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SucesiOn Basilio LOpez MartIn

 

Hechos básicos, presumidos, comunes y particulares en orden

cronológico con sus referencias documentales y bibliográficas

 

 

1263

Se recopilaron en el territorio de la Península Ibérica (hoy España) todas las leyes que componían su estado de derecho para ese entonces, asignándole el nombre de Código de Las Siete Partidas.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188

 

1348

Se publicaron las recopilaciones de leyes bajo el Ordenamiento de Montalvo y el de Alcalá en España.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188

 

1390 al 1406

Enrique III gobierna en Castilla.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 80

 

1445

Se casan Domenico Colón con Susana Fontanarosa, padres de Cristóbal Colón.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 80

 

1451

Nació Cristóbal Colón.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 81

 

1469

Se casaron Isabel, Princesa de Castilla, con Fernando, infante de Aragón.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78

 

1474

Isabel, Princesa de Castilla se proclamó Reina de Castilla.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78

 

1479

Fernando, infante de Aragón, se proclamó Rey de Aragón al heredar el trono.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 78

 

1480

Se reformó el sistema penal en España.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 79

 

1481

La Santa Sede promulgó la Bula papal Aeterni Regis, que autorizaba al Rey Juan II de Portugal a ser soberano sobre tierras que no pertenecieran a príncipes cristianos, más allá de las islas Canarias, hacia el oeste y en la vecindad de Guinea.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88

 

2 de enero de 1492

Se rindió en Granada ante los Reyes Católicos, el ultimo emir moro Boabdíl.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 79

 

17 de abril de 1492

Los Reyes Católicos de España firmaron las Capitulaciones de Santa Fe con Cristóbal Colón, otorgándole los títulos de almirante (vitalicio, hereditario y a perpetuidad), virrey y gobernador general de las tierras que descubriese.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 84 a 85

 

3 de agosto de 1492

Cristóbal Colón inició su primer viaje del descubrimiento.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 85

 

12 de octubre de 1492

Cristóbal Colón descubrió a América.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 86

 

6 de diciembre de 1492

En su primer viaje, Cristóbal Colón arribó a un puerto que le llamó San Nicolás, que luego él dio a conocer como el Puerto de la Concepción en el territorio de la isla que los indígenas le llamaban Haití; que luego Cristóbal Colón le cambió el nombre al de La Española (hoy el territorio de Haití y la República Dominicana).

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 86

 

25 de diciembre de 1492

Cristóbal Colón ordenó la construcción de una torre y un fortín, que bautizó con el nombre de Fortín de la Navidad, en el territorio de la isla de La Española (hoy el territorio de Haití y la República Dominicana); con el objeto de establecer allí el primer poblado cristiano del Nuevo Mundo, dejando en el mismo a 39 hombres que debían esperar a su regreso.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 87

 

3 de mayo de 1493

El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la 1ra Bula Inter-Coetera autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las tierras que se descubrieran, que no pertenecieran a príncipes cristianos.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88

 

28 de mayo de 1493

Los Reyes Católicos, Fernando e Isabel, le confirieron a Cristóbal Colón todos los honores por su descubrimiento, confirmándole las Capitulaciones de Santa Fe.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88

 

4 de junio de 1493

El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la 2da Bula Inter-Coetera autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las tierras que fueran descubiertas, que no pertenecieran a príncipes cristianos. Hacia el oeste de una línea que, trazada de polo a polo, habría de pasar a cien leguas de las Islas Azores. El reino de Portugal se opuso a ello.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88

 

junio de 1493

El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la Bula Eximia-Devotionis por virtud de la cual ratificó y rectificó retroactivamente al 3 de mayo de 1493 las Bulas papales del 1481 y del 3 de mayo de 1493. Autorizando a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las tierras a ser descubiertas que no pertenecieran a príncipes cristianos. Quitándole a Portugal la soberanía sobre ellas.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 88

 

25 de septiembre de 1493

Cristóbal Colón inició su segundo viaje con 17 naves y 1,500 hombres, entre ellos Juan Ponce de León y Nicolás de Ovando.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 89 a 90 y 98

 

26 de septiembre de 1493

El Papa Alejandro VI, Rodrigo Borgia, de la Santa Sede promulgó la Bula Dudum Siquidem, por virtud de la cual ratificó y rectificó retroactivamente las bulas papales del 1481 y el 3 de mayo de 1493. Donde autorizaba a los Reyes Católicos a ser soberanos sobre las tierras a ser descubiertas que no pertenecieran a príncipes cristianos. Quitándole a Portugal la soberanía sobre ellas. Se autorizó la reclamación de tierras sur-occidentales descubiertas y por descubrir en regiones meridionales u orientales de las Indias a los Reyes Católicos. Por esto el Rey Juan II de Portugal se enfureció.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 89

 

16 de noviembre de 1493

Cristóbal Colón descubrió a San Juan Bautista (Puerto Rico) en su 2do viaje.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 91

 

noviembre de 1493

En su segundo viaje de regreso al Nuevo Mundo Cristóbal Colón visitó las tierras de La Española (hoy el territorio de Haití y la República Dominicana), donde había dejado establecido el Fortín de la Navidad. Encontrando que los 36 hombres que había dejado para establecer el primer poblado cristiano del Nuevo Mundo, habían sido asesinados por los indígenas. Hallando el Fortín en cenizas. En vista de lo ocurrido, Cristóbal Colón seleccionó un nuevo paraje para el asentamiento de un poblado permanente que decidió llamar con el nombre de Isabela, en La Española, en honor a la reina de España.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 92 a 93

 

6 de enero de 1494

Se celebró la primera misa en América. A ésta asistió el comendador Arroyo.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 134

 

4 de mayo de 1494

Con el propósito de poner fin a la disputa por la soberanía sobre las tierras descubiertas en el Nuevo Mundo, se acordó el Tratado de Tordesillas para disipar las tensiones entre Portugal y España. Por virtud del mismo, España movió la línea de demarcación a 370 leguas al oeste de las Islas de Cabo Verde, reconociendo la soberanía Portuguesa sobre las tierras por ellos descubiertas al este de dicha línea.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 89

 

octubre de 1495

Cristóbal Colón autorizó el traslado del poblado de Isabela en el norte hacia el lado sur de La Española, donde la futura capital del Nuevo Mundo tomaría el nombre de Santo Domingo de Guzmán. Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 93

 

23 de abril de 1497

El origen y desarrollo del precepto estatutario jurídico de la propiedad privada, en nuestro ordenamiento jurídico puertorriqueño, como parte componente de nuestro estado de derecho, tiene sus raíces en el antiguo ordenamiento jurídico español. Remontándonos a la época del descubrimiento (exploración, conquista y colonización) de América (el Nuevo Mundo o las Indias), se atribuía al Rey, como único y legítimo representante del Estado, el señorío o dominio eminente sobre todas las tierras descubiertas, en virtud de diversos títulos, (donación de la Santa Sede, ocupación de cosa "nullius", etc.). Así, los Reyes de España se consideraron dueños supremos de las tierras que no estuvieran ocupadas o poseídas por los indígenas. La actividad legislativa se orientó a la protección de la población indígena, dictándose leyes y disposiciones con el fin de garantizar a éstos el tranquilo disfrute de sus tierras frente a posibles abusos de los colonizadores. El derecho de propiedad raíz en América nació cuando para la fecha del 23 de abril del año 1497 los Reyes Católicos de España, Fernando e Isabel, expidieron en Burgos una Real Cédula que autorizaba a Cristóbal Colón repartir entre los pobladores del Nuevo Mundo montes, aguas y tierras. Mediante esa Real Cédula, como instrumento del ordenamiento jurídico español positivo, siendo la forma más común de legislación referente a América, se originaron en las Indias los primeros títulos de concesión en usufructo, reconocidos por la Corona Española. Según estas disposiciones, los colonizadores solamente podrían ocupar las tierras sin dueño, e incluso se llegó, con el criterio de protección a los indígenas, a declarar nulas las adquisiciones de tierras de éstos, por presumirse que tales adquisiciones eran fraudulentas. En la práctica surgieron algunos problemas. No se llegó, en la mayoría de los casos a practicar el deslinde entre las tierras poseídas por los indígenas y las que, por no tener dueño, se atribuían en pleno dominio al Rey. La consecuencia fue que, en muchas comarcas todo el suelo se hallaba sujeto a una especie de condominio entre los indígenas y el Estado. En aquellas comarcas en que se había llevado a cabo la separación, el terreno del Estado se repartía en lotes entre los inmigrantes. Todo esto dio lugar a abusos; los poseedores de tierras extendían muchas veces sus límites, usurpando terrenos públicos, concejiles y de realengos, y aún de los mismos indios. Otros ocupaban baldíos con el fin de convertirlos en terrenos de cultivo, sin obtener previamente el título de concesión.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a 497

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 1 y 2

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435, 442 y 605

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 71, 119, 131 a 132

 

30 de mayo de 1498

Cristóbal Colón inició su tercer viaje a América.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94

 

23 de agosto de 1500

Francisco de Bobadilla arribó a la ciudad capital de las Indias, Santo Domingo en la isla de La Española, por encomienda de los Reyes Católicos de España, Fernando e Isabel, con poderes plenos e ilimitados para investigar unas irregularidades como consecuencia de un movimiento insurreccional contra las autoridades gubernamentales en la isla, regidas por Cristóbal Colón y sus hermanos. De la investigación surgió que los hermanos de Cristóbal Colón, Diego y Bartolomé, se habían excedido en su autoridad, asesinando a varios colonos españoles que diferían de ellos en el modo de administrar la nueva capital de las Indias. Por este motivo, Francisco de Bobadilla ordenó el arresto de Cristóbal Colón y sus dos hermanos. Enviándolos en cadenas a España para que fueran juzgados ante las Cortes. Luego de estos sucesos, Francisco de Bobadilla, nombro a Nicolás de Ovando para que le sucediera en el cargo de Gobernador de las Indias; cargo que había ocupado oficialmente como consecuencia de haber destituido al que lo ocupaba antes de él, Cristóbal Colón.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94 a 95

 

3 de abril de 1502

Cristóbal Colón inició su cuarto viaje a América.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 94

 

20 de enero de 1503

Se promulgó una Real Cédula por virtud de la cual se estableció en Sevilla España la Casa de la Contratación para el manejo de los asuntos administrativos y judiciales en las Indias.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 386

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 117 a 119

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 180

 

1503

La Reina Isabel había establecido que los indígenas tenían que trabajar para los españoles. Se ordenó que los caciques debían poner un número de sus indígenas a la disposición de los españoles para los trabajos necesarios. También se señalaba que los indígenas estaban obligados a trabajar como libres y no sujetos a servidumbre, disponiéndose que se les pagara salario y alimentos. Este sistema se conoció como el repartimiento de indios. Junto a los repartimientos de indios existió la encomienda. Como parte de la misión española era cristianizar a los habitantes, se encomendaba un grupo de indígenas a un español, quien se ocuparía de velar por ellos y enseñarles la fe cristiana.

