510.
El séptimo conuco lo levantó el poblador en las cercanías del cacique
Canóbana, en las riberas del río Caynabón (río grande de Loíza); cuya
yuca transformada en pan casabe, rindió 150 cargas y 10 libras, que vendidas a
pregón, produjeron ciento diez pesos, tres tomines y dos granos de oro. Más
tarde, para el año de 1514, fue ocupado por el colono español de nombre Sancho
de Arango.
También, el Conquistador don Juan Ponce de León, a nombre de la Corona
Española, estableció en el área del río grande Toa (hoy río La Plata),
localizado en la parte norte de la isla de Puerto Rico, conocida como la Región
de los Valles de Toa, una granja para la explotación agrícola y minera, bajo el
nombre de la Granja de los Reyes Católicos. Que tiempo después se le llamo La
Hacienda de los Reyes Católicos. Este octavo conuco se hizo para su Alteza, con
3,200 montones de boniato (batatas) que fueron vendidos a 50 pesos el millar,
habiendo ya antes vendido a García Troche y Antonio Sedeño 400 montones de ajes
con 20 pesos; y seis cargas de pan de casabe a Juan Pérez de la Palma en doce
pesos. Llegó a tener este conuco, cuando lo entregó más tarde Ponce de León a
Juan Cerón y Miguel Díaz, 80,000 montones de yuca y ajes; con una recaudación
total en dinero de 1,886 pesos y 7 tomines de oro.
La venta en pública almoneda de las siete primeras estancias y
encomiendas que hizo Ponce de León en este repartimiento, a nombre de los Reyes
Católicos y dándolas al uso y sin propiedad, ascendió a 1,383 pesos, 13 tomines
y 24 granos de oro, que independientemente de la Hacienda del Rey en las
riberas del Toa, sirvieron al Capitán Poblador para hacer frente a los gastos
de la incipiente población de Caparra.
Se puede apreciar, que la dispersión de los primeros pobladores por los
cuatro puntos cardinales en la isla, se debió a las labores de explotación
minera. Que sólo podían realizarse en las áreas cercanas a los ríos que
contenían el mineral aurífero. Desde comienzos de la colonización, la intención
de la Corona fue clara, en el sentido de querer extraer la mayor cantidad de
oro posible, en toda la isla.
Más tarde, para el año de 1510, el Rey le confirmó al Gobernador su
poder de repartir casas, solares, tierras, caballerías y peonías a todos los
que fuesen a poblar, haciendo distinción entre escuderos, y peones y atendiendo
a la calidad de sus servicios. Se otorgaba además, a los que residían cuatro
años, facultad para venderlos o hacer de ellos según su voluntad, libremente
como cosa suya. Por eso a partir del susodicho año nació la figura jurídica de
la propiedad privada en Puerto Rico. Ya el título no era uno de uso sino de
dominio. El propio Rey Fernando el Católico, reconoció y respetó la figura de
la propiedad privada, cuando para la fecha del 27 de abril de 1512, ordenó a
uno de sus oficiales reales en las Indias, como Hernán Vázquez, a que
custodiara y rindiera cuentas con respecto a los "bienes de difuntos"
en La Española y San Juan, hasta que aparecieran los herederos en la Península
o localmente.
En la isla no se usó la peonía como unidad de mensura de
terrenos, sino la cuerda cuadrada, con 75 varas castellanas en cuadro.
Una vara castellana equivalía a 835.9 milímetros de longitud, ósea a 0.8359
metro. Por eso, si multiplicamos la longitud que comprende la vara castellana
por las 75 varas, nos da un producto de 62.6925 metros (0.8359 x 75 = 62.6925
metros). Medida que es exactamente igual a la longitud de cada uno de los lados
que componen el perímetro de una cuerda cuadrada de área superficial. Por eso,
si multiplicamos uno de los lados [ancho] que componen el perímetro de una
cuerda cuadrada (62.6925 metros) por otro de los lados de la misma cuerda
[largo] (62.6925 metros), nos da a un producto de 3,930.34 metros cuadrados.
Que es precisamente la cantidad de metros cuadrados que comprende el área de
una cuerda de terreno.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 320 a 323
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 843
a 848
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435 y
613
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, páginas 44,
484 y 495
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 336,
338, 341 y 346
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 15, 34,
59, 82, 90, 105, 181, 184, 226, 287, 448, 489 y 495 a 497
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
páginas 17 a 21
La Buena Vista, Guillermo A. Baralt, Fideicomiso de Conservación de PR,
1988, página V
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 70 a 75
Dorado, Puerto Rico: Historia, Cultura, Biografías y Lecturas; Marcelino
J. Canino Salgado, 1993, páginas 23 a 25
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 97 a 100
Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~
1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad
de Puerto Rico, páginas 5 a 8, 11, 16 a 19 y 41
Historia Documental de Puerto Rico, volumen III, Cedulario
Puertorriqueño, tomo I (1505 ~ 1517),
Monseñor Vicente Murga Sanz, edición 1961, Ediciones de la Universidad
de PR, páginas 16, 17, 23 y 118 a 122
1508 al 1524
Se establecieron 17 Estancias y Haciendas en la Región de los Valles de
Toa al norte de la isla de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 333
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
páginas 21 a 23
1509 en adelante
Un estudio minucioso sobre la fundación de todos los pueblos, demostró
la presencia del apellido López en la mayoría de los funcionarios de gobierno
de los pueblos, desde épocas remotas.
La presencia del apellido "López" en la isla, tiene sus raíces
desde la misma colonización española. Prueba de ello, lo constituye el hecho,
de que uno de los primeros pobladores que llegó a la isla con el Conquistador
Juan Ponce de León, para el año de 1508, lo fue un español de nombre Andrés
López. Más tarde, otro de los primeros pobladores que llegó a la isla con el
Gobernador, Juan Cerón, lo fue un español, de linaje hidalgo, de nombre
Francisco López de Ayala.
La presencia del apellido, en posiciones de impacto social, económico y
político, se ha manifestado en diferentes épocas, según la siguiente
cronología:
López de Conchillos
Secretario de palacio, del Rey Fernando de Aragón, el Católico, para el
1509.
Juan López
Acompañó a Juan Ponce de León como uno de los pobladores a San Juan de
Boriquén (1509).
Diego López de Salcedo Pacheco
Hidalgo, primera víctima de los indios en Puerto Rico, para el 1511.
Primer grande de España.
Diego López de Haro
Capitán de la nao que llevó al Rey 8,000 pesos en oro y cuarenta marcos
de perlas, el 21 de enero de 1518.
Juan López de Racalde
Contador de la Casa de la Contratación de Sevilla, para el 1521.
Francisco López
Dueño de naos que traficaban entre España y América, en 1528.
Juan López de Bienvenido
Notario Apostólico que refrendó la Carta Pastoral del inquisidor Alonso
Manso, para el 6 de enero de 1528.
Pedro López de Ángulo
Vecino casado del Partido de San Germán, según el censo de 1530.
Designado como vocal del municipio de Caparra, por el Conquistador Juan Ponce
de León.
Alonso López
Vecino soltero del Partido de San Germán, según el censo de 1530. Y
Sargento de Infantería de la plaza de San Juan, el 30 de noviembre de 1541.
Antonio López
Sargento de Infantería en la ciudad de Puerto Rico, en 1541.
Gregorio López
Licenciado, visitador de la Casa de la Contratación en Sevilla, el 20 de
abril de 1543.
Alonso López de Cerrato
Aprobado para inquisidor apostólico de Santo Domingo, Cuba, San Juan,
Jamaica, Venezuela, Cartagena y Santa Marta, para el 24 de julio de 1543.
Lcdo. Inigo López de Loaisa
Gobernador de Puerto Rico (del año 1545 al 1546)
Juan López de Velasco
Cosmógrafo cronista compilador del Códice Descripción universal de las
Indias, bajo los auspicios del magistrado Juan de Ovando, visitador del Consejo
de Indias, para el 1569.
Capitán Juan López Melgarejo
Gobernador de Puerto Rico (del año 1581 al 1582)
Juan López de Abiseda
El asiento de la casa vieja de éste, es el sitio que los sangermeños
ponen a disposición de la Orden de Dominicos para la erección del nuevo
convento, para el 17 de diciembre de 1606.
Juan López Agurto de la Mata
Obispo, aprueba la fundación en San Juan del convento de Franciscanos,
en el 1633.
Damián López de Haro
Obispo de San Juan para el 1644.
Juan Francisco López de Morla
Gobernador de Puerto Rico (del año 1706 al 1707)
Tomás López
Geógrafo de los Dominios de la Corona Española para el 1782. Autor del
plano núm. 8, de la ciudad y puerto de San Juan.
Gregorio López
El más antiguo de los cuatro Reyes de Armas, lee al pueblo la
Constitución, el 25 de julio de 1812.
Ramón López
Teniente a Guerra de Añasco, en 1832.
Manuel López
Teniente a Guerra en San Sebastián, 5 de noviembre de 1829. Y
funcionario del Tribunal de Cuentas en Puerto Rico, el 12 de mayo de 1835.
Mariscal de Campo, Miguel López de Baños
Gobernador de Puerto Rico (del año 1838 al 1841)
Ramón B. López
Marqués del Villar, suegro del Dr. Ashford, fundó el primer diario de la
isla. Nació en 1842.
Indalecio López
Capitán del Cuerpo de Ingenieros, autor del proyecto Puente de Bayamón
(1854).
Adelardo López de Ayala
Nombrado Ministro de Ultramar, para el 26 de mayo de 1872.
Pablo López
Centenario de 115 años, natural del barrio Media Luna de Toa Baja,
arrollado por un auto, en 1923.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 537
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 735
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 15 a
19, 37 a 44, 44 a 53, 55 a 58, 61 a 65, 97 a 101, 102 a 103, 110 a 123, 134 a
137,
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 532
a 541
Estudio estadístico básico de los 78 pueblos de Puerto
Rico, Alberto Medina, 1997
Listado general de pueblos, barrios y santo patrón de
los 78 pueblos de Puerto Rico, Alberto Medina, 1997
1509
El hijo del descubridor Cristóbal Colón, Diego Colón, inició un pleito
contra la Corona Española reclamando los derechos heredados de su padre
contenidos en las Capitulaciones de Santa Fe.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 491 a
492
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 100
18 de marzo de 1510
La Corona Española promulgó una Real Cédula determinando el modo de
hacer los repartimientos de solares, tierras e indios en las Indias, incluyendo
a la isla de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 613
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a
497
abril de 1510
La Corona Española promulgó una Real Cédula concediéndole a Gerón de
Bruselas, teniente de Lope de Conchillos, solares, tierras e indios en la isla
de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 607
2 de agosto de 1510
La Corona Española promulgó una Real Cédula para expedir una cédula de
vecindad a Pedro Magallo para la isla de San Juan (hoy Puerto Rico).