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 76

 

noviembre de 1504

falleció la Reina de España, Isabel de Castilla, la Católica.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 96

 

11 de enero de 1505

Una vez establecido el gobierno de España en manos de los Reyes Católicos, el escenario de los conflictos se trasladó a la provincia de Granada. Y la provincia de Toro dejó de ser testigo de las decisiones políticas teniendo que acostumbrarse a un discreto segundo plano hasta la muerte de la Reina Isabel la Católica, cuando las Cortes Españolas se reunieron en el Palacio de Santa Cruz de Aguirre para leer el testamento y proclamar su sucesión. En el mismo acto, las Cortes aprobaron las "Leyes de Toro". Que fue un compendio jurídico encargado por los Reyes Católicos para modernizar y unificar el derecho en sus reinos y que supuso el fin de los sistemas legales de la edad media en España.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 73

Periódico, El Nuevo Día, sección En Grande, 4 de agosto de 1996, página 1

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188

 

20 de mayo de 1506

Falleció en España, Cristóbal Colón.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 96

 

1508 al 1511

Respecto a Puerto Rico, aunque en el año de 1505 la Corona Española concedió a Vicente Yañez Pinzón un asiento para poblar la isla, no fue hasta el año de 1508 que, con unas nuevas capitulaciones otorgadas a Juan Ponce de León, comenzaron formalmente las actividades colonizadoras. En ambas capitulaciones, concedidas como una merced o recompensa por buenos servicios a la Corona, se puede observar tanto el interés por poblar permanentemente como el énfasis en la iniciativa privada, aunque siempre bajo el control y soberanía de la Corona. Por ejemplo, se recompensó a Yañez Pinzón, igual que a Ponce de León, por su participación en la conquista de La Española y en la exploración de otras áreas. Este nuevo tipo de capitulación tendía a reglamentar más directamente la vida en los nuevos territorios explorados. A pesar de que no se conservan las primeras capitulaciones firmadas con Ponce de León para explorar a Puerto Rico, podemos examinar las dadas a Yañez Pinzón. En el caso de éste, le autorizaron a poblar la isla de San Juan (como se conocía entonces lo que es hoy Puerto Rico) con el mayor número posible de vecinos, casados y solteros, para que vinieran y trabajaran en ella sin que se les diera salario. Se le instruyó para que organizara de una a cuatro Villas de cincuenta y sesenta vecinos cada una y para que repartieran caballerías, tierras, árboles y otras cosas, siguiendo la forma establecida en La Española. La tierra, sin embargo, sería propiedad de la Corona porque sólo se otorgaba en usufructo. De manera que, si antes de los cinco años las personas querían regresar a España, no podían vender lo recibido en repartimiento y la Corona quedaba en libertad de otorgarlo a otra persona. Además, se señalaba que el conquistador tenía la obligación de construir a su costa una fortaleza para la defensa. Vemos, que es el conquistador, en su calidad de individuo privado, quien tenía que pagar los gastos de colonización, pero la Corona Española mantenía su poder para regularlo. Las relaciones económicas también estaban establecidas claramente. Se le debía pagar a la Corona 10% de todo lo que se cultivara o comerciara en la isla y un quinto del oro y otros metales que se obtuvieran. El Estado se reservaba, sin embargo, la administración de la justicia civil y criminal. Como Yañez Pinzón no se trasladó a Puerto Rico en los dos años estipulados por las capitulaciones, se autorizó a Juan Ponce de León a que viniera a la isla. Este había participado, junto a Nicolás de Ovando, Gobernador General de Indias, en la conquista de La Española.

 

El 15 de junio de 1508 Nicolás de Ovando le otorgó unas capitulaciones con las que pudo organizar su grupo a nombre del Rey Fernando el Católico, Gobernador de La España. A pesar de que la población de La Española no era muy abundante, pudo reunir cuarenta y dos personas para llevar a cabo su viaje de exploración a la isla vecina, que ya Cristóbal Colón había bautizado con el nombre de San Juan.

 

A esos efectos el 12 de julio de 1508 Juan Ponce de León, partió desde la Villa de Santo Domingo, en la isla de La Española, para la isla vecina de San Juan Bautista (hoy Puerto Rico) con su tripulación, entre ellos Miguel de Toro, Juan González Ponce de León, Luis de Añasco, Francisco de Barrionuevo, el negro libre Juan Garrido y Gil Calderón. Al principio de la colonización casi todos los primeros pobladores vinieron como aventureros, sin sus familias.

 

Finalmente, Ponce de León llegó a Puerto Rico el 12 de agosto del 1508 a tierras del cacique Agüeybaná, en las cercanías del puerto de Guánica. Posteriormente éste exploró el norte de la isla, estableciéndose en el lugar que nombró Caparra.

 

Una vez establecido allí, extrajo 836 pesos de oro y estableció un predio de labranza. También estableció otro en el río del Toa (hoy río La Plata). Plantando una siembra de 5,000 montones. Los montones eran tumultos de tierra redondos de un metro aproximado de diámetro y poco menos de alto que usaban los indios por costumbre para plantar la yuca.

 

Más tarde, para la fecha del 1 de mayo de 1509, Ponce de León le solicitó a Nicolás de Ovando unas nuevas capitulaciones para que le otorgara una licencia para explotar las minas de oro de la isla. La licencia solicitada le fue concedida, permitiéndole hacer conucos (estancias) y coger oro de las minas con los indígenas de la isla, pagando el quinto al Rey después de sacar los gastos. Ahora, Ponce de León, como Capitán Poblador, obrando en concierto con las antedichas cláusulas de las capitulaciones del 1508, había tomado posesión jurídica de la isla.

 

En el mes de septiembre del 1509 el Rey Fernando el Católico autorizó a Juan Ponce de León a que diera a los oficiales reales 100 indígenas y los solares y tierras que se acostumbraba dar en esos casos.

 

Gradualmente fueron llegando personas de La Española y de Castilla para poblar y establecerse en Puerto Rico. Se ordenó a Ponce de León que comenzara con la fundición de oro, la ganadería y alguna siembra de alimentos.

 

Para el mismo año de 1509, se hizo el primer repartimiento de tierras y encomienda de indios para labranzas y para minas, otorgándose tierra e indios a los oficiales reales y a los pobladores y tenientes de Ponce de León según lo capitulado y según las cédulas y mercedes del Rey para Santo Domingo y Puerto Rico.

 

Ejemplo de estos repartimientos de tierras, lo fue el que por disposición de una Real Cédula expedida por el Rey Fernando el Católico, con fecha del 9 de septiembre de 1510, se le ordenó a Juan Ponce de León entregara ocho caballerías de tierras en la isla a Vicente Yañez Pinzón. Debido a que cada caballería de tierras consistía de una cabida superficial de 200 cuerdas. Se entiende que Yañez recibió en uso 1,600 cuerdas de terrenos en la isla.

 

También, otro ejemplo de esos repartimientos de tierras, lo fue cuando el Rey Fernando, en el año de 1511, le confirmó al Almirante Diego Colón (hijo de Cristóbal Colón), la cesión que el último hiciera a favor de su tío, Bartolomé Colón, de la isla de la Mona, al oeste de Puerto Rico, de una extensión territorial superficial de aproximadamente 14,000 cuerdas. Que tiempo después, revirtiera a la Corona cuando falleció Bartolomé sin herederos. Siendo más tarde, dada en repartimiento a Francisco de Barrionuevo.

 

Al igual que a Yañez, a otros 30 pobladores por disposición de una Real Cédula expedida por el Rey Fernando el Católico, en el año de 1509, se le ordenó a Juan Ponce de León entregara caballerías de tierras e indígenas a estos. Una caballería de tierras era el equivalente a 200 cuerdas hoy. 

 

De lo anterior se desprende que los repartimientos de tierras recibidos por los primeros pobladores en Puerto Rico no consistieron de "solares" pequeños como los que hoy tenemos en áreas urbanas, de una cabida superficial promedio de 325 metros cuadrados, sino que al contrario, las tierras recibidas en esos repartimientos consistieron en grandes extensiones de terrenos superiores a las 1,550 cuerdas, que comprenden un área aproximada de 6 kilómetros cuadrados de extensión superficial territorial. Medidas que se obtienen al computarse que una cuerda de tierras comprende de un área compuesta de 3,930.39 metros cuadrados. Y que cada kilómetro cuadrado comprende de un área compuesta de 1,000,000 de metros cuadrados. Por eso, al dividir los 3,930.39 metros cuadrados de área que comprenden una cuerda entre un millón de metros cuadrados (1,000,000 m2) que comprenden el área de un kilómetro cuadrado, tenemos que un kilómetro cuadrado se compone de 254.42 cuerdas. Ahora, si dividimos el número de cuerdas que comprenden un kilómetro cuadrado (254.42 cuerdas) entre la cantidad promedio de cuerdas recibidas en el repartimiento (1550), tenemos que el terreno recibido comprende de 6 kilómetros cuadrados de superficie territorial, como mínimo.

 

Ahora bien, por otro lado, como el Gobernador no tuvo una retribución fija en los primeros años de la colonización, procuraba salir bien servido en los repartos y asignaciones de tierras e indios.

 

Desde la llegada del Conquistador, Ponce de León, éste demostró sus intenciones inequívocas de explotar todas las fuentes del mineral aurífero (oro) en la isla. Por eso, no se limitó a explotar solamente el área que comprende el río del Toa, con una longitud de 46 millas de longitud, sino que con la ayuda de los indios pudo localizar otras áreas donde se localizaban otros ríos que constituían fuentes ricas del oro. Para los indios, el oro no tenía valor económico, sino cosmético. Es por esa razón que los indios permitieron su extracción a los colonizadores sin oposición alguna.

 

El primer conuco (estancia) o heredamiento agrícola, con su encomienda, lo formó Ponce de León en tierras del cacique Agüeybaná I (hoy donde esta el pueblo de Aguada), constituyéndolo con 10,500 montones de yuca; adjudicándolo en subasta a don Cristóbal de Sotomayor por la cantidad de 165 pesos oro, como el mejor postor en la pública almoneda (pública subasta).

 

El segundo conuco lo hizo Ponce de León cerca de cacicazgo del régulo Caguas, junto al río Turabo, comprendiendo en el remate 6,850 montones de yuca y ajes. Vendiéndose esta estancia el 4 de octubre de 1510, a los pobladores Francisco de Robledo y Juan de Castellanos, en la suma de 255 pesos oro que ingresaron en la tesorería.

 

El tercer conuco lo formó Ponce de León en la zona del cacique Mabó, en las cercanías del actual pueblo de Guaynabo, con 1,090 montones de yuca, el que se vendió por público pregón, el 12 de octubre de 1510, a los pobladores Fernán Sánchez de Aguilar, Alonso Cuéllar, Pedro Alonso, Cristóbal Maldonado, Gonzalo Franco, Cosme Prado y Pedro Ortiz, por 92 pesos de oro y cuatro tomines y nueve y medio granos.

 

El cuarto conuco lo hizo Ponce de León en la comarca del cacique Majagua, en Bayamón, con 8,000 montones de yuca, adquiriéndolo en almoneda pública por cien pesos de oro, Juan Cerón, Marcos de Ardón y García Troche, el 19 de octubre de 1510.

 

El quinto conuco lo formó Ponce de León en las riberas del río Toa, junto a la ranchería del cacique Aramaná, bautizado Gonzalo, comprándolo Pedro Ortiz en 13 pesos de oro a pregón, el 19 de octubre de 1510.

 

El sexto conuco lo constituyó Ponce de León en las cercanías de Caparra con 7,045 montones de yuca y boniatos (batatas), adquiriéndolo en la subasta Juan de Faría, el 2 de noviembre de 1510.