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 608
noviembre de 1510 a febrero de 1511
Si bien los indígenas habían acogido pacíficamente a los primeros
conquistadores españoles, no aceptaron de igual forma los intentos que éstos
hicieron para someterlos al trabajo. Los primeros repartimientos de indios
causaron un profundo malestar. La primera muestra de descontento indígena se
manifestó a fines de noviembre de 1510. El hidalgo mancebo español Diego López
de Salcedo Pacheco, que se dirigía a la Villa de Sotomayor, pidió al cacique
Urayoán varios indígenas para que transportaran su equipaje a través del río
Guaorabo. Durante el trayecto, los indígenas lo sorprendieron, sumergiéndolo en
el agua hasta ahogarlo. Por otro lado para el mes de febrero del 1511, como
consecuencia de una rebelión indígena dirigida por el Cacique Agüeybaná, para
asesinar a el hidalgo Cristóbal de Sotomayor, hijo de Beatriz de Távora,
Condesa de Camiña y sus compañeros colonos de la Corona Española en Puerto
Rico, el intérprete de los indios, Juan González Ponce de León, al ser
gravemente herido pidió auxilio a la estancia de Andrés López, localizada en la
región de los Valles de Toa, en la costa norte de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 495
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 102 y
530
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 676 y
677
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 427 a
428
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 82 a
83 y 538
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas
21 a 22
Aymaco y el encuentro de Boriquén, Jaime Noel
Sepúlveda Carrero, 1992, páginas 58 a 59
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 78 a 83
Dorado, Puerto Rico: Historia, Cultura, Biografías y Lecturas; Marcelino
J. Canino Salgado, 1993, página 26
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 100 a 105
11 de abril de 1511
La Corona Española promulgó una Real Cédula para que se le expidiera una
cédula de vecindad con tierras e indios a Francisco de Alvarado, en la región
de los Valles de Toa, en la costa norte de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 609
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
página 22
5 de mayo de 1511
El Consejo Real en España, expidió auto con fallo a favor de Diego Colón
en el pleito iniciado por éste en el año 1511 reclamando al Rey sus derechos
hereditarios, declarándolo Gobernador General de las Indias en América, siendo
integra la corte fallando en contra del Rey al validar las Capitulaciones de
Santa Fe que su padre, Cristóbal Colón, había pactado con la Corona Española
antes del descubrimiento del Nuevo Mundo.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 106
5 de octubre de 1511
La Corona Española promulgó una Real Cédula, estableciendo la Real
Audiencia Chancillería de Santo Domingo en La Española, como tribunal de justicia
para las Indias, como contrapeso de la autoridad del Almirante. Teniendo
jurisdicción como tribunal de apelaciones ante las sentencias dictadas por los
Gobernadores de Puerto Rico. Durante su existencia, a principios de la
colonización, éste organismo apeló al Consejo de Indias en litigio entre los
conquistadores por las reparticiones de terrenos de la Corona Española.
Como Gobernador de Puerto Rico, Juan Ponce de León, regía en la isla con
facultades amplias en lo político, lo militar, lo administrativo y lo judicial.
Al comienzo de la colonización, para la fecha de 14 de agosto de 1509, éste
estaba sujeto sólo al Gobernador de Santo Domingo o a los sucesores del
Almirante Cristóbal Colón, pero desde el año de 1511 quedó sujeto además a la
Real Audiencia de Santo Domingo (tribunal), creada el 5 de octubre del
antedicho año.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 163 a
164
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188
Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~
1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad
de Puerto Rico, páginas 5 a 8
1512 al 1513
Las Juntas de Burgos y Valladolid en España dictaminaron leyes para
reglamentar las relaciones hispano indígenas, estableciendo nuevos elementos
juridico doctrinales. A esos efectos, mediante esos nuevos mecanismos
jurídicos, a la población indígena se le fue despojando de sus tierras
sutilmente y se les obligó a trabajar para los colonizadores españoles, cuando
en el año de 1513 se redactó un requerimiento, lo cual era un escrito que se
leía a los indígenas, por medio de un intérprete, en el que después de dar
algunas explicaciones sobre la creación del mundo y el poder de la Corona
Española, se exhortaba a los indígenas a que se sometieran a los Reyes y
adoptasen el cristianismo. Si no lo hacían, estaban sujetos a la guerra y la
esclavitud. Siendo ese régimen avalado por los teólogos y letrados de la época.
Usando este mecanismo se esclavizó a muchos indígenas y por ende se les privó
del uso y tenencia de sus tierras, las que fueron poco a poco tomadas por los
españoles. A esos efectos, mediante la promulgación de una Real Orden en el año
de 1513, el Rey de la Corona Española dispuso como había de hacerse la
repartición de tierras en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a
497
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 75 a 76
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 196
23 de febrero de 1513
La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando la construcción de
iglesias en todas las estancias, haciendas y minas; y el nombramiento de
visitadores, jueces y oficiales por el Almirante para el cumplimiento de lo
ordenado, mediante visitar los lugares, estancias y minas.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 613
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a
497
1514
Indios (Ayayanos), de Santa Cruz, de la raza Caribe, saquearon y mataron
a los colonos españoles en Loíza.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 185
19 de octubre de 1514
El Rey de España, Fernando el Católico, autorizó al Conquistador don
Juan Ponce de León, a dividir la isla de Puerto Rico en dos distritos
jurisdiccionales o partidos geográficos. Deslindando los mismos mediante el
trazado de una línea divisoria imaginaria que corría desde la desembocadura del
río Camuy, en el Norte, y atravesaba la Cordillera Central, hasta alcanzar el
río Jacaguas (hoy pueblo de Juana Díaz), en el Sur. El territorio que se
extendía al norte y este de la línea constituyó el Partido de Puerto Rico,
mientras el otro, que comprendía el litoral del oeste y gran parte del sur,
recibió el nombre de Partido de San Germán (9). También lo nombró con el título
de Capitán Deslindador y Regidor perpetuo de la isla de San Juan (hoy Puerto
Rico).
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 344
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 442 y
443
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 95 a 99
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 139 a 142
1516
Se ensayó el cultivo de plantas extranjeras en La Granja de los Reyes
Católicos, en el río del Toa.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 31
1519 al 1542
Después que Juan Ponce de León entregó a sus sucesores la administración
de la Hacienda del Rey, esta comenzó a decaer notablemente. Ya la operación
minera dejo de ser un negocio rentable. El agotamiento del mineral aurífero y
la falta de mano de obra indígena, debido a su exterminio en las sublevaciones,
fueron elementos que incentivaron a la Corona para vender sus conucos mineros.
Ejemplo de estas adquisiciones lo fue cuando el mayordomo de la Hacienda
Real del Toa, Domingo Muriel, que se había casado con la hija del cacique
Caguax, María Bagaanane, para la fecha de 1 de marzo de 1529, compró la
susodicha hacienda de la Corona. Así las propiedades de la Corona fueron poco a
poco pasando a manos privadas.
Debido al agotamiento del oro, había que buscar nuevas fuentes de
ingreso económico. Dedicar las tierras fértiles de los conucos al cultivo de
caña de azúcar, que había sido introducida a Puerto Rico en el año de 1527
desde La Española, era la respuesta. Para asegurar el éxito en esa nueva
empresa era necesario la utilización de mucha mano de obra. Debido a
eliminación de la mano de obra indígena, fue necesario reemplazarla con la mano
de obra esclava compuesta de negros traídos del África. A partir de ese momento
la economía minera de la isla se convirtió en una de tipo agrícola por
necesidad.
Tiempo después, durante el periodo del año 1528 al 1534, las grandes
deudas contraídas por los colonos en la adquisición de mano obra esclava y las
noticias de la existencia de riquezas auríferas en los territorios recién conquistados del Perú
y México, provocaron que muchos de los colonos vendieran a precios de remate
sus estancias en la isla, con el objeto de irse a esos territorios para
dedicarse a la explotación minera, que era un negocio más rentable que el
agrícola. Según el censo del año 1530, practicado por el Gobernador de Puerto
Rico, Francisco Manuel de Lando, la población española en la isla (gente
blanca) era de sólo 150 vecinos aproximadamente. Como se puede apreciar, la
isla quedó prácticamente despoblada. Las comunicaciones entre el Gobernador
Vasco de Tiedra y la Corona, en el año de 1537 confirman ese hecho.
A partir del año 1530, el azúcar se convirtió en el producto agrícola de
mayor valor económico en la isla. Ya para el año de 1542 el Partido de Puerto
Rico había cuatro ingenios y en el de San Germán uno.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 370
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 917
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 289 a
290
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 128
Aymaco y el encuentro de Boriquén, Jaime Noel
Sepúlveda Carrero, 1992, páginas 289 a 290
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, páginas 46,
47, 54, 55 y 672 a 673
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 192,
200, 339, 495, 674, 874 y 875
Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~
1550), Eugenio Fernández Méndez,
reimpresión 1984, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, páginas 26, 64, 65,
68, 72 y 73
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 141
14 de junio de 1520
La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual le
concedió al hidalgo, Francisco de Barrionuevo, el título de propiedad en
usufructo sobre la isla de Mona y los indios que en ella habitaban.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 226
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 845
Periódico El Nuevo Día, Revista Domingo, 13 de octubre de 1996, página 4
1521
El Conquistador don Juan Ponce de León falleció en la isla Cuba, como
resultado de la fiebre traumática contraída al ser herido por un flechazo indígena
mientras descubría el territorio de la Florida (hoy el estado de la Florida en los
Estados Unidos).
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 356
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 168
1523
La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual
ratificó la Real Orden del año 1513, que dispuso como había de hacerse la
repartición de tierras en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435
1524
Se creó en España el Consejo Real y Supremo de Indias para atender en
primera instancia los asuntos referentes a la Real Hacienda, Contratación y
Navegación de las Indias. Constituyéndose además, como el más alto tribunal de
apelaciones para los asuntos procedentes de las Audiencias, de la Casa de la
Contratación y de los Consulados. Siendo sus sentencias apelables a la
Audiencia de Sevilla o al Consejo Real de Indias.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 180 a 182
1528
Los franceses atacaron a Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
15 de enero de 1529
El Rey, Carlos V de la Corona Española, promulgó una Real Cédula
conocida como "Privilegio de los Ingenios", por virtud de la cual se
les eximió a los ingenios y todas sus pertenencias, incluyendo esclavos y
animales, de embargo, excepto por deudas fiscales.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 195
1535
Se estableció el Virreinato de Nueva España (hoy Méjico) bajo el mando
de Antonio de Mendoza, como organismo administrativo indiano, representante
personal del Rey de la Corona Española en esa colonia centroamericana.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 183
1541
Los franceses atacaron a Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
1542 al 1545
El Rey Carlos I de España y V de Alemania, hijo de Fernando el Católico,
promulgó una Real Cédula, ordenando el uso común de pastos, montes y aguas.
Causando la susodicha orden disturbios en la población de poseedores ilegítimos
de tierras en Puerto Rico.
Por otro lado, también esa disposición provocó en la isla gran
resistencia y escándalo, por el hecho de que los dueños de tierras consideraron
que tal disposición les violentaba sus derechos de propiedad, sobre los montes,
pastos y aguas que ellos entendían le pertenecían, por estar dentro de sus
fincas.
Para el año de 1545, un alcalde, dos regidores y doce vecinos ricos la
contradijeron por que según ellos la misma no era conforme a derecho. Francisco
de Aguilar fue uno de los vecinos opuestos. Al principio de la colonización el
Rey Fernando había dispuesto que los vecinos que recibían cédulas de vecindad
podían escoger las tierras donde quisieran, sin afectar las tierras que
previamente ya habían sido repartidas. El nunca mencionó que no podían escoger
los pastos, montes y aguas como partes integrantes de las fincas (caballerías)
escogidas. La discordia por tal disposición absurda se prolongó por 217 años. Y
no fue hasta el año de 1759 que se decretó reconocer la propiedad de las
estancias, montes, pastos y aguas de labor a los que estaban en posesión
tranquila de ellas.