 

El séptimo conuco lo levantó el poblador en las cercanías del cacique Canóbana, en las riberas del río Caynabón (río grande de Loíza); cuya yuca transformada en pan casabe, rindió 150 cargas y 10 libras, que vendidas a pregón, produjeron ciento diez pesos, tres tomines y dos granos de oro. Más tarde, para el año de 1514, fue ocupado por el colono español de nombre Sancho de Arango.

 

También, el Conquistador don Juan Ponce de León, a nombre de la Corona Española, estableció en el área del río grande Toa (hoy río La Plata), localizado en la parte norte de la isla de Puerto Rico, conocida como la Región de los Valles de Toa, una granja para la explotación agrícola y minera, bajo el nombre de la Granja de los Reyes Católicos. Que tiempo después se le llamo La Hacienda de los Reyes Católicos. Este octavo conuco se hizo para su Alteza, con 3,200 montones de boniato (batatas) que fueron vendidos a 50 pesos el millar, habiendo ya antes vendido a García Troche y Antonio Sedeño 400 montones de ajes con 20 pesos; y seis cargas de pan de casabe a Juan Pérez de la Palma en doce pesos. Llegó a tener este conuco, cuando lo entregó más tarde Ponce de León a Juan Cerón y Miguel Díaz, 80,000 montones de yuca y ajes; con una recaudación total en dinero de 1,886 pesos y 7 tomines de oro.

 

La venta en pública almoneda de las siete primeras estancias y encomiendas que hizo Ponce de León en este repartimiento, a nombre de los Reyes Católicos y dándolas al uso y sin propiedad, ascendió a 1,383 pesos, 13 tomines y 24 granos de oro, que independientemente de la Hacienda del Rey en las riberas del Toa, sirvieron al Capitán Poblador para hacer frente a los gastos de la incipiente población de Caparra.

 

Se puede apreciar, que la dispersión de los primeros pobladores por los cuatro puntos cardinales en la isla, se debió a las labores de explotación minera. Que sólo podían realizarse en las áreas cercanas a los ríos que contenían el mineral aurífero. Desde comienzos de la colonización, la intención de la Corona fue clara, en el sentido de querer extraer la mayor cantidad de oro posible, en toda la isla.

 

Más tarde, para el año de 1510, el Rey le confirmó al Gobernador su poder de repartir casas, solares, tierras, caballerías y peonías a todos los que fuesen a poblar, haciendo distinción entre escuderos, y peones y atendiendo a la calidad de sus servicios. Se otorgaba además, a los que residían cuatro años, facultad para venderlos o hacer de ellos según su voluntad, libremente como cosa suya. Por eso a partir del susodicho año nació la figura jurídica de la propiedad privada en Puerto Rico. Ya el título no era uno de uso sino de dominio. El propio Rey Fernando el Católico, reconoció y respetó la figura de la propiedad privada, cuando para la fecha del 27 de abril de 1512, ordenó a uno de sus oficiales reales en las Indias, como Hernán Vázquez, a que custodiara y rindiera cuentas con respecto a los "bienes de difuntos" en La Española y San Juan, hasta que aparecieran los herederos en la Península o localmente.

 

En la isla no se usó la peonía como unidad de mensura de terrenos, sino la cuerda cuadrada, con 75 varas castellanas en cuadro. Una vara castellana equivalía a 835.9 milímetros de longitud, ósea a 0.8359 metro. Por eso, si multiplicamos la longitud que comprende la vara castellana por las 75 varas, nos da un producto de 62.6925 metros (0.8359 x 75 = 62.6925 metros). Medida que es exactamente igual a la longitud de cada uno de los lados que componen el perímetro de una cuerda cuadrada de área superficial. Por eso, si multiplicamos uno de los lados [ancho] que componen el perímetro de una cuerda cuadrada (62.6925 metros) por otro de los lados de la misma cuerda [largo] (62.6925 metros), nos da a un producto de 3,930.34 metros cuadrados. Que es precisamente la cantidad de metros cuadrados que comprende el área de una cuerda de terreno.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 320 a 323

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 843 a 848

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435 y 613

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, páginas 44, 484 y 495

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 336, 338, 341 y 346

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 15, 34, 59, 82, 90, 105, 181, 184, 226, 287, 448, 489 y 495 a 497

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 17 a 21

La Buena Vista, Guillermo A. Baralt, Fideicomiso de Conservación de PR, 1988, página V

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 70 a 75

Dorado, Puerto Rico: Historia, Cultura, Biografías y Lecturas; Marcelino J. Canino Salgado, 1993, páginas 23 a 25

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 97 a 100

Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~ 1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, páginas 5 a 8, 11, 16 a 19 y 41

Historia Documental de Puerto Rico, volumen III, Cedulario Puertorriqueño, tomo I (1505 ~ 1517),       Monseñor Vicente Murga Sanz, edición 1961, Ediciones de la Universidad de PR, páginas 16, 17, 23 y 118 a 122

 

1508 al 1524

Se establecieron 17 Estancias y Haciendas en la Región de los Valles de Toa al norte de la isla de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 333

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 21 a 23

 

1509 en adelante

Un estudio minucioso sobre la fundación de todos los pueblos, demostró la presencia del apellido López en la mayoría de los funcionarios de gobierno de los pueblos, desde épocas remotas.

 

La presencia del apellido "López" en la isla, tiene sus raíces desde la misma colonización española. Prueba de ello, lo constituye el hecho, de que uno de los primeros pobladores que llegó a la isla con el Conquistador Juan Ponce de León, para el año de 1508, lo fue un español de nombre Andrés López. Más tarde, otro de los primeros pobladores que llegó a la isla con el Gobernador, Juan Cerón, lo fue un español, de linaje hidalgo, de nombre Francisco López de Ayala.

 

La presencia del apellido, en posiciones de impacto social, económico y político, se ha manifestado en diferentes épocas, según la siguiente cronología:

 

López de Conchillos

Secretario de palacio, del Rey Fernando de Aragón, el Católico, para el 1509.

 

Juan López

Acompañó a Juan Ponce de León como uno de los pobladores a San Juan de Boriquén (1509).

 

Diego López de Salcedo Pacheco

Hidalgo, primera víctima de los indios en Puerto Rico, para el 1511. Primer grande de España.

 

Diego López de Haro

Capitán de la nao que llevó al Rey 8,000 pesos en oro y cuarenta marcos de perlas, el 21 de enero de 1518.

 

Juan López de Racalde

Contador de la Casa de la Contratación de Sevilla, para el 1521.

 

Francisco López

Dueño de naos que traficaban entre España y América, en 1528.

 

Juan López de Bienvenido

Notario Apostólico que refrendó la Carta Pastoral del inquisidor Alonso Manso, para el 6 de enero de 1528.

 

Pedro López de Ángulo

Vecino casado del Partido de San Germán, según el censo de 1530. Designado como vocal del municipio de Caparra, por el Conquistador Juan Ponce de León.

 

Alonso López

Vecino soltero del Partido de San Germán, según el censo de 1530. Y Sargento de Infantería de la plaza de San Juan, el 30 de noviembre de 1541.

 

Antonio López

Sargento de Infantería en la ciudad de Puerto Rico, en 1541.

 

Gregorio López

Licenciado, visitador de la Casa de la Contratación en Sevilla, el 20 de abril de 1543.

 

Alonso López de Cerrato

Aprobado para inquisidor apostólico de Santo Domingo, Cuba, San Juan, Jamaica, Venezuela, Cartagena y Santa Marta, para el 24 de julio de 1543.

 

Lcdo. Inigo López de Loaisa

Gobernador de Puerto Rico (del año 1545 al 1546)

 

Juan López de Velasco

Cosmógrafo cronista compilador del Códice Descripción universal de las Indias, bajo los auspicios del magistrado Juan de Ovando, visitador del Consejo de Indias, para el 1569.

 

Capitán Juan López Melgarejo

Gobernador de Puerto Rico (del año 1581 al 1582)

 

Juan López de Abiseda

El asiento de la casa vieja de éste, es el sitio que los sangermeños ponen a disposición de la Orden de Dominicos para la erección del nuevo convento, para el 17 de diciembre de 1606.

 

Juan López Agurto de la Mata

Obispo, aprueba la fundación en San Juan del convento de Franciscanos, en el 1633.

 

Damián López de Haro

Obispo de San Juan para el 1644.

 

Juan Francisco López de Morla

Gobernador de Puerto Rico (del año 1706 al 1707)

 

Tomás López

Geógrafo de los Dominios de la Corona Española para el 1782. Autor del plano núm. 8, de la ciudad y puerto de San Juan.

 

Gregorio López

El más antiguo de los cuatro Reyes de Armas, lee al pueblo la Constitución, el 25 de julio de 1812.

 

Ramón López

Teniente a Guerra de Añasco, en 1832.

 

Manuel López

Teniente a Guerra en San Sebastián, 5 de noviembre de 1829. Y funcionario del Tribunal de Cuentas en Puerto Rico, el 12 de mayo de 1835.

 

Mariscal de Campo, Miguel López de Baños

Gobernador de Puerto Rico (del año 1838 al 1841)

 

Ramón B. López

Marqués del Villar, suegro del Dr. Ashford, fundó el primer diario de la isla. Nació en 1842.

 

Indalecio López

Capitán del Cuerpo de Ingenieros, autor del proyecto Puente de Bayamón (1854).

 

Adelardo López de Ayala

Nombrado Ministro de Ultramar, para el 26 de mayo de 1872.

 

Pablo López

Centenario de 115 años, natural del barrio Media Luna de Toa Baja, arrollado por un auto, en 1923.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 537

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 735

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 15 a 19, 37 a 44, 44 a 53, 55 a 58, 61 a 65, 97 a 101, 102 a 103, 110 a 123, 134 a 137,

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 532 a 541

Estudio estadístico básico de los 78 pueblos de Puerto Rico, Alberto Medina, 1997

Listado general de pueblos, barrios y santo patrón de los 78 pueblos de Puerto Rico, Alberto Medina, 1997

 

1509

El hijo del descubridor Cristóbal Colón, Diego Colón, inició un pleito contra la Corona Española reclamando los derechos heredados de su padre contenidos en las Capitulaciones de Santa Fe.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 491 a 492

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 100

 

18 de marzo de 1510

La Corona Española promulgó una Real Cédula determinando el modo de hacer los repartimientos de solares, tierras e indios en las Indias, incluyendo a la isla de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 613

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a 497

 

abril de 1510

La Corona Española promulgó una Real Cédula concediéndole a Gerón de Bruselas, teniente de Lope de Conchillos, solares, tierras e indios en la isla de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 607

 

2 de agosto de 1510

La Corona Española promulgó una Real Cédula para expedir una cédula de vecindad a Pedro Magallo para la isla de San Juan (hoy Puerto Rico).

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 608

 

noviembre de 1510 a febrero de 1511

Si bien los indígenas habían acogido pacíficamente a los primeros conquistadores españoles, no aceptaron de igual forma los intentos que éstos hicieron para someterlos al trabajo. Los primeros repartimientos de indios causaron un profundo malestar. La primera muestra de descontento indígena se manifestó a fines de noviembre de 1510. El hidalgo mancebo español Diego López de Salcedo Pacheco, que se dirigía a la Villa de Sotomayor, pidió al cacique Urayoán varios indígenas para que transportaran su equipaje a través del río Guaorabo. Durante el trayecto, los indígenas lo sorprendieron, sumergiéndolo en el agua hasta ahogarlo. Por otro lado para el mes de febrero del 1511, como consecuencia de una rebelión indígena dirigida por el Cacique Agüeybaná, para asesinar a el hidalgo Cristóbal de Sotomayor, hijo de Beatriz de Távora, Condesa de Camiña y sus compañeros colonos de la Corona Española en Puerto Rico, el intérprete de los indios, Juan González Ponce de León, al ser gravemente herido pidió auxilio a la estancia de Andrés López, localizada en la región de los Valles de Toa, en la costa norte de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 495

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 102 y 530

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 676 y 677

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 427 a 428

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 82 a 83 y 538

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 21 a 22

Aymaco y el encuentro de Boriquén, Jaime Noel Sepúlveda Carrero, 1992, páginas 58 a 59

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 78 a 83

Dorado, Puerto Rico: Historia, Cultura, Biografías y Lecturas; Marcelino J. Canino Salgado, 1993, página 26

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 100 a 105

 

11 de abril de 1511

La Corona Española promulgó una Real Cédula para que se le expidiera una cédula de vecindad con tierras e indios a Francisco de Alvarado, en la región de los Valles de Toa, en la costa norte de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 609

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 22

 

5 de mayo de 1511

El Consejo Real en España, expidió auto con fallo a favor de Diego Colón en el pleito iniciado por éste en el año 1511 reclamando al Rey sus derechos hereditarios, declarándolo Gobernador General de las Indias en América, siendo integra la corte fallando en contra del Rey al validar las Capitulaciones de Santa Fe que su padre, Cristóbal Colón, había pactado con la Corona Española antes del descubrimiento del Nuevo Mundo.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 106

 

5 de octubre de 1511

La Corona Española promulgó una Real Cédula, estableciendo la Real Audiencia Chancillería de Santo Domingo en La Española, como tribunal de justicia para las Indias, como contrapeso de la autoridad del Almirante. Teniendo jurisdicción como tribunal de apelaciones ante las sentencias dictadas por los Gobernadores de Puerto Rico. Durante su existencia, a principios de la colonización, éste organismo apeló al Consejo de Indias en litigio entre los conquistadores por las reparticiones de terrenos de la Corona Española.

 

Como Gobernador de Puerto Rico, Juan Ponce de León, regía en la isla con facultades amplias en lo político, lo militar, lo administrativo y lo judicial. Al comienzo de la colonización, para la fecha de 14 de agosto de 1509, éste estaba sujeto sólo al Gobernador de Santo Domingo o a los sucesores del Almirante Cristóbal Colón, pero desde el año de 1511 quedó sujeto además a la Real Audiencia de Santo Domingo (tribunal), creada el 5 de octubre del antedicho año.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 163 a 164

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 188

Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~ 1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, páginas 5 a 8

 

1512 al 1513

Las Juntas de Burgos y Valladolid en España dictaminaron leyes para reglamentar las relaciones hispano indígenas, estableciendo nuevos elementos juridico doctrinales. A esos efectos, mediante esos nuevos mecanismos jurídicos, a la población indígena se le fue despojando de sus tierras sutilmente y se les obligó a trabajar para los colonizadores españoles, cuando en el año de 1513 se redactó un requerimiento, lo cual era un escrito que se leía a los indígenas, por medio de un intérprete, en el que después de dar algunas explicaciones sobre la creación del mundo y el poder de la Corona Española, se exhortaba a los indígenas a que se sometieran a los Reyes y adoptasen el cristianismo. Si no lo hacían, estaban sujetos a la guerra y la esclavitud. Siendo ese régimen avalado por los teólogos y letrados de la época. Usando este mecanismo se esclavizó a muchos indígenas y por ende se les privó del uso y tenencia de sus tierras, las que fueron poco a poco tomadas por los españoles. A esos efectos, mediante la promulgación de una Real Orden en el año de 1513, el Rey de la Corona Española dispuso como había de hacerse la repartición de tierras en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a 497

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 75 a 76

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 196

 

23 de febrero de 1513

La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando la construcción de iglesias en todas las estancias, haciendas y minas; y el nombramiento de visitadores, jueces y oficiales por el Almirante para el cumplimiento de lo ordenado, mediante visitar los lugares, estancias y minas.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 613

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a 497

 

1514

Indios (Ayayanos), de Santa Cruz, de la raza Caribe, saquearon y mataron a los colonos españoles en Loíza.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 185

 

19 de octubre de 1514

El Rey de España, Fernando el Católico, autorizó al Conquistador don Juan Ponce de León, a dividir la isla de Puerto Rico en dos distritos jurisdiccionales o partidos geográficos. Deslindando los mismos mediante el trazado de una línea divisoria imaginaria que corría desde la desembocadura del río Camuy, en el Norte, y atravesaba la Cordillera Central, hasta alcanzar el río Jacaguas (hoy pueblo de Juana Díaz), en el Sur. El territorio que se extendía al norte y este de la línea constituyó el Partido de Puerto Rico, mientras el otro, que comprendía el litoral del oeste y gran parte del sur, recibió el nombre de Partido de San Germán (9). También lo nombró con el título de Capitán Deslindador y Regidor perpetuo de la isla de San Juan (hoy Puerto Rico).

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 344

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 442 y 443

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 95 a 99

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 139 a 142

 

1516

Se ensayó el cultivo de plantas extranjeras en La Granja de los Reyes Católicos, en el río del Toa.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 31

 

1519 al 1542

Después que Juan Ponce de León entregó a sus sucesores la administración de la Hacienda del Rey, esta comenzó a decaer notablemente. Ya la operación minera dejo de ser un negocio rentable. El agotamiento del mineral aurífero y la falta de mano de obra indígena, debido a su exterminio en las sublevaciones, fueron elementos que incentivaron a la Corona para vender sus conucos mineros.

 

Ejemplo de estas adquisiciones lo fue cuando el mayordomo de la Hacienda Real del Toa, Domingo Muriel, que se había casado con la hija del cacique Caguax, María Bagaanane, para la fecha de 1 de marzo de 1529, compró la susodicha hacienda de la Corona. Así las propiedades de la Corona fueron poco a poco pasando a manos privadas.

 

Debido al agotamiento del oro, había que buscar nuevas fuentes de ingreso económico. Dedicar las tierras fértiles de los conucos al cultivo de caña de azúcar, que había sido introducida a Puerto Rico en el año de 1527 desde La Española, era la respuesta. Para asegurar el éxito en esa nueva empresa era necesario la utilización de mucha mano de obra. Debido a eliminación de la mano de obra indígena, fue necesario reemplazarla con la mano de obra esclava compuesta de negros traídos del África. A partir de ese momento la economía minera de la isla se convirtió en una de tipo agrícola por necesidad.

 

Tiempo después, durante el periodo del año 1528 al 1534, las grandes deudas contraídas por los colonos en la adquisición de mano obra esclava y las noticias de la existencia de riquezas auríferas en  los territorios recién conquistados del Perú y México, provocaron que muchos de los colonos vendieran a precios de remate sus estancias en la isla, con el objeto de irse a esos territorios para dedicarse a la explotación minera, que era un negocio más rentable que el agrícola. Según el censo del año 1530, practicado por el Gobernador de Puerto Rico, Francisco Manuel de Lando, la población española en la isla (gente blanca) era de sólo 150 vecinos aproximadamente. Como se puede apreciar, la isla quedó prácticamente despoblada. Las comunicaciones entre el Gobernador Vasco de Tiedra y la Corona, en el año de 1537 confirman ese hecho.

 

A partir del año 1530, el azúcar se convirtió en el producto agrícola de mayor valor económico en la isla. Ya para el año de 1542 el Partido de Puerto Rico había cuatro ingenios y en el de San Germán uno.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 370

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 917

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 289 a 290

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 128

Aymaco y el encuentro de Boriquén, Jaime Noel Sepúlveda Carrero, 1992, páginas 289 a 290

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, páginas 46, 47, 54, 55 y 672 a 673

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 192, 200, 339, 495, 674, 874 y 875

Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~ 1550), Eugenio Fernández       Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, páginas 26, 64, 65, 68, 72 y 73

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 141

 

14 de junio de 1520

La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual le concedió al hidalgo, Francisco de Barrionuevo, el título de propiedad en usufructo sobre la isla de Mona y los indios que en ella habitaban.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 226

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 845

Periódico El Nuevo Día, Revista Domingo, 13 de octubre de 1996, página 4

 

1521

El Conquistador don Juan Ponce de León falleció en la isla Cuba, como resultado de la fiebre traumática contraída al ser herido por un flechazo indígena mientras descubría el territorio de la Florida (hoy el estado de la Florida en los Estados Unidos).

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 356

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 168

 

1523

La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual ratificó la Real Orden del año 1513, que dispuso como había de hacerse la repartición de tierras en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435

 

1524

Se creó en España el Consejo Real y Supremo de Indias para atender en primera instancia los asuntos referentes a la Real Hacienda, Contratación y Navegación de las Indias. Constituyéndose además, como el más alto tribunal de apelaciones para los asuntos procedentes de las Audiencias, de la Casa de la Contratación y de los Consulados. Siendo sus sentencias apelables a la Audiencia de Sevilla o al Consejo Real de Indias.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 180 a 182

 

1528

Los franceses atacaron a Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

15 de enero de 1529

El Rey, Carlos V de la Corona Española, promulgó una Real Cédula conocida como "Privilegio de los Ingenios", por virtud de la cual se les eximió a los ingenios y todas sus pertenencias, incluyendo esclavos y animales, de embargo, excepto por deudas fiscales.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 195

 

1535

Se estableció el Virreinato de Nueva España (hoy Méjico) bajo el mando de Antonio de Mendoza, como organismo administrativo indiano, representante personal del Rey de la Corona Española en esa colonia centroamericana.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 183

 

1541

Los franceses atacaron a Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

1542 al 1545

El Rey Carlos I de España y V de Alemania, hijo de Fernando el Católico, promulgó una Real Cédula, ordenando el uso común de pastos, montes y aguas. Causando la susodicha orden disturbios en la población de poseedores ilegítimos de tierras en Puerto Rico.

 

Por otro lado, también esa disposición provocó en la isla gran resistencia y escándalo, por el hecho de que los dueños de tierras consideraron que tal disposición les violentaba sus derechos de propiedad, sobre los montes, pastos y aguas que ellos entendían le pertenecían, por estar dentro de sus fincas. 

 

Para el año de 1545, un alcalde, dos regidores y doce vecinos ricos la contradijeron por que según ellos la misma no era conforme a derecho. Francisco de Aguilar fue uno de los vecinos opuestos. Al principio de la colonización el Rey Fernando había dispuesto que los vecinos que recibían cédulas de vecindad podían escoger las tierras donde quisieran, sin afectar las tierras que previamente ya habían sido repartidas. El nunca mencionó que no podían escoger los pastos, montes y aguas como partes integrantes de las fincas (caballerías) escogidas. La discordia por tal disposición absurda se prolongó por 217 años. Y no fue hasta el año de 1759 que se decretó reconocer la propiedad de las estancias, montes, pastos y aguas de labor a los que estaban en posesión tranquila de ellas.