Por otro lado, debido a la emigración de hombres hacia otros lugares de
América, ocurrida en la segunda mitad del siglo XVI, quedaron en Puerto Rico
muchas mujeres solas, ya fueran, viudas, hijas o esposas de los migrantes. Su
situación económica era desventajosa, ya que no podían pagar la dote para
casarse ni ingresar en un convento fuera de la isla para su educación. Esta es
una de las razones por las que posteriormente se funda el convento de las
Carmelitas en San Juan, bajo el auspicio de Sor María Ayala y dos monjas que
vinieron de Santo Domingo.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 477
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 864
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 616
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 54,
184 y 360 a 361
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 122
Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~
1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad
de Puerto Rico, página 77
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270
20 de abril de 1543
La Corona Española dio licencia en Sevilla a Gregorio López para que
visitara la isla de Puerto Rico en carácter de representante de la Casa de
Contratación para la fiscalización de los asuntos administrativos y judiciales
en la isla.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 533
1543
Se estableció el Virreinato de Perú, bajo el mando de un virrey, como
organismo administrativo indiano, representante personal del Rey de la Corona
Española en esa colonia sudamericana.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 183
julio 1545
La Real Audiencia de Santo Domingo en la Española le ordenó al
Gobernador General de Puerto Rico, Iñigo López Cervantes de Loiza, le informara
al Emperador de la Corona Española el resultado de la aplicación de la Real
Orden dada en el año 1542 sobre el uso común de montes, pastos y aguas en
Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 289
1551
Al territorio que hoy se le conoce como Santurce, se le conocía con el
nombre de "Fuente de Aguilar", en el Partido de Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 59
1554
Los franceses atacaron a Puerto Rico. Destruyeron a San Germán.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
1567
En España se volvió a unificar todas las leyes que componían su
ordenamiento jurídico, publicándose la "Nueva Recopilación de las Leyes de
España".
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 a 73
1567 al 1571
En España, Juan de Ovando, con los papeles del Consejo de Indias ante
él, preparó un compendio de las leyes vigentes que componían el derecho español
hasta ese entonces, bajo el nombre de la "Copulata de las Leyes de
Indias".
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197
1579
Según lo relató el Gobernador General de Puerto Rico, Juan López
Melgarejo, como consecuencia de un informe enviado al Rey de la Corona
Española, Felipe II, a lo largo del río Toa, en la parte norte de la isla de
Puerto Rico, había tres ingenios de caña de azúcar y en las riberas del río
Bayamón había cuatro ingenios azucareros. Los frecuentes asedios de indios
caribes y franceses impedían el desarrollo normal de las haciendas y hatos.
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 85, 128 a 130
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 171 a 172
1580
Debido a que la legislación indiana resultaba bastante profusa, el Rey
de la Corona Española, Felipe II, sintió gran preocupación por que quedara
recogida en un cuerpo legal, todas las leyes que regían en los territorios de
las Indias, para que pudiese ser consultado por los administradores de justicia
y por los oficiales responsables del bienestar general de las colonias, cuyos
dilatados territorios exigían una aplicación uniforme y equitativa de las
leyes.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 196
1582
Los franceses atacaron a Puerto Rico. Atacaron en Guayanilla, Arecibo y
San Germán.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
1591
La Corona Española, necesitada de aumentar sus ingresos fiscales, revocó
los permisos de reparticiones de tierras realengas dadas por el cabildo y
ordenó una composición, es decir, la evaluación del título de posesión y valor
de las tierras para el pago de una contribución al Estado. Esta acción permitió
identificar al unísono: primero, los vecinos que no tenían títulos
legítimos de posesión sobre tierras ocupadas pertenecientes al Estado debido a
haberlas usurpado; que de querer continuar poseyéndolas, tendrían que conseguir
sus títulos legítimos de posesión otorgados por la Corona Española. En adición
de que para que no se les invalidara sus títulos recién expedidos, tendrían que
cumplir con los requisitos de pagar un canon contributivo o usufructo fiscal al
Estado, asemejándose la situación al pago de una renta y además, con el de
comprometerse a residir en el terreno poseído por más de 5 años, a partir de la
fecha de expedición del título. Como al principio de la colonización, en que si
antes de los cinco años las personas querían regresar a España, no podían
vender lo recibido en repartimiento y la Corona quedaba en libertad de
otorgarlo a otra persona; segundo, los vecinos que tenían títulos
legítimos de posesión sobre tierras ocupadas pertenecientes al Estado debido a
haberlas ocupado mediante los repartimientos de tierras efectuados por el
cabildo. Que de querer continuar poseyéndolas para que no se les invalidara sus
títulos expedidos por la Corona Española, tendrían que cumplir con los
requisitos de pagar un canon contributivo o usufructo fiscal al Estado,
asemejándose la situación al pago de una renta y además con el de completar el
tiempo mínimo de residencia en el terreno poseído, por más de 5 años, para
poder enajenar su derecho de posesión en precario o derecho de usufructo; y tercero,
se identificó a los vecinos con títulos legítimos de posesión, sucesores a su
vez de los títulos de "concesiones reales o cédulas de vecindad",
expedidos a la clase noble por la Corona Española que residió en la isla por
más de los 5 años reglamentarios, durante los primeros años de la colonización.
Estando los susodichos títulos que componían el tracto, custodiados en los
archivos escriturarios. Evidenciando así, con el título, su derecho a ocupar
los terrenos que aunque pertenecientes al Estado, éste no podía despojarlos de
los mismos, por no ser estos realengos, baldíos o hatos; sobre los cuales
también deberían pagar una contribución fiscal, asemejándose al usufructo que
pagaban los titulares nobles durante los primeros años de la colonización.
Durante este periodo, la Corona Española mantuvo vigente lo ordenado por la
Real Orden expedida en el año de 1513, que dispuso como había de hacerse la
repartición de tierras en Puerto Rico, en donde las tierras continuaban siendo
propiedad de la Corona, como al inicio de la colonización, porque sólo se
otorgaban en usufructo. Siendo los ocupantes de los predios poseedores en
precario o usufructuarios.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a
497
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 71, 119 y 166
1595
Los ingleses, comandados por Sir Francis Drake, atacaron a Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
1596
La Corona Española, promulgó una Real Cédula para ratificar nuevamente
la Real Orden expedida en el año de 1513, que dispuso como había de hacerse la
repartición de tierras en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435
1598
Los ingleses, comandados por Sir George Clifford, Conde de Cumberland,
atacaron e invadieron a la ciudad de San Juan en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
1623
El Obispo de la isla, Bernardo de Balbuena, solicitó a la Corona
autorización para la fundación en la isla del Convento de las Carmelitas.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 203
1625
Los holandeses, comandados por Boudewijn Hendrickszoon (también conocido
como Henrico Boudoyno o Enrico Balduino), atacaron e invadieron la ciudad de
San Juan de Puerto Rico, quemando sus edificios y todo lo que no pudieron
sustraer.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 158 y
205
1625
Como consecuencia del ataque holandés para invadir la isla de Puerto
Rico, fueron destruidos los archivos civiles eclesiásticos, desapareciendo la
mayor parte de los registros escriturarios en Puerto Rico que contenían
documentos relativos a los títulos de cédulas de vecindad sobre tierras
concedidas por la Corona Española a los primeros pobladores como Juan Ponce de
León. Otras de las víctimas del antedicho ataque holandés lo fue el Obispo de
la isla, Bernardo de Balbuena, que le quemaron su casa y sus archivos.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 333
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 109 y
203
1629
En España, Rodrigo de Aguiar y Acuña del Consejo de Indias y su
colaborador Antonio de León Pinelo, usando el Cedulario Indiano y los Libros
Cedularios del Consejo de Indias como fuente de leyes y decretos; recopilaron y codificaron sobre 6,000 leyes
que componían el estado de derecho español en lo relativo a la administración
de las Indias hasta ese entonces, contenidas en 400,000 cédulas despachadas
desde el 1492, en nueve libros conocidos como la Recopilación de
Leyes de los Reinos de las Indias.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197
1631
En España, según la Ley XV del Título XII del Libro IV de la Nueva Recopilación
de Leyes de los Reinos de las Indias, la Corona Española promulgó regulaciones
adicionales para la ejecución del Régimen de la "composición" que se
había decretado en el año de 1591.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 3
1646 al 1808
El Archivo del Palacio de Santa Catalina en San Juan, era custodio del
Indice de Reales Cédulas del 1646 al 1808.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 109
1664
Se declararon como negros libres, los que se refugiaron en la isla,
procedentes de otros dominios.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 28
1670
Fray Benito Arriza de Salbromón custodiaba como guardia la ermita del
Espinar en Aguada.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 133
10 de mayo de 1678
Los franceses comandados por el Conde de Estrées, Juan D'Estrées,
fracasaron en atacar a Puerto Rico, naufragando la flota.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 158 y 878
a 879
1680
El Rey de España, Carlos II, promulgó una Real Orden por virtud de la
cual se decretó oficialmente la publicación y utilización de la
"Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias", realizada en el
año de 1629, que contenía sobre 6,000 leyes codificadas que componían el estado
de derecho español para las territorios de las Indias.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, página 34
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 503
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197
1680
La Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, en su Ley 4,
Título 14, Libro 5, incluyó el estatuto promulgado por la Real Cédula del 15 de
enero de 1529, por virtud del cual se prohibió el embargo de los ingenios
azucareros y sus bienes relacionados si los hacendados no cumplian sus
obligaciones prestatarias. Con excepción de las deudas impuestas por el Estado
por contribuciones atrasadas. Según la Ley 5, del mismo título y libro, del
antedicho cuerpo legal, el embargo de los ingenios procedía cuando la deuda
fuera equivalente al valor del mismo.
Tradición de Futuro, El Primer Siglo del Banco Popular 1893 -1993,
Guillermo A. Baralt, 1993, páginas 13 y 291
1688
La Corona Española promulgó una Real Cedula, para fomentar la
agricultura insular, mediante la inmigración de Canarios a la isla, dandoles
tierras.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 34
1690 al 1695
Gaspar de Arredondo fue Gobernador de Puerto Rico. Dividió la isla en
partidos geográficos. Nombró los primeros Tenientes a Guerra. Solicitó a la
Corona la inmigración de gente blanca para poblar la isla.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 132
1692
La Real Audiencia Chancillería de Santo Domingo se opusó a la creación
de nuevas villas en la isla.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 164
1700
La Corona Española requirió dos Alcaldes para constituir villas. Uno de
ellos "ordinario" y el otro de la Santa Hermandad.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 68
1700
La Región de los valles del río Toa, que pertenecía al Partido de Puerto
Rico en la parte norte de la isla de Puerto Rico, se le conocía como la Ribera
de Toa o Aldehuela de Toa.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 443
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 312 a 317
1700
Al correr de los años, el número de ingenios azucareros, en vez de
aumentar disminuyó. En el año de 1597, según los censos, sólo habían ocho
ingenios en Puerto Rico, que ya en 1694 se habían reducido a seis. Para finales
del siglo XVI, la isla había caído en una posición muy desventajosa en el
imperio español. No poseía las grandes riquezas de México o Perú ni el gran
número de colonos. Por otro lado, la ganadería se convirtió también en otra
actividad importante. En lugares apartados de la capital, los barcos
extranjeros compraban los cueros que se producían del ganado que se tomaba en
cacerías. También la ganadería suplía al mercado local.
Ya desde el comienzo de la colonización se fue sentando el patrón para
la tenencia de la tierra en Puerto Rico. El hecho que fuera el Cabildo el que
intervenía principalmente en los repartimientos de terrenos nos lleva a
presumir que se favoreció a unos pobladores sobre otros. Estos pobladores
fueron así acaparando tierras hasta formar un influyente grupo de
terratenientes unos dedicados a la agricultura y otros a la ganadería. En los
comienzos del siglo XVIII, la mayoría de los ingenios azucareros que se habían
establecido en el siglo anterior, por diferentes motivos legales, le fueron
embargados a sus dueños y fueron vendidos en subastas públicas por el Cabildo.