 

Por otro lado, debido a la emigración de hombres hacia otros lugares de América, ocurrida en la segunda mitad del siglo XVI, quedaron en Puerto Rico muchas mujeres solas, ya fueran, viudas, hijas o esposas de los migrantes. Su situación económica era desventajosa, ya que no podían pagar la dote para casarse ni ingresar en un convento fuera de la isla para su educación. Esta es una de las razones por las que posteriormente se funda el convento de las Carmelitas en San Juan, bajo el auspicio de Sor María Ayala y dos monjas que vinieron de Santo Domingo.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 477

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 864

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 616

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 54, 184 y 360 a 361

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 122

Las Encomiendas y La Esclavitud de los indios de Puerto Rico (1508 ~ 1550), Eugenio Fernández Méndez, reimpresión 1984, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, página 77

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270

 

20 de abril de 1543

La Corona Española dio licencia en Sevilla a Gregorio López para que visitara la isla de Puerto Rico en carácter de representante de la Casa de Contratación para la fiscalización de los asuntos administrativos y judiciales en la isla.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 533

 

1543

Se estableció el Virreinato de Perú, bajo el mando de un virrey, como organismo administrativo indiano, representante personal del Rey de la Corona Española en esa colonia sudamericana.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 183

 

julio 1545

La Real Audiencia de Santo Domingo en la Española le ordenó al Gobernador General de Puerto Rico, Iñigo López Cervantes de Loiza, le informara al Emperador de la Corona Española el resultado de la aplicación de la Real Orden dada en el año 1542 sobre el uso común de montes, pastos y aguas en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 289

 

1551

Al territorio que hoy se le conoce como Santurce, se le conocía con el nombre de "Fuente de Aguilar", en el Partido de Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 59

 

1554

Los franceses atacaron a Puerto Rico. Destruyeron a San Germán.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

1567

En España se volvió a unificar todas las leyes que componían su ordenamiento jurídico, publicándose la "Nueva Recopilación de las Leyes de España".

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 a 73

 

1567 al 1571

En España, Juan de Ovando, con los papeles del Consejo de Indias ante él, preparó un compendio de las leyes vigentes que componían el derecho español hasta ese entonces, bajo el nombre de la "Copulata de las Leyes de Indias".

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197

 

1579

Según lo relató el Gobernador General de Puerto Rico, Juan López Melgarejo, como consecuencia de un informe enviado al Rey de la Corona Española, Felipe II, a lo largo del río Toa, en la parte norte de la isla de Puerto Rico, había tres ingenios de caña de azúcar y en las riberas del río Bayamón había cuatro ingenios azucareros. Los frecuentes asedios de indios caribes y franceses impedían el desarrollo normal de las haciendas y hatos.

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 85, 128 a 130

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 171 a 172

 

1580

Debido a que la legislación indiana resultaba bastante profusa, el Rey de la Corona Española, Felipe II, sintió gran preocupación por que quedara recogida en un cuerpo legal, todas las leyes que regían en los territorios de las Indias, para que pudiese ser consultado por los administradores de justicia y por los oficiales responsables del bienestar general de las colonias, cuyos dilatados territorios exigían una aplicación uniforme y equitativa de las leyes.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 196

 

1582

Los franceses atacaron a Puerto Rico. Atacaron en Guayanilla, Arecibo y San Germán.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

1591

La Corona Española, necesitada de aumentar sus ingresos fiscales, revocó los permisos de reparticiones de tierras realengas dadas por el cabildo y ordenó una composición, es decir, la evaluación del título de posesión y valor de las tierras para el pago de una contribución al Estado. Esta acción permitió identificar al unísono: primero, los vecinos que no tenían títulos legítimos de posesión sobre tierras ocupadas pertenecientes al Estado debido a haberlas usurpado; que de querer continuar poseyéndolas, tendrían que conseguir sus títulos legítimos de posesión otorgados por la Corona Española. En adición de que para que no se les invalidara sus títulos recién expedidos, tendrían que cumplir con los requisitos de pagar un canon contributivo o usufructo fiscal al Estado, asemejándose la situación al pago de una renta y además, con el de comprometerse a residir en el terreno poseído por más de 5 años, a partir de la fecha de expedición del título. Como al principio de la colonización, en que si antes de los cinco años las personas querían regresar a España, no podían vender lo recibido en repartimiento y la Corona quedaba en libertad de otorgarlo a otra persona; segundo, los vecinos que tenían títulos legítimos de posesión sobre tierras ocupadas pertenecientes al Estado debido a haberlas ocupado mediante los repartimientos de tierras efectuados por el cabildo. Que de querer continuar poseyéndolas para que no se les invalidara sus títulos expedidos por la Corona Española, tendrían que cumplir con los requisitos de pagar un canon contributivo o usufructo fiscal al Estado, asemejándose la situación al pago de una renta y además con el de completar el tiempo mínimo de residencia en el terreno poseído, por más de 5 años, para poder enajenar su derecho de posesión en precario o derecho de usufructo; y tercero, se identificó a los vecinos con títulos legítimos de posesión, sucesores a su vez de los títulos de "concesiones reales o cédulas de vecindad", expedidos a la clase noble por la Corona Española que residió en la isla por más de los 5 años reglamentarios, durante los primeros años de la colonización. Estando los susodichos títulos que componían el tracto, custodiados en los archivos escriturarios. Evidenciando así, con el título, su derecho a ocupar los terrenos que aunque pertenecientes al Estado, éste no podía despojarlos de los mismos, por no ser estos realengos, baldíos o hatos; sobre los cuales también deberían pagar una contribución fiscal, asemejándose al usufructo que pagaban los titulares nobles durante los primeros años de la colonización. Durante este periodo, la Corona Española mantuvo vigente lo ordenado por la Real Orden expedida en el año de 1513, que dispuso como había de hacerse la repartición de tierras en Puerto Rico, en donde las tierras continuaban siendo propiedad de la Corona, como al inicio de la colonización, porque sólo se otorgaban en usufructo. Siendo los ocupantes de los predios poseedores en precario o usufructuarios.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 495 a 497

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 71, 119 y 166

 

1595

Los ingleses, comandados por Sir Francis Drake, atacaron a Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

1596

La Corona Española, promulgó una Real Cédula para ratificar nuevamente la Real Orden expedida en el año de 1513, que dispuso como había de hacerse la repartición de tierras en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435

 

1598

Los ingleses, comandados por Sir George Clifford, Conde de Cumberland, atacaron e invadieron a la ciudad de San Juan en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

1623

El Obispo de la isla, Bernardo de Balbuena, solicitó a la Corona autorización para la fundación en la isla del Convento de las Carmelitas.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 203

 

1625

Los holandeses, comandados por Boudewijn Hendrickszoon (también conocido como Henrico Boudoyno o Enrico Balduino), atacaron e invadieron la ciudad de San Juan de Puerto Rico, quemando sus edificios y todo lo que no pudieron sustraer.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 158 y 205

 

1625

Como consecuencia del ataque holandés para invadir la isla de Puerto Rico, fueron destruidos los archivos civiles eclesiásticos, desapareciendo la mayor parte de los registros escriturarios en Puerto Rico que contenían documentos relativos a los títulos de cédulas de vecindad sobre tierras concedidas por la Corona Española a los primeros pobladores como Juan Ponce de León. Otras de las víctimas del antedicho ataque holandés lo fue el Obispo de la isla, Bernardo de Balbuena, que le quemaron su casa y sus archivos.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 333

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 109 y 203

 

1629

En España, Rodrigo de Aguiar y Acuña del Consejo de Indias y su colaborador Antonio de León Pinelo, usando el Cedulario Indiano y los Libros Cedularios del Consejo de Indias como fuente de leyes y decretos;  recopilaron y codificaron sobre 6,000 leyes que componían el estado de derecho español en lo relativo a la administración de las Indias hasta ese entonces, contenidas en 400,000 cédulas despachadas desde el 1492, en nueve libros conocidos como la Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197

 

1631

En España, según la Ley XV del Título XII del Libro IV de la Nueva Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, la Corona Española promulgó regulaciones adicionales para la ejecución del Régimen de la "composición" que se había decretado en el año de 1591.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 3

 

1646 al 1808

El Archivo del Palacio de Santa Catalina en San Juan, era custodio del Indice de Reales Cédulas del 1646 al 1808.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 109

 

1664

Se declararon como negros libres, los que se refugiaron en la isla, procedentes de otros dominios.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 28

 

1670

Fray Benito Arriza de Salbromón custodiaba como guardia la ermita del Espinar en Aguada.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 133

 

10 de mayo de 1678

Los franceses comandados por el Conde de Estrées, Juan D'Estrées, fracasaron en atacar a Puerto Rico, naufragando la flota.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 158 y 878 a 879

 

1680

El Rey de España, Carlos II, promulgó una Real Orden por virtud de la cual se decretó oficialmente la publicación y utilización de la "Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias", realizada en el año de 1629, que contenía sobre 6,000 leyes codificadas que componían el estado de derecho español para las territorios de las Indias.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, página 34

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 503

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 197

 

1680

La Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias, en su Ley 4, Título 14, Libro 5, incluyó el estatuto promulgado por la Real Cédula del 15 de enero de 1529, por virtud del cual se prohibió el embargo de los ingenios azucareros y sus bienes relacionados si los hacendados no cumplian sus obligaciones prestatarias. Con excepción de las deudas impuestas por el Estado por contribuciones atrasadas. Según la Ley 5, del mismo título y libro, del antedicho cuerpo legal, el embargo de los ingenios procedía cuando la deuda fuera equivalente al valor del mismo.

Tradición de Futuro, El Primer Siglo del Banco Popular 1893 -1993, Guillermo A. Baralt, 1993, páginas 13 y 291

 

1688

La Corona Española promulgó una Real Cedula, para fomentar la agricultura insular, mediante la inmigración de Canarios a la isla, dandoles tierras.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 34

 

1690 al 1695

Gaspar de Arredondo fue Gobernador de Puerto Rico. Dividió la isla en partidos geográficos. Nombró los primeros Tenientes a Guerra. Solicitó a la Corona la inmigración de gente blanca para poblar la isla.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 132

 

1692

La Real Audiencia Chancillería de Santo Domingo se opusó a la creación de nuevas villas en la isla.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 164

 

1700

La Corona Española requirió dos Alcaldes para constituir villas. Uno de ellos "ordinario" y el otro de la Santa Hermandad.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 68

 

1700

La Región de los valles del río Toa, que pertenecía al Partido de Puerto Rico en la parte norte de la isla de Puerto Rico, se le conocía como la Ribera de Toa o Aldehuela de Toa.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 443

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 312 a 317

 

1700

Al correr de los años, el número de ingenios azucareros, en vez de aumentar disminuyó. En el año de 1597, según los censos, sólo habían ocho ingenios en Puerto Rico, que ya en 1694 se habían reducido a seis. Para finales del siglo XVI, la isla había caído en una posición muy desventajosa en el imperio español. No poseía las grandes riquezas de México o Perú ni el gran número de colonos. Por otro lado, la ganadería se convirtió también en otra actividad importante. En lugares apartados de la capital, los barcos extranjeros compraban los cueros que se producían del ganado que se tomaba en cacerías. También la ganadería suplía al mercado local.