En muchos casos la servidumbre del dueño anterior se quedaba trabajando para
sus nuevos dueños en los ingenios recién adquiridos. Todo esto trajo como
consecuencia que las tierras de la isla fueran acaparadas por una élite
acaudalada.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 428
Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos,
1994, páginas 87, 92, 95, 106, 202 a 207
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 96, 104, 123 a 124 y 128 a 132
1702
Los ingleses atacaron a la ciudad de Arecibo en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159
1703
Los ingleses atacaron a las ciudades de Loíza y San Germán en Puerto
Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159
1708
Un terremoto destruyó el Archivo Municipal de Arecibo.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 116
1717
Estando la Corona Española en poder de la dinastía borbónica, se creó en
España la Secretaría del Despacho Universal de Indias como nuevo organismo
gubernamental para remplazar a el Consejo Real y Supremo de Indias, creado en
el año de 1524, asumiendo nuevos roles en adición a los del antiguo organismo;
pasando el Consejo Real y Supremo de Indias a ser un organismo meramente
consultivo.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 182 y 250 a 251
1717
Se estableció el Virreinato de Nueva Granada (hoy Colombia), bajo el
mando de un virrey, como organismo administrativo indiano, representante
personal del Rey de la Corona Española en esa colonia sudamericana.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 183
1718
Bajo el endoso de la Corona Española, José Pablo de Andino, dirigió una
expedición de puertorriqueños que desalojó de la isla de Vieques, a los
invasores ingleses.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 92
1725
Nació don Gaspar López . Debido a la ausencia de documentos, como la
acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las
múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados
los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía
del pueblo de Toa Baja se determinó la antedicha fecha de nacimiento mediante
cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales
alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
11 de octubre de 1731 a junio de 1743
Matías de Abadía fue Gobernador de PR. Durante su mandato, monopolizó el
intercambio clandestino.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 1
Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos,
1994, páginas 369 a 405
24 de noviembre de 1735
La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando que los individuos
que entrasen en posesión los bienes inmuebles realengos del Estado, en los
dominios de las Indias, tenían que acudir precisamente al Rey para pedir la
confirmación de su derecho, bajo pena de perderlos si no lo hiciesen. La
experiencia demostró los inconvenientes de este sistema por lo costoso que
resultaba plantear este recurso en la Corte y las dificultades que ocasionaba
la distancia de estos territorios. Muchos dejaron de pedir la citada
confirmación por no poder costear dicho recurso, cuyos gastos y costas casi
siempre excedían del valor de lo ocupado.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 2
1739
Los ingleses comandados por el Almirante Vernon, intentaron atacar a
Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159
1743
Los ingleses atacaron a la ciudad de Guánica en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159
1 de julio de 1746
Debido al fallecimiento del monarca, el Rey de España, Felipe V, quedó sin
efecto el Real Decreto que éste había promulgado anteriormente, por virtud del
cual declaraba nulos y de ningún valor los títulos de tierras librados desde el
26 de abril de 1618 en adelante, exigiéndose la presentación de dichos títulos
dentro de un plazo de cuatro días, so pena de ser tenidas por baldías y
realengas las tierras ocupadas.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435
1747
Las mulatas se ofrecían para exponer su talento artístico por medio de
bailar en el Palacio de Santa Catalina en San Juan.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 201
1749
El Gobernador de Puerto Rico, Juan José Colomo, prohibió la venta y uso
del aguardiente.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 53 y
215
1750
Juan Antonio Balboa ocupó el puesto de sub teniente de la guarnición de
San Juan, a sueldo.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 203
1750
Existían en la isla equipos de artillería.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 142
4 de febrero de 1750
don Gaspar López, con habitación y vecindad en San Juan de Puerto Rico,
por escritura pública otorgada ante
el Escribano Público y Cabildo, don Francisco de Sostres, compró a Juan Claudio
Bautista, del mismo vecindario y habitación, y morador de la Ribera de Toa, una
estancia de tierras en la Ribera de Toa, con trapiches de molienda, platanales,
cañaverales, pasto y demás aperos; con sus entradas, salidas, usos, costumbres,
derechos y servidumbres, por el precio de 1,100 pesos de ocho reales de plata
cada uno, en moneda de vellón corriente libres de Alcabala (impuesto de venta);
que la mitad la había heredado el vendedor de su padre y la otra mitad se la
había comprado a Juan del Álamo. Bajo la siguiente descripción original:
"que linda por costado con Juana del Rosario, y hace guarda-raya un caño a
un jobo, siguiente a un aguacate, y de allí, a una Palma, y por el otro con
Mariana de Raza, que hace guarda-raya, una ciénaga y de allí a un jobo, a un
naranjo, y de allí a una Palma, frente al río, fondos con dicha ciénaga; y es
claridad, que dicha ciénaga, se secare, es del comprador". Describiéndose
dicha estancia hoy, por la equivalencia de sus colindancias originales
anteriores, del modo siguiente: RÚSTICA: Finca radicada en la jurisdicción de
Puerto Rico. Que linda por el NORTE con el mar, conocido como el Océano
Atlántico, donde se localizan los limites norte territoriales de los pueblos de
Aguadilla, Isabela, Quebradillas, Camuy, Hatillo, Arecibo, Barceloneta, Manatí,
Vega Baja, Vega Alta, Dorado, Toa Baja, Cataño, Guaynabo, San Juan, Carolina,
Loíza, Río Grande, Luquillo y Fajardo; por el ESTE con el mar, conocido como la
Sonda y Pasaje de Vieques, donde se localizan los limites este territoriales de
los pueblos de Fajardo, Ceiba, Naguabo, Humacao, Yabucoa y Maunabo; por el SUR
con el mar, conocido como Mar Caribe, donde se localizan los limites sur
territoriales de los pueblos de Maunabo, Patillas, Arroyo, Guayama, Salinas,
Santa Isabel, Juana Díaz, Ponce, Peñuelas, Guayanilla, Yauco, Guánica, Lajas y
Cabo Rojo; y por el OESTE con el mar, conocido como el Pasaje de Mona, donde se
localizan los limites oeste territoriales de los pueblos de Cabo Rojo,
Mayagüez, Añasco, Rincón, Aguada y Aguadilla. Con una cabida superficial de
aproximadamente de dos millones ciento setenta y nueve mil seiscientas setenta
y cuatro cuerdas (2,179,674 cuerdas) de extensión territorial superficial,
computadas mediante la suma de las cabidas que comprenden las extensiones
territoriales superficiales de los pueblos (municipios) o territorios hoy
conocidos como San Juan, fundado el año de 1521, con una cabida de
30,973 cuerdas hoy; San Germán, fundado en 1573, con una cabida de
22,406 cuerdas hoy; Coamo, fundado en 1579, con una cabida de 51,402
cuerdas hoy; Aguada, fundado en el año de 1692, con una cabida de 19,770
cuerdas hoy; Ponce, fundado en el año de 1692, con una cabida de 76,444
cuerdas hoy; Loíza, fundado en el año de 1719, con una cabida de 17,798
cuerdas hoy; Añasco, fundado en el año de 1728, con una cabida de 23,600
cuerdas hoy; Guayama, fundado en el año de 1736, con una cabida de
43,494 cuerdas hoy; Manatí, fundado en el año de 1738, con una cabida de
30,292 cuerdas hoy; Utuado, fundado en el año de 1739, con una cabida de
75,618 cuerdas hoy; Toa Baja, fundado en el año de 1751, con una cabida
de 16,146 cuerdas hoy; Toa Alta, fundado en el año de 1751, con una
cabida de 18,105 cuerdas hoy; San Sebastián, fundado en el año de 1752,
con una cabida de 47,141 cuerdas hoy; Yauco, fundado en el año de 1756,
con una cabida de 45,143 cuerdas hoy; Mayagüez, fundado en el año de
1760, con una cabida de 50,763 cuerdas hoy; Guaynabo, fundado en el año
de 1769, con una cabida de 17,793 cuerdas hoy; Rincón, fundado en el año
de 1770, con una cabida de 9,220 cuerdas hoy; Cabo Rojo, fundado en el
año de 1771, con una cabida de 46,789 cuerdas hoy; Bayamón, fundado en
el año de 1772, con una cabida de 28,716 cuerdas hoy; Fajardo, fundado
en el año de 1772, con una cabida de 20,427 cuerdas hoy; Moca, fundado
en el año de 1774, con una cabida de 33,427cuerdas hoy; Aguadilla,
fundado en el año de 1775, con una cabida de 23,447 cuerdas hoy; Caguas,
fundado en el año de 1775, con una cabida de 38,628 cuerdas hoy; Vega Alta,
fundado en el año de 1775, con una cabida de 18,452 cuerdas hoy; Vega Baja,
fundado en el año de 1776, con una cabida de 30,764 cuerdas hoy; Arecibo,
fundado en el año de 1778, con una cabida de 83,693 cuerdas hoy; Cayey,
fundado en el año de 1779, con una cabida de 32,768 cuerdas hoy; Maunabo,
fundado en el año de 1779, con una cabida de 13,639 cuerdas hoy; Humacao,
fundado en el año de 1793, con una cabida de 19,655 cuerdas hoy; Peñuelas,
fundado en el año de 1793, con una cabida de 29,655 cuerdas hoy; Yabucoa,
fundado en el año de 1793, con una cabida de 36,003 cuerdas hoy; Naguabo,
fundado en el año de 1794, con una cabida de 34,927 cuerdas hoy; Corozal,
fundado en el año de 1795, con una cabida de 27,528 cuerdas hoy; Juncos,
fundado en el año de 1797, con una cabida de 17,134 cuerdas hoy; Luquillo,
fundado en el año de 1797, con una cabida de 17,000 cuerdas hoy; Juana Díaz,
fundado en el año de 1798, con una cabida de 40,000 cuerdas hoy; Las Piedras,
fundado en el año de 1801, con una cabida de 22,041 cuerdas hoy; Trujillo
Alto, fundado en el año de 1801, con una cabida de 13,839 cuerdas hoy; Barranquitas,
fundado en el año de 1803, con una cabida de 22,406 cuerdas hoy; Camuy,
fundado en el año de 1807, con una cabida de 30,026 cuerdas hoy; Cidra,
fundado en el año de 1809, con una cabida de 23,919 cuerdas hoy; Patillas,
fundado en el año de 1811, con una cabida de 29,214 cuerdas hoy; San Lorenzo,
fundado en el año de 1811, con una cabida de 35,586 cuerdas hoy; Sabana
Grande, fundado en el año de 1814, con una cabida de 24,383 cuerdas hoy; Adjuntas,
fundado en el año de 1815, con una cabida de 43,837 cuerdas hoy; Gurabo,
fundado en el año de 1815, con una cabida de 18,421 cuerdas hoy; Ciales,
fundado en el año de 1816, con una cabida de 43,494 cuerdas hoy; Morovis,
fundado en el año de 1818, con una cabida de 25,410 cuerdas hoy; Isabela,
fundado en el año de 1819, con una cabida de 36,805 cuerdas hoy; Hatillo,
fundado en el año de 1823, con una cabida de 27,578 cuerdas hoy; Quebradillas,
fundado en el año de 1823, con una cabida de 15,057 cuerdas hoy; Aibonito,
fundado en el año de 1824, con una cabida de 20,627 cuerdas hoy; Naranjito,
fundado en el año de 1824, con una cabida de 18,254 cuerdas hoy; Orocovis,
fundado en el año de 1825, con una cabida de 41,314 cuerdas hoy; Comerío,
fundado en el año de 1826, con una cabida de 18,599 cuerdas hoy; Lares,
fundado en el año de 1832, con una cabida de 40,664 cuerdas hoy; Guayanilla,
fundado en el año de 1833, con una cabida de 27,578 cuerdas hoy; Aguas
Buenas, fundado en el año de 1838, con una cabida de 19,831 cuerdas hoy;
Ceiba, fundado en el año de 1838, con una cabida de 18,082 cuerdas hoy; Río
Grande, fundado en el año de 1840, con una cabida de 40,075 cuerdas hoy; Dorado,
fundado en el año de 1842, con una cabida de 15,357 cuerdas hoy; Santa
Isabel, fundado en el año de 1842, con una cabida de 22,522 cuerdas hoy; Salinas,
fundado en el año de 1851, con una cabida de 45,711 cuerdas hoy; Arroyo,
fundado en el año de 1855, con una cabida de 9,616 cuerdas hoy; Carolina,
fundado en el año de 1857, con una cabida de 30,655 cuerdas hoy; Las Marías,
fundado en el año de 1871, con una cabida de 30,973 cuerdas hoy; Hormigueros,
fundado en el año de 1874, con una cabida de 7,251 cuerdas hoy; Maricao,
fundado en el año de 1874, con una cabida de 24,214 cuerdas hoy; Barceloneta,
fundado en el año de 1881, con una cabida de 15,158 cuerdas hoy; Lajas,
fundado en el año de 1883, con una cabida de 39,672 cuerdas hoy; Canóvanas,
fundado en el año de 1903, con una cabida de 18,000 cuerdas hoy; Jayuya,
fundado en el año de 1911, con una cabida de 15,701 cuerdas hoy; Guánica,
fundado en el año de 1914, con una cabida de 24,070 cuerdas hoy; Villalba,
fundado en el año de 1917, con una cabida de 24,383 cuerdas hoy; Cataño,
fundado en el año de 1927, con una cabida de 3,343 cuerdas hoy; Florida,
fundado en el año de 1971, con una cabida de 7,248 cuerdas hoy. En el mismo
acto del otorgamiento de la antedicha escritura, ante el Escribano,
comparecieron los testigos instrumentales, y firmaron los comparecientes.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 67
Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Protocolos
Notariales, Otros Funcionarios, Serie Bayamón - Dorado, años 1750 al 1845, Caja
728, Folios 47 al 55 vto.
1750
Las condiciones sociales, políticas y económicas en el año de 1750
permitieron a Gaspar López adquirir el inmueble a buen precio. Teniendo como elemento
principal la escasez de circulante (moneda) de plata. La demanda por la moneda
superaba la oferta, unido a que el comercio con España estaba paralizado por la
guerra con otras naciones como Inglaterra. Esta precaria situación en la esfera
económica incentivó a los terratenientes a vender sus inmuebles poco
productivos. Los comerciantes extranjeros drenaron la isla de su moneda de
plata, al obligar a los insulares a comprarles víveres como la ropa y las
harinas que escaseaban, con esa moneda en particular. Así la isla se quedó
huérfana de capitales locales para levantar ingenios o emprender nuevos
negocios. Por esa razón, la oferta que el comprador, Gaspar López, le hizo al
vendedor, que no sabia leer ni escribir, Juan Claudio Bautista, era una tentación
irresistible. Definitivamente Gaspar López pertenecía a la clase adinerada y
tuvo que haber traído sus capitales de España, puesto que localmente un capital
de tal magnitud no estaba a disposición de nadie. Por otro lado, el continuo
asedio de las costas, por naciones deseosas de tomar la isla como botín de
guerra, perjudicó el fomento comercial insular y por ende las tasaciones
inmobiliarias. Patrón que ocurre naturalmente en tiempos bélicos.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994,
página 102
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 851
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 715
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 809 a
810
Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos,
1994, páginas 28, 188 a 194
Tradición de Futuro, El Primer Siglo del Banco Popular 1893 -1993,
Guillermo A. Baralt, 1993, pág. 14
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 255 a 261 y 282 a 283
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, páginas 105 a 107, 111, 173, 180 a 182
1751
Toa Alta (fundado en 1751) con una cabida de 18,105 cuerdas hoy
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 117
1752
La Corona Española promulgó una Real Orden ordenando al Teniente, Gaspar
de Andino, que desalojara a la isla de Vieques de los invasores ingleses.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 91
1 de mayo de 1753 al 30 de agosto de 1757
Por decreto de la Corona Española, Felipe Ramírez de Estenos, pasó a
ocupar el cargo de Gobernador Capitán General de Puerto Rico.
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 207
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 364 y
365
15 de octubre de 1754
En vista de los inconvenientes ocasionados por la Real Cédula del 24 de
noviembre del 1735 y para facilitar la confirmación de tales adquisiciones,
asegurando además los límites de las propiedades, se dictó otra Real Cédula,
estableciendo normas para las mercedes, ventas y composiciones de realengos,
sitios baldíos, hechas "al presente
y que se hicieren en adelante". Se facultó a los Virreyes y
Presidentes de las Audiencias para que procedieran a la venta y
"composición" de todas las tierras pertenecientes a la Corona, es
decir, no poseídas por los indígenas. La "composición" consistía en
la fijación de una cantidad que había de pagar con el fin de legitimar las usurpaciones
de terrenos. Se deberían fijar previamente y de manera auténtica la verdadera
situación, naturaleza y lindes de los bienes poseídos por particulares,
mediante una investigación general de los títulos de adquisición de cada
poseedor, otorgamiento de títulos nuevos a los que carecían de ellos y pago de
las cantidades correspondientes. Todos estos procedimientos y recursos se
tramitarían y resolverían en los distintos territorios, quedando confiados a
los Virreyes y Presidentes de las Audiencias quienes nombrarían oportunamente a
los "Ministros sub delegados" para la venta y composición de las
tierras. En la Real Cédula se decía que los Jueces y Ministros sub delegados
deberían proceder "con suavidad, templanza y moderación", instruyendo
"procesos verbales y no judiciales" cuando se tratase de tierras
poseídas por los indios.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
páginas 2 y 3
1755
don Gaspar López contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña Andrea
Martín. Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron 5
hijos nombrados: Juan Crisóstomo, Baltazar, Antonio, Dolores y Basilio; todos
de apellidos López Martín. Debido a la ausencia de documentos, como la acta de
matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse destruido los mismos
durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar
almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó
la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados,
utilizando varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
página 241
1755
Comenzó el cultivo del café en la isla. Específicamente en San Germán.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 31
1757
Nació en Toa Baja, don Juan Crisóstomo López Martín (hijo de don Gaspar
López ). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o
bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones
sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas
de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa
Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos
aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
páginas 197, 224 y 241
1757
Por decreto del Gobernador Capitán General de Puerto Rico, Felipe Ramírez
de Estenós, el Cabildo de la capital anunció la implantación de una reforma
agraria, mediante la reciente fundación de la Real Compañía Barcelonesa de
Cataluña, en España, la que había arribado a las Antillas con sus embarcaciones
conteniendo factores, efectos y herramientas para el cultivo. Luego del arribo
de esta empresa a Puerto Rico, el Gobernador Capitán General de Puerto Rico,
Felipe Ramírez de Estenós, envió por la isla al sargento mayor de milicias,
Pedro Vicente de la Torre, y al teniente a guerra del partido de Manatí,
Joaquín Navedo, para distribuir tierras realengas y vírgenes entre los
desacomodados. El Gobernador señaló el hecho de que los hatos estaban
injertados entre las estancias, cuyos dueños se veían en la necesidad de
cercarlas fuertemente para evitar la destrucción de los sembrados por el ganado
ambulatorio. El gasto de proveer cercas para sus estancias gravaba a los
terratenientes. El Gobernador proponía que el ganado se moviera para el
interior de la isla. El Cabildo de la capital aprobó las recomendaciones del
Gobernador, anunciando luego que durante los meses de septiembre y octubre de
1757 quedarían demolidos los hatos y criaderos de Toa Alta, Toa Baja, Bayamón,
Cangrejos y Río Piedras. Aquellos dueños de hatos que rehusaran trasladarse,
tendrían que cercarlos fuertemente o serían demolidos para beneficio público.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 269 a 270
1758
La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual renovó
y ratificó el Real Decreto expedido por ésta el 1 de julio de 1746, que
declaraba nulos y de ningún valor los títulos de tierras librados desde el 26
de abril de 1618 en adelante, exigiéndose la presentación de dichos títulos
dentro de un plazo de cuatro días, so pena de ser tenidas por baldías y
realengas las tierras ocupadas; que había quedado sin efecto al morir el
monarca Felipe V. Aunque tenia abolengo correctísimo y exigía el cumplimiento
del Real Decreto de 1 de julio de 1746, no pudo llevarse a efecto por ser
imposible la comprobación documentada de los títulos de las propiedades
trasmitidas de padres a hijos durante dos siglos, por haber desaparecido los
archivos escriturarios durante el ataque e invasión holandesa en el año de
1625. Su promulgación causó gran revuelo, evocando los incidentes ocurridos en
la isla en 1545, cuando se hizo declaración de la comunidad de pastos y montes,
produciéndose motines y pedreas contra alcaldes y concejales.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270
1758
Nació Baltazar López Martín.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Fondo: Protocolos
Notariales, Escribano: Otros Funcionarios, Serie: Bayamón, Pueblo: Dorado, año
1845, Caja 728, Folios 47 vto., 51 al 51 vto., venta de estancia a favor de
Basilio López.
8 de septiembre de 1758
Llegó a San Juan de Puerto Rico el primer barco de la Real Compañía
Barcelonesa de Cataluña y se le ofrecieron los primeros frutos para
mercadearlos en España.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 631
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270
1759
Nació Antonio López Martín.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Fondo: Protocolos
Notariales, Escribano: Otros Funcionarios, Serie: Bayamón, Pueblo: Dorado, año
1845, Caja 728, Folios 47 vto., 51 al 51 vto., venta de estancia a favor de
Basilio López.
15 de marzo de 1759
La Corona Española promulgó una Real Orden reconociendo la legítima
propiedad de las estancias de labor a los que estaban en posesión tranquila de
ellas, pero ordenando la destrucción de hatos y venta de los terrenos que los
componían. De esta manera sencilla y legal, se solucionaron los problemas
ocasionados cuando la Corona Española
en el 1758 renovó y ratificó el Real Decreto que se había suspendido el 1 de
julio de 1746 por el fallecimiento de Felipe V. Que aunque tenia abolengo
correctísimo y exigía el cumplimiento del antedicho suspendido Real Decreto, no
pudo llevarse a efecto por ser imposible la comprobación documentada de los
títulos de las propiedades trasmitidas de padres a hijos durante dos siglos,
por haber desaparecido los archivos escriturarios durante el ataque e invasión
holandesa en el año de 1625.
Así finalmente, el título de dominio, sucesor en tracto a su vez de los
títulos de "concesiones reales o cédulas de vecindad" en usufructo,
expedidos a la clase noble por la Corona Española, durante los primeros años de
la colonización, que había adquirido don Gaspar López , vecino de la Ribera de
Toa, por escritura pública otorgada el 4 de febrero de 1750 ante el Escribano Público
y Cabildo don Francisco de Sostres, cuando compró una estancia de tierras en la
Ribera de Toa, de 2,179,674 cuerdas de extensión territorial superficial, con
platanales, cañaverales, pasto y demás aperos; con sus entradas, salidas, usos,
costumbres, derechos y servidumbres a Juan Claudio Bautista, morador de la
Ribera de Toa, por el precio de 1,100 pesos de ocho reales de plata cada uno
moneda de vellón corriente libres de Alcabala (impuesto de venta); que la mitad
la había heredado el vendedor de su padre y la otra mitad se la había comprado
a Juan del Álamo; quedó ratificado como un título de dominio legítimo de
propiedad privada. De esa manera el derecho privado sobre la finca quedó
ratificado mediante la legitimación del susodicho título por la máxima
autoridad que lo fue la propia Corona Española.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435 y
636
La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico,
Raquel Rosario Rivera, 1995, página 24
1760
Se fundó San Mateo de Cangrejos (hoy barrios Santurce y Río Piedras, de
San Juan y Carolina).