 

Ya desde el comienzo de la colonización se fue sentando el patrón para la tenencia de la tierra en Puerto Rico. El hecho que fuera el Cabildo el que intervenía principalmente en los repartimientos de terrenos nos lleva a presumir que se favoreció a unos pobladores sobre otros. Estos pobladores fueron así acaparando tierras hasta formar un influyente grupo de terratenientes unos dedicados a la agricultura y otros a la ganadería. En los comienzos del siglo XVIII, la mayoría de los ingenios azucareros que se habían establecido en el siglo anterior, por diferentes motivos legales, le fueron embargados a sus dueños y fueron vendidos en subastas públicas por el Cabildo. En muchos casos la servidumbre del dueño anterior se quedaba trabajando para sus nuevos dueños en los ingenios recién adquiridos. Todo esto trajo como consecuencia que las tierras de la isla fueran acaparadas por una élite acaudalada.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 428

Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos, 1994, páginas 87, 92, 95, 106, 202 a 207

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 96, 104, 123 a 124 y 128 a 132

 

1702

Los ingleses atacaron a la ciudad de Arecibo en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159

 

1703

Los ingleses atacaron a las ciudades de Loíza y San Germán en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159

 

1708

Un terremoto destruyó el Archivo Municipal de Arecibo.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 116

 

1717

Estando la Corona Española en poder de la dinastía borbónica, se creó en España la Secretaría del Despacho Universal de Indias como nuevo organismo gubernamental para remplazar a el Consejo Real y Supremo de Indias, creado en el año de 1524, asumiendo nuevos roles en adición a los del antiguo organismo; pasando el Consejo Real y Supremo de Indias a ser un organismo meramente consultivo.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 182 y 250 a 251

 

1717

Se estableció el Virreinato de Nueva Granada (hoy Colombia), bajo el mando de un virrey, como organismo administrativo indiano, representante personal del Rey de la Corona Española en esa colonia sudamericana.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 183

 

1718

Bajo el endoso de la Corona Española, José Pablo de Andino, dirigió una expedición de puertorriqueños que desalojó de la isla de Vieques, a los invasores ingleses.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 92

 

1725

Nació don Gaspar López . Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja se determinó la antedicha fecha de nacimiento mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

 

11 de octubre de 1731 a junio de 1743

Matías de Abadía fue Gobernador de PR. Durante su mandato, monopolizó el intercambio clandestino.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 1

Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos, 1994, páginas 369 a 405

 

24 de noviembre de 1735

La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando que los individuos que entrasen en posesión los bienes inmuebles realengos del Estado, en los dominios de las Indias, tenían que acudir precisamente al Rey para pedir la confirmación de su derecho, bajo pena de perderlos si no lo hiciesen. La experiencia demostró los inconvenientes de este sistema por lo costoso que resultaba plantear este recurso en la Corte y las dificultades que ocasionaba la distancia de estos territorios. Muchos dejaron de pedir la citada confirmación por no poder costear dicho recurso, cuyos gastos y costas casi siempre excedían del valor de lo ocupado.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 2

 

1739

Los ingleses comandados por el Almirante Vernon, intentaron atacar a Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159

 

1743

Los ingleses atacaron a la ciudad de Guánica en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 159

 

1 de julio de 1746

Debido al fallecimiento del monarca, el Rey de España, Felipe V, quedó sin efecto el Real Decreto que éste había promulgado anteriormente, por virtud del cual declaraba nulos y de ningún valor los títulos de tierras librados desde el 26 de abril de 1618 en adelante, exigiéndose la presentación de dichos títulos dentro de un plazo de cuatro días, so pena de ser tenidas por baldías y realengas las tierras ocupadas.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435

 

1747

Las mulatas se ofrecían para exponer su talento artístico por medio de bailar en el Palacio de Santa Catalina en San Juan.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 201

 

1749

El Gobernador de Puerto Rico, Juan José Colomo, prohibió la venta y uso del aguardiente.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 53 y 215

 

1750

Juan Antonio Balboa ocupó el puesto de sub teniente de la guarnición de San Juan, a sueldo.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 203

 

1750

Existían en la isla equipos de artillería.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 142

 

4 de febrero de 1750

don Gaspar López, con habitación y vecindad en San Juan de Puerto Rico, por escritura pública otorgada ante el Escribano Público y Cabildo, don Francisco de Sostres, compró a Juan Claudio Bautista, del mismo vecindario y habitación, y morador de la Ribera de Toa, una estancia de tierras en la Ribera de Toa, con trapiches de molienda, platanales, cañaverales, pasto y demás aperos; con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres, por el precio de 1,100 pesos de ocho reales de plata cada uno, en moneda de vellón corriente libres de Alcabala (impuesto de venta); que la mitad la había heredado el vendedor de su padre y la otra mitad se la había comprado a Juan del Álamo. Bajo la siguiente descripción original: "que linda por costado con Juana del Rosario, y hace guarda-raya un caño a un jobo, siguiente a un aguacate, y de allí, a una Palma, y por el otro con Mariana de Raza, que hace guarda-raya, una ciénaga y de allí a un jobo, a un naranjo, y de allí a una Palma, frente al río, fondos con dicha ciénaga; y es claridad, que dicha ciénaga, se secare, es del comprador". Describiéndose dicha estancia hoy, por la equivalencia de sus colindancias originales anteriores, del modo siguiente: RÚSTICA: Finca radicada en la jurisdicción de Puerto Rico. Que linda por el NORTE con el mar, conocido como el Océano Atlántico, donde se localizan los limites norte territoriales de los pueblos de Aguadilla, Isabela, Quebradillas, Camuy, Hatillo, Arecibo, Barceloneta, Manatí, Vega Baja, Vega Alta, Dorado, Toa Baja, Cataño, Guaynabo, San Juan, Carolina, Loíza, Río Grande, Luquillo y Fajardo; por el ESTE con el mar, conocido como la Sonda y Pasaje de Vieques, donde se localizan los limites este territoriales de los pueblos de Fajardo, Ceiba, Naguabo, Humacao, Yabucoa y Maunabo; por el SUR con el mar, conocido como Mar Caribe, donde se localizan los limites sur territoriales de los pueblos de Maunabo, Patillas, Arroyo, Guayama, Salinas, Santa Isabel, Juana Díaz, Ponce, Peñuelas, Guayanilla, Yauco, Guánica, Lajas y Cabo Rojo; y por el OESTE con el mar, conocido como el Pasaje de Mona, donde se localizan los limites oeste territoriales de los pueblos de Cabo Rojo, Mayagüez, Añasco, Rincón, Aguada y Aguadilla. Con una cabida superficial de aproximadamente de dos millones ciento setenta y nueve mil seiscientas setenta y cuatro cuerdas (2,179,674 cuerdas) de extensión territorial superficial, computadas mediante la suma de las cabidas que comprenden las extensiones territoriales superficiales de los pueblos (municipios) o territorios hoy conocidos como San Juan, fundado el año de 1521, con una cabida de 30,973 cuerdas hoy; San Germán, fundado en 1573, con una cabida de 22,406 cuerdas hoy; Coamo, fundado en 1579, con una cabida de 51,402 cuerdas hoy; Aguada, fundado en el año de 1692, con una cabida de 19,770 cuerdas hoy; Ponce, fundado en el año de 1692, con una cabida de 76,444 cuerdas hoy; Loíza, fundado en el año de 1719, con una cabida de 17,798 cuerdas hoy; Añasco, fundado en el año de 1728, con una cabida de 23,600 cuerdas hoy; Guayama, fundado en el año de 1736, con una cabida de 43,494 cuerdas hoy; Manatí, fundado en el año de 1738, con una cabida de 30,292 cuerdas hoy; Utuado, fundado en el año de 1739, con una cabida de 75,618 cuerdas hoy; Toa Baja, fundado en el año de 1751, con una cabida de 16,146 cuerdas hoy; Toa Alta, fundado en el año de 1751, con una cabida de 18,105 cuerdas hoy; San Sebastián, fundado en el año de 1752, con una cabida de 47,141 cuerdas hoy; Yauco, fundado en el año de 1756, con una cabida de 45,143 cuerdas hoy; Mayagüez, fundado en el año de 1760, con una cabida de 50,763 cuerdas hoy; Guaynabo, fundado en el año de 1769, con una cabida de 17,793 cuerdas hoy; Rincón, fundado en el año de 1770, con una cabida de 9,220 cuerdas hoy; Cabo Rojo, fundado en el año de 1771, con una cabida de 46,789 cuerdas hoy; Bayamón, fundado en el año de 1772, con una cabida de 28,716 cuerdas hoy; Fajardo, fundado en el año de 1772, con una cabida de 20,427 cuerdas hoy; Moca, fundado en el año de 1774, con una cabida de 33,427cuerdas hoy; Aguadilla, fundado en el año de 1775, con una cabida de 23,447 cuerdas hoy; Caguas, fundado en el año de 1775, con una cabida de 38,628 cuerdas hoy; Vega Alta, fundado en el año de 1775, con una cabida de 18,452 cuerdas hoy; Vega Baja, fundado en el año de 1776, con una cabida de 30,764 cuerdas hoy; Arecibo, fundado en el año de 1778, con una cabida de 83,693 cuerdas hoy; Cayey, fundado en el año de 1779, con una cabida de 32,768 cuerdas hoy; Maunabo, fundado en el año de 1779, con una cabida de 13,639 cuerdas hoy; Humacao, fundado en el año de 1793, con una cabida de 19,655 cuerdas hoy; Peñuelas, fundado en el año de 1793, con una cabida de 29,655 cuerdas hoy; Yabucoa, fundado en el año de 1793, con una cabida de 36,003 cuerdas hoy; Naguabo, fundado en el año de 1794, con una cabida de 34,927 cuerdas hoy; Corozal, fundado en el año de 1795, con una cabida de 27,528 cuerdas hoy; Juncos, fundado en el año de 1797, con una cabida de 17,134 cuerdas hoy; Luquillo, fundado en el año de 1797, con una cabida de 17,000 cuerdas hoy; Juana Díaz, fundado en el año de 1798, con una cabida de 40,000 cuerdas hoy; Las Piedras, fundado en el año de 1801, con una cabida de 22,041 cuerdas hoy; Trujillo Alto, fundado en el año de 1801, con una cabida de 13,839 cuerdas hoy; Barranquitas, fundado en el año de 1803, con una cabida de 22,406 cuerdas hoy; Camuy, fundado en el año de 1807, con una cabida de 30,026 cuerdas hoy; Cidra, fundado en el año de 1809, con una cabida de 23,919 cuerdas hoy; Patillas, fundado en el año de 1811, con una cabida de 29,214 cuerdas hoy; San Lorenzo, fundado en el año de 1811, con una cabida de 35,586 cuerdas hoy; Sabana Grande, fundado en el año de 1814, con una cabida de 24,383 cuerdas hoy; Adjuntas, fundado en el año de 1815, con una cabida de 43,837 cuerdas hoy; Gurabo, fundado en el año de 1815, con una cabida de 18,421 cuerdas hoy; Ciales, fundado en el año de 1816, con una cabida de 43,494 cuerdas hoy; Morovis, fundado en el año de 1818, con una cabida de 25,410 cuerdas hoy; Isabela, fundado en el año de 1819, con una cabida de 36,805 cuerdas hoy; Hatillo, fundado en el año de 1823, con una cabida de 27,578 cuerdas hoy; Quebradillas, fundado en el año de 1823, con una cabida de 15,057 cuerdas hoy; Aibonito, fundado en el año de 1824, con una cabida de 20,627 cuerdas hoy; Naranjito, fundado en el año de 1824, con una cabida de 18,254 cuerdas hoy; Orocovis, fundado en el año de 1825, con una cabida de 41,314 cuerdas hoy; Comerío, fundado en el año de 1826, con una cabida de 18,599 cuerdas hoy; Lares, fundado en el año de 1832, con una cabida de 40,664 cuerdas hoy; Guayanilla, fundado en el año de 1833, con una cabida de 27,578 cuerdas hoy; Aguas Buenas, fundado en el año de 1838, con una cabida de 19,831 cuerdas hoy; Ceiba, fundado en el año de 1838, con una cabida de 18,082 cuerdas hoy; Río Grande, fundado en el año de 1840, con una cabida de 40,075 cuerdas hoy; Dorado, fundado en el año de 1842, con una cabida de 15,357 cuerdas hoy; Santa Isabel, fundado en el año de 1842, con una cabida de 22,522 cuerdas hoy; Salinas, fundado en el año de 1851, con una cabida de 45,711 cuerdas hoy; Arroyo, fundado en el año de 1855, con una cabida de 9,616 cuerdas hoy; Carolina, fundado en el año de 1857, con una cabida de 30,655 cuerdas hoy; Las Marías, fundado en el año de 1871, con una cabida de 30,973 cuerdas hoy; Hormigueros, fundado en el año de 1874, con una cabida de 7,251 cuerdas hoy; Maricao, fundado en el año de 1874, con una cabida de 24,214 cuerdas hoy; Barceloneta, fundado en el año de 1881, con una cabida de 15,158 cuerdas hoy; Lajas, fundado en el año de 1883, con una cabida de 39,672 cuerdas hoy; Canóvanas, fundado en el año de 1903, con una cabida de 18,000 cuerdas hoy; Jayuya, fundado en el año de 1911, con una cabida de 15,701 cuerdas hoy; Guánica, fundado en el año de 1914, con una cabida de 24,070 cuerdas hoy; Villalba, fundado en el año de 1917, con una cabida de 24,383 cuerdas hoy; Cataño, fundado en el año de 1927, con una cabida de 3,343 cuerdas hoy; Florida, fundado en el año de 1971, con una cabida de 7,248 cuerdas hoy. En el mismo acto del otorgamiento de la antedicha escritura, ante el Escribano, comparecieron los testigos instrumentales, y firmaron los comparecientes.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 67

Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Protocolos Notariales, Otros Funcionarios, Serie Bayamón - Dorado, años 1750 al 1845, Caja 728, Folios 47 al 55 vto.

 

1750

Las condiciones sociales, políticas y económicas en el año de 1750 permitieron a Gaspar López adquirir el inmueble a buen precio. Teniendo como elemento principal la escasez de circulante (moneda) de plata. La demanda por la moneda superaba la oferta, unido a que el comercio con España estaba paralizado por la guerra con otras naciones como Inglaterra. Esta precaria situación en la esfera económica incentivó a los terratenientes a vender sus inmuebles poco productivos. Los comerciantes extranjeros drenaron la isla de su moneda de plata, al obligar a los insulares a comprarles víveres como la ropa y las harinas que escaseaban, con esa moneda en particular. Así la isla se quedó huérfana de capitales locales para levantar ingenios o emprender nuevos negocios. Por esa razón, la oferta que el comprador, Gaspar López, le hizo al vendedor, que no sabia leer ni escribir, Juan Claudio Bautista, era una tentación irresistible. Definitivamente Gaspar López pertenecía a la clase adinerada y tuvo que haber traído sus capitales de España, puesto que localmente un capital de tal magnitud no estaba a disposición de nadie. Por otro lado, el continuo asedio de las costas, por naciones deseosas de tomar la isla como botín de guerra, perjudicó el fomento comercial insular y por ende las tasaciones inmobiliarias. Patrón que ocurre naturalmente en tiempos bélicos.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, página 102

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, página 851

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1995, Tomo V, página 715

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 809 a 810

Miguel Enríquez, corsario boricua del siglo XVIII, Ángel López Cantos, 1994, páginas 28, 188 a 194

Tradición de Futuro, El Primer Siglo del Banco Popular 1893 -1993, Guillermo A. Baralt, 1993, pág. 14

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 255 a 261 y 282 a 283

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, páginas 105 a 107, 111, 173, 180 a 182

 

1751

Toa Alta (fundado en 1751) con una cabida de 18,105 cuerdas hoy

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 117

 

1752

La Corona Española promulgó una Real Orden ordenando al Teniente, Gaspar de Andino, que desalojara a la isla de Vieques de los invasores ingleses.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 91

 

1 de mayo de 1753 al 30 de agosto de 1757

Por decreto de la Corona Española, Felipe Ramírez de Estenos, pasó a ocupar el cargo de Gobernador Capitán General de Puerto Rico.

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 207

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 364 y 365

 

15 de octubre de 1754

En vista de los inconvenientes ocasionados por la Real Cédula del 24 de noviembre del 1735 y para facilitar la confirmación de tales adquisiciones, asegurando además los límites de las propiedades, se dictó otra Real Cédula, estableciendo normas para las mercedes, ventas y composiciones de realengos, sitios baldíos, hechas "al presente  y que se hicieren en adelante". Se facultó a los Virreyes y Presidentes de las Audiencias para que procedieran a la venta y "composición" de todas las tierras pertenecientes a la Corona, es decir, no poseídas por los indígenas. La "composición" consistía en la fijación de una cantidad que había de pagar con el fin de legitimar las usurpaciones de terrenos. Se deberían fijar previamente y de manera auténtica la verdadera situación, naturaleza y lindes de los bienes poseídos por particulares, mediante una investigación general de los títulos de adquisición de cada poseedor, otorgamiento de títulos nuevos a los que carecían de ellos y pago de las cantidades correspondientes. Todos estos procedimientos y recursos se tramitarían y resolverían en los distintos territorios, quedando confiados a los Virreyes y Presidentes de las Audiencias quienes nombrarían oportunamente a los "Ministros sub delegados" para la venta y composición de las tierras. En la Real Cédula se decía que los Jueces y Ministros sub delegados deberían proceder "con suavidad, templanza y moderación", instruyendo "procesos verbales y no judiciales" cuando se tratase de tierras poseídas por los indios.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, páginas 2 y 3

 

1755

don Gaspar López contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña Andrea Martín. Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron 5 hijos nombrados: Juan Crisóstomo, Baltazar, Antonio, Dolores y Basilio; todos de apellidos López Martín. Debido a la ausencia de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano de la casa  Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 241

 

1755

Comenzó el cultivo del café en la isla. Específicamente en San Germán.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 31

 

1757

Nació en Toa Baja, don Juan Crisóstomo López Martín (hijo de don Gaspar López ). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 197, 224 y 241

 

1757

Por decreto del Gobernador Capitán General de Puerto Rico, Felipe Ramírez de Estenós, el Cabildo de la capital anunció la implantación de una reforma agraria, mediante la reciente fundación de la Real Compañía Barcelonesa de Cataluña, en España, la que había arribado a las Antillas con sus embarcaciones conteniendo factores, efectos y herramientas para el cultivo. Luego del arribo de esta empresa a Puerto Rico, el Gobernador Capitán General de Puerto Rico, Felipe Ramírez de Estenós, envió por la isla al sargento mayor de milicias, Pedro Vicente de la Torre, y al teniente a guerra del partido de Manatí, Joaquín Navedo, para distribuir tierras realengas y vírgenes entre los desacomodados. El Gobernador señaló el hecho de que los hatos estaban injertados entre las estancias, cuyos dueños se veían en la necesidad de cercarlas fuertemente para evitar la destrucción de los sembrados por el ganado ambulatorio. El gasto de proveer cercas para sus estancias gravaba a los terratenientes. El Gobernador proponía que el ganado se moviera para el interior de la isla. El Cabildo de la capital aprobó las recomendaciones del Gobernador, anunciando luego que durante los meses de septiembre y octubre de 1757 quedarían demolidos los hatos y criaderos de Toa Alta, Toa Baja, Bayamón, Cangrejos y Río Piedras. Aquellos dueños de hatos que rehusaran trasladarse, tendrían que cercarlos fuertemente o serían demolidos para beneficio público.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 269 a 270

 

1758

La Corona Española promulgó una Real Cédula por virtud de la cual renovó y ratificó el Real Decreto expedido por ésta el 1 de julio de 1746, que declaraba nulos y de ningún valor los títulos de tierras librados desde el 26 de abril de 1618 en adelante, exigiéndose la presentación de dichos títulos dentro de un plazo de cuatro días, so pena de ser tenidas por baldías y realengas las tierras ocupadas; que había quedado sin efecto al morir el monarca Felipe V. Aunque tenia abolengo correctísimo y exigía el cumplimiento del Real Decreto de 1 de julio de 1746, no pudo llevarse a efecto por ser imposible la comprobación documentada de los títulos de las propiedades trasmitidas de padres a hijos durante dos siglos, por haber desaparecido los archivos escriturarios durante el ataque e invasión holandesa en el año de 1625. Su promulgación causó gran revuelo, evocando los incidentes ocurridos en la isla en 1545, cuando se hizo declaración de la comunidad de pastos y montes, produciéndose motines y pedreas contra alcaldes y concejales.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270

 

1758

Nació Baltazar López Martín.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Fondo: Protocolos Notariales, Escribano: Otros Funcionarios, Serie: Bayamón, Pueblo: Dorado, año 1845, Caja 728, Folios 47 vto., 51 al 51 vto., venta de estancia a favor de Basilio López.

 

8 de septiembre de 1758

Llegó a San Juan de Puerto Rico el primer barco de la Real Compañía Barcelonesa de Cataluña y se le ofrecieron los primeros frutos para mercadearlos en España.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 631

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 269 a 270

 

1759

Nació Antonio López Martín.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Archivo General de Puerto Rico, Escritura sin número, Fondo: Protocolos Notariales, Escribano: Otros Funcionarios, Serie: Bayamón, Pueblo: Dorado, año 1845, Caja 728, Folios 47 vto., 51 al 51 vto., venta de estancia a favor de Basilio López.

 

15 de marzo de 1759

La Corona Española promulgó una Real Orden reconociendo la legítima propiedad de las estancias de labor a los que estaban en posesión tranquila de ellas, pero ordenando la destrucción de hatos y venta de los terrenos que los componían. De esta manera sencilla y legal, se solucionaron los problemas ocasionados cuando la Corona Española en el 1758 renovó y ratificó el Real Decreto que se había suspendido el 1 de julio de 1746 por el fallecimiento de Felipe V. Que aunque tenia abolengo correctísimo y exigía el cumplimiento del antedicho suspendido Real Decreto, no pudo llevarse a efecto por ser imposible la comprobación documentada de los títulos de las propiedades trasmitidas de padres a hijos durante dos siglos, por haber desaparecido los archivos escriturarios durante el ataque e invasión holandesa en el año de 1625.