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 334 a
336
1760
Nació don Basilio López Martín (hijo de don Gaspar López ). Debido a la
ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse
destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo
de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos
antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó
la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos aritméticos aproximados,
utilizando varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
página 224 y 241
1760 al 1770
La Real Compañía Barcelonesa de Cataluña, como parte de la reforma
agraria promovida por el Gobernador Capitán General de Puerto Rico, Felipe
Ramírez de Estenós, en el año de 1757, se introdujeron a la isla de Puerto Rico
9,450 esclavos negros bozales para trabajar en el cultivo de productos
agrícolas en las estancias.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 631
16 de julio de 1760
Nació el futuro primer obispo de Puerto Rico, el Dr. Juan Alejo de
Arizmendi.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125
1761
Se creó el puesto de Asesor del Gobierno. Quienes lo ocuparon, tenían la
facultad para actuar como Juez Ordinario, a formar procesos en todas las causas
civiles y criminales, no siendo sus sentencias apelables al Gobernador. El
Asesor era un teniente letrado del Gobernador a quién asistía en el ejercicio
de la jurisdicción ordinaria en el partido de la capital.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 148
1761
Nació Dolores López Martín.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
1765
La población de Puerto Rico era de 44,883 habitantes, ósea, 13 personas
por milla cuadrada. Estando las tierras heredadas, que habían sido cultivadas
originalmente durante la colonización, más abandonadas que las poseídas por
otros terratenientes, debido a la falta de mano de obra esclava, utensilios de
labranza y mercados que absorbieran el aumento de la producción. También
durante ese año prácticamente casi toda la población era analfabeta.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 475 a
484
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 90 y
437 a 442
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 283 a 284
8 de octubre de 1765
La Corona Española promulgó una Real Cédula, por virtud de la cual le
concedió permiso a la empresa mercantil Aguirre, Aróstegui & Compañia, a
que estableciera un astillero, para construir buques en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 156
1769
Por decreto del Rey Carlos III de la Corona Española, se estableció en
Puerto Rico, el Registro de Anotadurías de Hipotecas, como organismo jurídico
del Estado, representante de la fe pública, para la constitución de hipotecas,
mediante el acto de inmatriculación de pagareses a la orden del emisor o
portador (acreedor), como instrumentos jurídicos negociables, para garantizar
el pago de prestamos privados (obligaciones), sujetando los bienes inmuebles
privados del deudor al pagare, constituyéndose así, cargas o gravámenes sobre
los bienes inmuebles propiedad del deudor. No siendo el propósito del organismo
el de registrar, mediante su inmatriculación, las compraventas simples de
bienes inmuebles. Aunque si el de la expedición de certificaciones de deudas sobre
todos los bienes inmuebles adquiridos por instrumentos nacidos del ordenamiento
jurídico positivo en el acto del otorgamiento.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 94 y
95
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 878 a
879
1769
Guaynabo (fundado en 1769) con una cabida superficial de 17,793 cuerdas
hoy.
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 102
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 755 a
761
1771
Según lo relató el Fray, Iñigo Abaad Lasierra, en su recorrido por
Puerto Rico, una estancia de 75 caballerías (15,000 cuerdas) era apropiada para
la subsistencia de una familia promedio. Las opiniones de este Fray,
confirmaron la existencia de gigantescos latifundios para su época.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 2
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 284 y 326
1772
Bayamón (fundado en 1772) con una cabida superficial de 28,716 cuerdas
hoy.
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 93
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 236 a
242
1773
Juan Francisco Mestre, teniente coronel de ingenieros, construyó los
arcos y azoteas de la Capilla del Cristo de San Juan.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 131
1775
Vega Alta (fundado en 1775) con una cabida superficial de 18,452 cuerdas
hoy
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 119
1775
Julián Arriaga estableció tributo de tierras.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 132
1775
El Gobernador de Puerto Rico, Miguel de Muesas, medió entre la isla y la
metrópoli, fijando de acuerdo con los propietarios los títulos sobre haciendas
y hatos. Acordó con el Cabildo de la capital proveer a los gastos de armamento
y vestuario de las Milicias Disciplinadas con un impuesto sobre tierras.
Mediante su intervención, terminó con la discordia por la investigación de
terrenos baldíos. Dividió el partido de Cangrejos del partido de Río Piedras. Y
ordenó la creación del "Mapa topográfico de la isla de San Juan de PR y la
de Bieque" según lo declaró Tomás López en el 1791.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 103
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 312 a
313
1776
Vega Baja (fundado en 1776) con una cabida superficial de 30,764 cuerdas
hoy.
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 120
1776
Se estableció el Virreinato del Río de la Plata (hoy Argentina), bajo el
mando de un virrey, como organismo administrativo indiano, representante
personal del Rey de la Corona Española en esa colonia.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 183
1776
La mejor azúcar de la isla se producía en Toa Baja. En el ingenio
administrado por Losna. Para ese año la producción de la isla ascendió a 78,884
botijas de melado y 10,949 arrobas de azúcar. Una arroba era lo equivalente
a 25 libras o ¼ de quintal. Y una botija de melado equivalía a un galón
de liquido.
Diccionario de la Lengua Española, edición 1950.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 192 y
197
La Buena Vista, Guillermo A. Baralt, Fideicomiso de Conservación de PR,
1988, página V
1776
El Rey Carlos III de la Corona Española le concedió a Luis de Balbes de
Berton de Quiers (Duque de Crillón Mahón) el derecho sobre una concesión de
cuatro leguas de tierras (17,700 cuerdas) en Puerto Rico como premio por sus
servicios militares a la Corona.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 202 y
716
La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico,
Raquel Rosario Rivera, 1995, página 25
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 371
4 de julio de 1776
Los 56 Representantes de las trece colonias inglesas de América,
reunidos en Congreso General, le declararon unánimemente su independencia a la
Corona Inglesa de la Gran Bretaña. Constituyéndose por dicho acto los Trece
Estados Unidos de América en una nación independiente bajo un sistema de gobierno democrático.
Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville
Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, páginas 310 a 311
El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen
Ramos de Santiago, 1985, páginas 39 a 57
1777
don Juan Crisóstomo López Martín (hijo de don Gaspar López ), contrajo
matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña María Josefa Martínez. Tiempo
después, como producto de esa unión conyugal, engendraron 2 hijos nombrados:
José Justo y Jacinto; todos de apellidos López Martínez. Debido a la ausencia
de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por
haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el
pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el
sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha
fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando
varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
página 193
14 de enero de 1778
El Rey Carlos
IIl de la Corona Española, dictó una Real Cédula especial para el
repartimiento de tierras en la isla de Puerto Rico, por virtud de la cual
fueron demolidos los "hatos" y repartidos en "estancias"
entre los colonos, suprimiéndose también las "dehesas" o "pastos
comunes" y respetándose únicamente los "ejidos" de los pueblos
que después fueron convertidos en "cotos" de propiedad particular. La
misma fue parte de una reforma agraria para incrementar la producción agrícola
en Puerto Rico, mediante la expedición de títulos de propiedad por concesión,
sobre los hatos cultivables propiedad del Estado, con un impuesto para el
mantenimiento del ornamento de las Milicias Disciplinadas, con la condición de
revertir al Estado los terrenos que no fuesen cultivados por los concesionarios
originales, sus herederos o sucesores en título. Debido a la escasez de
soldados españoles para defender la isla de invasiones extranjeras, se organizó
un grupo civiles que participaban como soldados voluntarios para defender la
isla. A éste grupo se conoció como Las Milicias Disciplinadas. Se reconocía a
los terratenientes el carácter de verdaderos propietarios bajo ciertas
condiciones de cultivo, pudiendo enajenar sus tierras en vida y trasmitirlas
por muerte a sus herederos, los cuales también para conservar sus derechos
tendrían que cumplir con las condiciones de cultivo, impuestas a su causante o
vendedor, por la Corona Española.
El cumplimiento de esta Real Cédula se encomendaba a una Junta que había
de hacer el reparto de los terrenos, determinando la situación, cabida,
linderos y amojonamiento de cada predio y ordenándose un "Registro
Especial" donde constaran los nombres de los futuros propietarios, su
condición de labrador, residencia, cultivo de la finca y demás condiciones que
era obligatorio consignar. Además, mediante la susodicha Cédula se le concedió
a los inmigrantes recién llegados títulos legales de propiedad que le daban los
derechos de posesión en usufructo sobre las tierras que venían cultivando sin
títulos legales, bajo las mismas condiciones impuestas a los naturales de la
isla. Por esta Real Cédula, durante el mismo año de 1778, también el Estado
publicó un edicto anunciando la concesión, bajo las mismas condiciones
antedichas, de solares o parcelas en terrenos baldíos pertenecientes al Estado.
A fines del siglo XVIII, existian 15,000 familias que componían una población
de 77,700 personas, que vivían como agregados sin títulos legítimos de
propiedad en los terrenos de los grandes terratenientes o del Estado. Las
labores agrícolas insulares eran efectuadas por la mano de obra negra esclava.
No obstante, la implantación de este nuevo régimen hubo de aplazarse a
causa de la guerra entre Inglaterra y España y de las guerras napoleónicas.
Hasta ese momento los derechos de los poseedores de fincas rústicas en Puerto
Rico variaba, pudiendo distinguirse: primero, los que las tenían por
concesión real o las habían legitimado por la "composición". Estos
ejercían sus derechos con arreglo a la legislación del antiguo reino de
Castilla, supletoria en América y lo contenido en la Recopilación de Leyes de
los Reinos de las Indias. Estos eran verdaderos propietarios, con todas las
facultades inherentes a su dominio, como es el caso del título que adquirió don
Gaspar López , el 4 de febrero de 1750; y segundo, los que las habían
obtenido por concesión de municipios o cabildos. Estos actuaban como
propietarios pero sólo podían disponer de sus tierras por causa de muerte u
nunca intervivos. En cuanto a formalidades públicas para la transmisión y
gravamen de la propiedad inmueble, nada se disponía en la Recopilación de Leyes
de los Reinos de las Indias.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 44 a
45
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435 y
638
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 29, 31
y 668
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
páginas 3 y 4
Archivo General de Puerto Rico, Fondo Gobernadores Españoles, año 1778,
Caja 77, Folios 22 al 26 vto.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 275 a 279 y 325 a 326
6 de mayo de 1778
El Rey Carlos IIl de la Corona Española promulgó una Real Cédula
ordenando que en todos los dominios de las Indias, se anotaran indispensablemente
en los respectivos oficios de Anotadores de Hipotecas cuantas escrituras se
otorgaren con hipotecas expresas y especiales, sin excepción de ninguna.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 4
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 878 a
879
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358
1781
Nació en Toa Baja, don José Justo López Martínez (hijo de don Juan
Crisóstomo López Martín). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de
nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples
inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los
volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del
pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante
cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales
alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Certificación expedida por el párroco Padre Juan Patrón el 3 de marzo de
1992, Parroquia San Pedro Apóstol de Toa Baja, libro 11 de matrimonios, folios
86 al 86 vto.
1782
Se promulgó una Real Cedula para que se publicara la creación del Banco
Nacional San Carlos.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 210
16 de abril de 1783
El Rey Carlos IIl de la Corona Española promulgó una Real Cédula
ordenando que se procediera al establecimiento de los oficios de hipotecas en
todas las cabezas de partido en Puerto Rico.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 5
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358
1785
El Rey Carlos IIl de la Corona Española, estableció en Sevilla, España,
el Archivo General de las Indias, para la conservación de todos los documentos
relativos a la exploración, conquista y colonización de las colonias bajo el
dominio español en el Nuevo Mundo. Este archivo sirvió como depositario de los
documentos de carácter notarial, donde se registraron los títulos de propiedad
privada y los de concesiones del Estado a través de los cabildos.
Periódico El Nuevo Día, Revista Por Dentro, 31 de octubre de 1996,
página 86
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358
11 de septiembre de 1787
Nació en Toa Baja, don Jacinto López Martínez (hijo de don Juan
Crisóstomo López Martín). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de
nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples
inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los
volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del
pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante
cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
páginas 193 a 195
17 de septiembre de 1787
La nación de los Estados Unidos de América, con un sistema de gobierno democrático,
promulgó su Constitución.
El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen
Ramos de Santiago, 1985, páginas 39 a 57
14 de julio de 1789
En la nación de Francia, por iniciativa del pueblo francés, cansado de
los abusos del gobierno de corte monárquico que los regía, advino la Revolución
Francesa, siendo derrocado el gobierno de corte absolutista, constituyéndose el
pueblo en una nueva nación conocida como la República de Francia. Proclamándose
en suelo nacional francés la abolición de la esclavitud, no siendo extensiva la
proclama a sus territorios de ultramar. Esta Revolución Francesa proclamó la
igualdad de los derechos individuales, particularmente la opción de los
ciudadanos a desempeñar los cargos públicos.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 219
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 264 a 265
3 de septiembre de 1789
La nación de los Estados Unidos de América recibió el reconocimiento de
su independencia por parte de la Corona Inglesa de Gran Bretaña.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 408
3 de septiembre de 1789
Algunos hombres de Estado españoles habían advertido la ambición
imperialista de los Estados Unidos, en el sentido de arrebatarle a España sus
territorios conquistados en América, incluyendo la isla de Puerto Rico, cuando
el Conde de Aranda le escribió al Rey de la Corona Española, Carlos IV,
advirtiendo que la nueva nación de los Estados Unidos, se transformaría en un
gran coloso que comenzaría conquistando el territorio español de la Florida y
luego extendería su poder por toda América, olvidando la colaboración, que para
obtener su independencia de Gran Bretaña, le dieron España y Francia. La
susodicha ambición imperialista de los Estados Unidos ya había sido prevista en
el año de 1787, cuando Thomas Jefferson, que se convirtió en el tercer
Presidente de los Estados Unidos años más tarde, indicó en un escrito que y
citamos: "Nuestra confederación debe ser contemplada como el nido desde
donde toda la América, la del Norte y la del Sur, ha de ser poblada. Pensando
en los mejores intereses de aquel Continente nosotros debemos cuidarnos de no
presionar demasiado pronto a los españoles. Estos países no pueden estar en
mejores manos. Mi temor es, empero, que estas manos sean demasiado débiles para
sujetarlos hasta que nuestra población sea suficientemente númerosa para
arrebatárselas pedazo a pedazo".
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 170 a 171
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 408 a 409
25 de septiembre de 1789
El primer Congreso de la nación de los Estados Unidos de América, con un
sistema de gobierno democrático, en cumplimiento del Artículo V de su
Constitución, procedió a enmendar por vez primera los Artículos primero al
décimo su Constitución, para garantizar los derechos de todos sus ciudadanos,
mediante la aprobación de la carta de derechos civiles.
El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen
Ramos de Santiago, 1985, páginas 48 a 50
1792
El Rey Carlos IV de la Corona Española le concedió a Luis de Balbes de
Berton de Quiers (Duque de Crillón Mahón) 8,700 cuerdas en los lugares de
Naguabo, Fajardo y Luquillo en Puerto Rico, en cumplimiento de la concesión que
el Rey Carlos III de la Corona Española le había dado a éste en el año de 1776,
como premio por sus servicios militares a la Corona.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 202 y
716
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 371
La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico,
Raquel Rosario Rivera, 1995, página 25
1795
La Corona Española promulgó la Novísima
Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, como nueva edición
actualizada de la antigua Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias del año
de 1680.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 10 y 51
1795
Corozal (fundado en 1795) con una cabida superficial de 27,528 cuerdas
hoy.
Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 98
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 566 y
570
1795
El Rey Carlos
IV de la Corona Española, puso fin a la guerra con la República de Francia,
mediante la firma del Tratado de Basilea. Por el cual España cedió a Francia la
parte española de Santo Domingo (hoy Haití). Conociéndole a la nueva colonia
francesa bajo el nombre de "Saint Domingue Francés".
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 358 a 359
1797
Según lo relató el científico francés, André Pierre Ledrú, en su
recorrido por Puerto Rico, la población de un país está en razón directa con la
cantidad de propietarios que haya en él. La aplicación de la susodicha teoría,
lo llevó a concluir que para ese año la isla sólo tenía la sexta parte de los
habitantes que podría sostener. Lo que en realidad ocurrió fue que exterminada
la mayor parte de los indígenas por sus conquistadores, los últimos se
repartieron entre sí los despojos del pueblo vencido, y cada soldado o empleado
tomaba para sí muchas leguas cuadradas de sabanas o bosques. De esa
distribución de tierras, por compra o herencias, se crearon los grandes
latifundios existentes.
Según Ledrú, la isla tenía un área compuesta de 720 leguas cuadradas.
Utilizando las medidas modernas, tenemos que excluyendo a Vieques y Culebra, la
isla tiene un área de 8,736 kilómetros cuadrados. Si esa cantidad la dividimos
entre 720 leguas, cada legua computada por Ledrú equivaldría a 12.123
kilómetros cuadrados de área. Que a su vez equivaldrían a 3,086.96 cuerdas de
área. Computadas mediante multiplicar la cantidad de cuerdas que comprende un
kilómetro cuadrado (254.42 cuerdas) por el número de kilómetros cuadrados que
comprende una legua cuadrada de Ledrú (12.123 kilómetros cuadrados). Por
ejemplo, si un vecino adquiría 360 leguas cuadradas de tierras, eso equivaldría
a 1,111,305.6 cuerdas de área.
Antes del año del 1778 acostumbraban llegar a la isla anualmente muchos
españoles y canarios, guiados por el deseo de hacer fortuna, y a muchos de
ellos, aunque traían sus pequeños capitales para dedicarse a las labranzas, les
era imposible obtener concesiones de tierras debido a que ya las mismas tenían
dueño.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 538 y
554
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 457
y 463
Enciclopedia Clásicos de Puerto Rico, Lucas Moran Arce, 1971, Ediciones
Latinoamericanas S.A., páginas 45 a 46
17 de abril al 2 de mayo de 1797
El ingles, Sir Ralph Abercromby, atacó e invadió la ciudad de San Juan
en Puerto Rico.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158
22 de mayo de 1797
La Real Audiencia Chancillería de Santo Domingo fue trasladada a Puerto
Príncipe en Cuba.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 164 y
173
23 de marzo de 1798
La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando los requisitos
sobre las confirmaciones de tierras realengas en Puerto Rico.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 5
noviembre de 1799
Napoleón Bonaparte derrocó al Corrupto Directorio de los cinco bribones
que tenían el mando de la República de Francia, que habían subido al poder
durante la Revolución Francesa del 1789.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 219
Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville
Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, páginas 97 a 98
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994,
páginas 358 a 359
1800
El Gobernador de Puerto Rico, Ramón de Castro y Gutiérrez, ordenó la
construcción del Arsenal de San Juan.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 138
septiembre de 1800
El emperador de la República de Francia, Napoleón Bonaparte, que soñaba
con crear un nuevo imperio francés en América, obligó a España a que le cediera
Nueva Orleáns con todo su vasto territorio entre el Misisipí y las Montañas
Rocosas (hoy territorio central de los Estados Unidos).
Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville
Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, página 99
22 de diciembre de 1800
La Corona Española promulgó la Real Cédula número 755, prohibiendo la
extracción de documentos originales en todas la Secretarías de los Reinos de la
Indias, para evitar su extravío, fomentando su conservación. Esta orden fue una
herramienta vital para que los documentos notariales donde se registraron las
transacciones inmobiliarias se conservaran en buen estado.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 388
25 de agosto de 1802
La Corona Española promulgó una Real Cédula, con el propósito de que
para la aplicación del sistema hipotecario que regía entonces en España, a los
territorios de Ultramar, como Puerto Rico, el Gobierno delegó en las
respectivas Audiencias Territoriales la facultad de dictar las disposiciones
necesarias al efecto. La Audiencia Territorial de Méjico llenó muy pronto este
cometido y el Gobierno acordó que las disposiciones dictadas por ella se
observasen en todas las demás Audiencias Territoriales de los Reinos de las
Indias y en Filipinas. Esta Real Cédula contenía 25 artículos, regulando el
funcionamiento de los registros de Anotadurías de Hipotecas, declarando estos
oficios vendibles y renunciables y disponiendo la forma en que deberían hacerse
las anotaciones correspondientes. Esta acción reguladora mejoró el
funcionamiento del sistema original del Registro de Anotadurías de Hipotecas
que databa del 1769.
Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968,
página 5
diciembre de 1802 al 2 de mayo de 1803
La cesión obligada del territorio de Nueva Orleans por parte de España a
Francia en el año de 1800, incrementó los temores del tercer Presidente de los
Estados Unidos, Thomas Jefferson, quien siempre había pensado en lo que podría
significar para los agricultores estadounidenses, el que fuera Francia, nación
pujante, y no España, imperio en decadencia, la que dominara la desembocadura
del gran río que estos tanto necesitaban para llevar sus productos al mercado.
Actuando rápidamente, Thomas Jefferson, obtuvo del Congreso una partida de
$2,000,000 de dólares para comprar a Nueva Orleáns y envió su representante
Monroe a París con órdenes de ayudar al ministro residente Livingston a
realizar la compra. Pero antes, de que aquél hubiera puesto los pies en
Francia, ya Napoleón había renunciado a su proyecto de crear un imperio en
América, y ofreció en venta toda la inmensa provincia de Luisiana. Después de
algún regateo, se fijó un precio de $14,500,000 dólares, cerrándose el trato
para la fecha del 2 de mayo de 1803.
Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville
Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, página 99
13 de marzo de 1803
El Dr. Juan Alejo de Arizmendi fue nombrado como el primer Obispo
puertorriqueño.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125
1804
Como consecuencia de la rebelión de los esclavos rebeldes en la colonia
francesa de "Saint Domingue Francés" (hoy Haití), nacida de la
influencia en el reclamo de sus derechos humanos debido a la abolición de la
esclavitud en suelo nacional francés, todas las plantaciones de caña de azúcar
fueron destruidas por los esclavos, paralizándose la producción azucarera en
esa colonia. Creándose a su vez, una escasez de azúcar en el mercado mundial y
una súbita alza en los precios del producto. Trayendo como consecuencia ese
acto anárquico político social, la aceleración del ritmo de crecimiento que las
haciendas azucareras de Puerto Rico venían experimentando desde finales del
siglo 18.
Esclavos Rebeldes, Guillermo A. Baralt, 1989, páginas 15 y 16
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
página 28
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 264 a 265
5 de mayo de 1804
El Dr. Juan Alejo de Arizmendi confirmó la erección de la ermita de
Hormigueros, como parroquia.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 895
18 de mayo de 1804
Napoleón Bonaparte se proclamó oficialmente como emperador de la
República de Francia.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114
1805
Se publicó en Puerto Rico la Novísima Recopilación de Leyes de los
Reinos de Indias, estableciendo el orden de prelación entre los diversos
cuerpos legales anteriores, sin derogarlos. Dando continuidad al investimiento
del Gobernador Capitán General de Puerto Rico con poderes absolutos en la isla.
En la práctica, la mayor parte de las disposiciones contenidas en la Novísima
Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, fueron letra muerta en Puerto
Rico, que no cumplieron los gobernadores ni virreyes de turno.
Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 73
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 503
a 505
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 10 y 51
1806
don José Justo López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López
Martín), contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña Juana
Rodríguez. Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron a
un hijo nombrado José María López Rodríguez. Debido a la ausencia de
documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse
destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo
de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano
de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de
matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias
fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Certificación expedida por el párroco Padre Juan Patrón el 3 de marzo de
1992, Parroquia San Pedro Apóstol de Toa Baja, libro 11 de matrimonios, folios
86 al 86 vto.
1807
El ejército francés de Napoleón Bonaparte invadió a Portugal y el norte
de España, forzando la abdicación del Rey de España, Carlos IV, y de su
heredero, Fernando VII. En su lugar Napoleón nombró a su hermano José Bonaparte. En
protesta ante tan afrentosa situación el pueblo español se sublevó iniciándose
así lo que se conoció como la guerra de independencia española. Inmediatamente
las provincias españolas constituyeron "juntas" particulares de
gobierno que dieron lugar a la creación de la "Junta Suprema, Central y
Gubernativa de los Reinos de España e Indias", presidida por el Conde de
Floridablanca, que habría de dirigir los destinos de España entre el 25 de
agosto de 1808 y el 29 de enero de 1810; que en abierta rebeldía rechazó el
dominio bonapartista y proclamó su fidelidad a Fernando VII como legítimo Rey
de España. La Junta gobernaría hasta tanto el monarca pudiese regresar a España
del exilio en Bayona, donde era custodiado por el propio ejercito de Napoleón
Bonaparte. España quedó dividida en dos territorios: el centro y el norte
dominado por las tropas francesas y el sur por la Junta.
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
índice
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 3 a 10
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 220
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 360
1808
Imperaba en la isla de Puerto Rico un Régimen colonial de tipo
administrativo, inspirado en el sistema mercantilista, cuyas bases lo
constituían la Nueva Recopilación de Leyes de Indias del 1691, la mayor parte
de cuyas disposiciones databan de los tiempos de Felipe II y Felipe III y la
Novísima Recopilación del 1795, cuerpo legal que consagraba el absolutismo
monárquico. Dando al Gobernador, según las disposiciones del Libro III de las
Leyes de los Reinos de Indias, poderes absolutos y omnipotentes en PR. Como
Capitán General teniendo la dirección de la milicia y la marina. Como
Intendente teniendo poderes económicos al mando de los Negocios de la Hacienda
Pública. Como Juez Superior teniendo poderes judiciales interviniendo en la
administración de la justicia. Como Vicepatrono real teniendo poderes
eclesiásticos participando en la administración de la Iglesia. No existiendo un
organismo representativo externo imparcial, que pudiera servir de freno a los
excesos del Gobernador.
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
página 10
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 323 a 324
30 de junio de 1809
Por decreto de la Corona Española, don Salvador Meléndez Bruna, pasó a
ocupar el cargo de Gobernador Capitán General de Puerto Rico.
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
índice
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 298 a
300
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 18 a 23
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 361
1809 a 1814
Se produjo el fenómeno de la coexistencia en España de dos Gobiernos: el
de José Bonaparte, en representación del Imperio francés con su hermano Napoleón
Bonaparte, y el de las Regencias, símbolo de la resistencia nacional española
contra la invasión francesa que habían sufrido en su propio territorio español.
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 365
1809
La "Junta Suprema, Central y Gubernativa de los Reinos de España e
Indias" declaró a todas las colonias parte integrante de la monarquía
española con derecho a representación en este organismo principal de gobierno.
Por primera vez, España intentaba modificar las relaciones con sus colonias,
elevándolas a la categoría de provincias. Como tal, tenían derecho a enviar un
diputado o representante, portavoz de sus intereses ante la Junta. Como
resultado de esos procesos, resultó electo, para representar a la provincia de
Puerto Rico, el puertorriqueño don Ramón Power y Giralt.
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 220
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 361 a 362
1810
Nuevos acontecimientos en España causaron que la elección de don Ramón
Power y Giralt quedase sin efecto. Debido a los avances de las tropas francesas
hacia el sur de España, la "Junta Suprema, Central y Gubernativa de los
Reinos de España e Indias" tuvo que refugiarse en la isla de León, junto a
Cádiz. Al poco tiempo, fue sustituida por un "Consejo de Regencia",
que en 1810 convocó a Cortes (ósea, el Parlamento o la Legislatura en España).
La convocatoria reconoció el derecho de las colonias a enviar diputados a las
Cortes. En Puerto Rico se efectuaron nuevas votaciones, resultando don Ramón
Power y Giralt, reelecto como representante de la Provincia de Puerto Rico.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, página 116
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 215
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 21 a 22
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 222
10 de abril de 1810
Se conoció en la colonia española de Venezuela la crítica situación que
atravesaba España tras la disolución de la Junta Suprema y el establecimiento
del Consejo de Regencia. Los partidarios de la Independencia se decidieron a
aprovechar el propicio momento en que se les presentaba. Constituyeron el
ayuntamiento de Caracas en Junta Revolucionaria. Depusieron de sus cargos a los
funcionarios españoles. Proclamando la independencia de Venezuela del dominio
de España. Dando comienzo a unas luchas que durarían varias décadas para lograr
su propósito.
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 32 a 33
Los Emigrantes Llegados a Puerto Rico Procedentes de Venezuela entre
1810 - 1848, Raquel Rosario Rivera, 1992, páginas 15 a 16
1810 al 1848
Como consecuencia de la inestabilidad política en el territorio español
de Venezuela (la Gran Colombia), causada por las luchas por su independencia de
España, la isla de Puerto Rico se convirtió en refugio para cientos de
españoles residentes en territorio venezolano, que emigraron a Puerto Rico,
huyendo de los abusos cometidos por los revolucionarios contra todos los
españoles leales a la Corona de España. Como ejemplo de ello, pertinente a este
caso, para el año de 1821, a consecuencia de la guerra en Carabobo, que ganó el
líder revolucionario Simón Bolívar el 24 de junio del citado año, llegó a
Puerto Rico, procedente de Costa Firme, los españoles don Antonio Canino y su
esposa, Doña Catalina del Castillo, con su hijo adolescente de 15 años, nacido
en Venezuela para el 1806, Manuel Felipe Canino del Castillo. Durante el
susodicho periodo, según testimonio del propio Gobernador Capitán General de
Puerto Rico, don Salvador Meléndez Bruna, en la isla sólo existían tres
hospitales, habiendo un médico aprobado por la Universidad de Caracas y algunos
cirujanos militares, para atender una población de 230,622 almas, según el
censo de 1820. De esta corriente migratoria, llegaron a la isla algunos
españoles pertenecientes a la clase pudiente con sus esclavos, entre ellos,
médicos prominentes que se habían educado en la Universidad de Caracas. La
necesidad de médicos en la isla era grande. Estos antecedentes influenciaron en
las generaciones posteriores al seleccionar como profesión a estudiar, la
medicina. Pudiendo sólo los de la clase pudiente en Puerto Rico, enviar a su
prole a estudiar en instituciones académicas fuera de Puerto Rico, como las de
España, Santo Domingo y Estados Unidos. Ejemplo claro de esto lo fue, el
susodicho Manuel Felipe Canino del Castillo, que más tarde fue médico de
profesión, ejerciendo su carrera en el sector de Maguayo del Barrio de Dorado
en el pueblo de Toa Baja, donde se estableció, luego de haber contraído nupcias
el 24 de septiembre de 1832 en Toa Baja con Doña Petronila Martínez. La
prominencia de esta clase médica extranjera, dejó sentir su influencia sobre
los gobernantes omnímodos de Puerto Rico durante varias décadas, inclusive,
hasta en el acaparamiento de tierras.
Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 126 y 133
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 210
a 213
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página
215
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 129,
130 y 439
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 376, 382, 386, 395, 400, 409, 410, 415, 419,
424 y 430
Los Emigrantes Llegados a Puerto Rico Procedentes de Venezuela entre
1810 - 1848, Raquel Rosario Rivera, 1992, páginas 15 a 35, 84 a 98, 120 a 122,
178 a 194, 245, 254 a 255, 321 y 324
Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I,
páginas 60, 66, 93, 95, 98 a 100, 121, 124, 156, 160, 167 a 168, 265, 268 y 275
a 277
24 de septiembre de 1810
Se inaguraron en España las Cortes Constituyentes, con el propósito de
redactar el documento que daría nacimiento a su primera constitución como nación,
siendo exaltado a la vicepresidencia del cuerpo, el puertorriqueño don Ramón
Power y Giralt. En el seno de aquel organismo debatieron liberales (reformistas
o constitucionalistas) y absolutistas (tradicionalistas o conservadores),
bandos que también existían en Puerto Rico. Mientras se elaboraba el documento
constitucional, el Consejo de Regencia seguía dirigiendo los destinos de la
España revolucionaria. Ahora había grandes posibilidades de que, como se venía
hablando en Puerto Rico muchos años atrás, el poder real emanara del pueblo que
le daba su consentimiento para gobernar y que, por consiguiente, debía haber un
cuerpo legislativo que compartiera los deberes del gobierno junto al Rey. Esta
era, pues, la semilla de la Monarquía Constitucional.
Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G.
Silvestrini, 1992, página 219
Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española,
Luis M. Díaz Soler, 1994, página 365
1812 a 1827
La producción azucarera de la isla se incrementó de 16,765 a 365,535
quintales. Osea, a razón de 21.80 veces más. En tan sólo 15 años.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 197
1812
Se propuso al Gobierno un proyecto para la creación de un banco local.
Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 207
1812
don Jacinto López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López Martín),
contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con su tía materna, Doña María
Romualda Martínez García (hermana de Doña María Josefa Martínez García, que era
la madre de don Jacinto López Martínez). Tiempo después, como producto de esa
unión conyugal, engendraron a 14 hijos nombrados: Juan Hipólito, Teresa de Jesús,
María Ignacia, Juana Francisca, Manuela, María Luisa, Josefa Guadalupe, Jacinto
de Jesús, Manuel Antonio, Juan Vicente, José Catalino, Fermina, Juan
Guadalupe y María del Rosario; todos de apellidos López Martínez. Debido a la
ausencia de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o
bautismos, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones
sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas
antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó
la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados,
utilizando varias fuentes documentales alternas.
Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.
Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.
Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado,
páginas 193 y 239
19 de marzo de 1812
Luego de año y medio de deliberaciones, las Cortes Constituyentes españolas promulgaron en Cádiz, la primera Constitución Española. La cual por decreto de 14 de julio del mismo año, del Gobernador Capitán General de Puerto Rico, el brigadier Salvador Meléndez Bruna, se procedió a declarar vigente, rigiendo la misma en Puerto Rico. Otorgándole a los puertorriqueños, los derechos de inviolabilidad de domicilio, persona, propiedad, libertad de pensamiento, petición, trabajo y sufragio; dejando de ser la isla una colonia para convertirse en una provincia española. Además, la susodicha Constitución creó un organismo semi repre