 

Así finalmente, el título de dominio, sucesor en tracto a su vez de los títulos de "concesiones reales o cédulas de vecindad" en usufructo, expedidos a la clase noble por la Corona Española, durante los primeros años de la colonización, que había adquirido don Gaspar López , vecino de la Ribera de Toa, por escritura pública otorgada el 4 de febrero de 1750 ante el Escribano Público y Cabildo don Francisco de Sostres, cuando compró una estancia de tierras en la Ribera de Toa, de 2,179,674 cuerdas de extensión territorial superficial, con platanales, cañaverales, pasto y demás aperos; con sus entradas, salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres a Juan Claudio Bautista, morador de la Ribera de Toa, por el precio de 1,100 pesos de ocho reales de plata cada uno moneda de vellón corriente libres de Alcabala (impuesto de venta); que la mitad la había heredado el vendedor de su padre y la otra mitad se la había comprado a Juan del Álamo; quedó ratificado como un título de dominio legítimo de propiedad privada. De esa manera el derecho privado sobre la finca quedó ratificado mediante la legitimación del susodicho título por la máxima autoridad que lo fue la propia Corona Española.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 435 y 636

La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico, Raquel Rosario Rivera, 1995, página 24

 

1760

Se fundó San Mateo de Cangrejos (hoy barrios Santurce y Río Piedras, de San Juan y Carolina).

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 334 a 336

 

1760

Nació don Basilio López Martín (hijo de don Gaspar López ). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 224 y 241

 

1760 al 1770

La Real Compañía Barcelonesa de Cataluña, como parte de la reforma agraria promovida por el Gobernador Capitán General de Puerto Rico, Felipe Ramírez de Estenós, en el año de 1757, se introdujeron a la isla de Puerto Rico 9,450 esclavos negros bozales para trabajar en el cultivo de productos agrícolas en las estancias.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 631

 

16 de julio de 1760

Nació el futuro primer obispo de Puerto Rico, el Dr. Juan Alejo de Arizmendi.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125

 

1761

Se creó el puesto de Asesor del Gobierno. Quienes lo ocuparon, tenían la facultad para actuar como Juez Ordinario, a formar procesos en todas las causas civiles y criminales, no siendo sus sentencias apelables al Gobernador. El Asesor era un teniente letrado del Gobernador a quién asistía en el ejercicio de la jurisdicción ordinaria en el partido de la capital.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 148

 

1761

Nació Dolores López Martín.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

 

1765

La población de Puerto Rico era de 44,883 habitantes, ósea, 13 personas por milla cuadrada. Estando las tierras heredadas, que habían sido cultivadas originalmente durante la colonización, más abandonadas que las poseídas por otros terratenientes, debido a la falta de mano de obra esclava, utensilios de labranza y mercados que absorbieran el aumento de la producción. También durante ese año prácticamente casi toda la población era analfabeta.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, páginas 475 a 484

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 90 y 437 a 442

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 283 a 284

 

8 de octubre de 1765

La Corona Española promulgó una Real Cédula, por virtud de la cual le concedió permiso a la empresa mercantil Aguirre, Aróstegui & Compañia, a que estableciera un astillero, para construir buques en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 156

 

1769

Por decreto del Rey Carlos III de la Corona Española, se estableció en Puerto Rico, el Registro de Anotadurías de Hipotecas, como organismo jurídico del Estado, representante de la fe pública, para la constitución de hipotecas, mediante el acto de inmatriculación de pagareses a la orden del emisor o portador (acreedor), como instrumentos jurídicos negociables, para garantizar el pago de prestamos privados (obligaciones), sujetando los bienes inmuebles privados del deudor al pagare, constituyéndose así, cargas o gravámenes sobre los bienes inmuebles propiedad del deudor. No siendo el propósito del organismo el de registrar, mediante su inmatriculación, las compraventas simples de bienes inmuebles. Aunque si el de la expedición de certificaciones de deudas sobre todos los bienes inmuebles adquiridos por instrumentos nacidos del ordenamiento jurídico positivo en el acto del otorgamiento.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 94 y 95

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 878 a 879

 

1769

Guaynabo (fundado en 1769) con una cabida superficial de 17,793 cuerdas hoy.

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 102

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 755 a 761

 

1771

Según lo relató el Fray, Iñigo Abaad Lasierra, en su recorrido por Puerto Rico, una estancia de 75 caballerías (15,000 cuerdas) era apropiada para la subsistencia de una familia promedio. Las opiniones de este Fray, confirmaron la existencia de gigantescos latifundios para su época.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 2

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 284 y 326

 

1772

Bayamón (fundado en 1772) con una cabida superficial de 28,716 cuerdas hoy.

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 93

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 236 a 242

 

1773

Juan Francisco Mestre, teniente coronel de ingenieros, construyó los arcos y azoteas de la Capilla del Cristo de San Juan.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 131

 

1775

Vega Alta (fundado en 1775) con una cabida superficial de 18,452 cuerdas hoy

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 119

 

1775

Julián Arriaga estableció tributo de tierras.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 132

 

1775

El Gobernador de Puerto Rico, Miguel de Muesas, medió entre la isla y la metrópoli, fijando de acuerdo con los propietarios los títulos sobre haciendas y hatos. Acordó con el Cabildo de la capital proveer a los gastos de armamento y vestuario de las Milicias Disciplinadas con un impuesto sobre tierras. Mediante su intervención, terminó con la discordia por la investigación de terrenos baldíos. Dividió el partido de Cangrejos del partido de Río Piedras. Y ordenó la creación del "Mapa topográfico de la isla de San Juan de PR y la de Bieque" según lo declaró Tomás López en el 1791.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 103

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 312 a 313

 

1776

Vega Baja (fundado en 1776) con una cabida superficial de 30,764 cuerdas hoy.

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 120

 

1776

Se estableció el Virreinato del Río de la Plata (hoy Argentina), bajo el mando de un virrey, como organismo administrativo indiano, representante personal del Rey de la Corona Española en esa colonia.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 183

 

1776

La mejor azúcar de la isla se producía en Toa Baja. En el ingenio administrado por Losna. Para ese año la producción de la isla ascendió a 78,884 botijas de melado y 10,949 arrobas de azúcar. Una arroba era lo equivalente a 25 libras o ¼ de quintal. Y una botija de melado equivalía a un galón de liquido.

Diccionario de la Lengua Española, edición 1950.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 192 y 197

La Buena Vista, Guillermo A. Baralt, Fideicomiso de Conservación de PR, 1988, página V

 

1776

El Rey Carlos III de la Corona Española le concedió a Luis de Balbes de Berton de Quiers (Duque de Crillón Mahón) el derecho sobre una concesión de cuatro leguas de tierras (17,700 cuerdas) en Puerto Rico como premio por sus servicios militares a la Corona.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 202 y 716

La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico, Raquel Rosario Rivera, 1995, página 25

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 371

 

4 de julio de 1776

Los 56 Representantes de las trece colonias inglesas de América, reunidos en Congreso General, le declararon unánimemente su independencia a la Corona Inglesa de la Gran Bretaña. Constituyéndose por dicho acto los Trece Estados Unidos de América en una nación independiente bajo un  sistema de gobierno democrático.

Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, páginas 310 a 311

El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen Ramos de  Santiago, 1985, páginas 39 a 57

 

1777

don Juan Crisóstomo López Martín (hijo de don Gaspar López ), contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña María Josefa Martínez. Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron 2 hijos nombrados: José Justo y Jacinto; todos de apellidos López Martínez. Debido a la ausencia de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 193

 

14 de enero de 1778

El Rey Carlos IIl de la Corona Española, dictó una Real Cédula especial para el repartimiento de tierras en la isla de Puerto Rico, por virtud de la cual fueron demolidos los "hatos" y repartidos en "estancias" entre los colonos, suprimiéndose también las "dehesas" o "pastos comunes" y respetándose únicamente los "ejidos" de los pueblos que después fueron convertidos en "cotos" de propiedad particular. La misma fue parte de una reforma agraria para incrementar la producción agrícola en Puerto Rico, mediante la expedición de títulos de propiedad por concesión, sobre los hatos cultivables propiedad del Estado, con un impuesto para el mantenimiento del ornamento de las Milicias Disciplinadas, con la condición de revertir al Estado los terrenos que no fuesen cultivados por los concesionarios originales, sus herederos o sucesores en título. Debido a la escasez de soldados españoles para defender la isla de invasiones extranjeras, se organizó un grupo civiles que participaban como soldados voluntarios para defender la isla. A éste grupo se conoció como Las Milicias Disciplinadas. Se reconocía a los terratenientes el carácter de verdaderos propietarios bajo ciertas condiciones de cultivo, pudiendo enajenar sus tierras en vida y trasmitirlas por muerte a sus herederos, los cuales también para conservar sus derechos tendrían que cumplir con las condiciones de cultivo, impuestas a su causante o vendedor, por la Corona Española.

 

El cumplimiento de esta Real Cédula se encomendaba a una Junta que había de hacer el reparto de los terrenos, determinando la situación, cabida, linderos y amojonamiento de cada predio y ordenándose un "Registro Especial" donde constaran los nombres de los futuros propietarios, su condición de labrador, residencia, cultivo de la finca y demás condiciones que era obligatorio consignar. Además, mediante la susodicha Cédula se le concedió a los inmigrantes recién llegados títulos legales de propiedad que le daban los derechos de posesión en usufructo sobre las tierras que venían cultivando sin títulos legales, bajo las mismas condiciones impuestas a los naturales de la isla. Por esta Real Cédula, durante el mismo año de 1778, también el Estado publicó un edicto anunciando la concesión, bajo las mismas condiciones antedichas, de solares o parcelas en terrenos baldíos pertenecientes al Estado. A fines del siglo XVIII, existian 15,000 familias que componían una población de 77,700 personas, que vivían como agregados sin títulos legítimos de propiedad en los terrenos de los grandes terratenientes o del Estado. Las labores agrícolas insulares eran efectuadas por la mano de obra negra esclava.

 

No obstante, la implantación de este nuevo régimen hubo de aplazarse a causa de la guerra entre Inglaterra y España y de las guerras napoleónicas. Hasta ese momento los derechos de los poseedores de fincas rústicas en Puerto Rico variaba, pudiendo distinguirse: primero, los que las tenían por concesión real o las habían legitimado por la "composición". Estos ejercían sus derechos con arreglo a la legislación del antiguo reino de Castilla, supletoria en América y lo contenido en la Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias. Estos eran verdaderos propietarios, con todas las facultades inherentes a su dominio, como es el caso del título que adquirió don Gaspar López , el 4 de febrero de 1750; y segundo, los que las habían obtenido por concesión de municipios o cabildos. Estos actuaban como propietarios pero sólo podían disponer de sus tierras por causa de muerte u nunca intervivos. En cuanto a formalidades públicas para la transmisión y gravamen de la propiedad inmueble, nada se disponía en la Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 44 a 45

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1994, Tomo IV, página 435 y 638

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 29, 31 y 668

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, páginas 3 y 4

Archivo General de Puerto Rico, Fondo Gobernadores Españoles, año 1778, Caja 77, Folios 22 al 26 vto.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 275 a 279 y 325 a 326

 

6 de mayo de 1778

El Rey Carlos IIl de la Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando que en todos los dominios de las Indias, se anotaran indispensablemente en los respectivos oficios de Anotadores de Hipotecas cuantas escrituras se otorgaren con hipotecas expresas y especiales, sin excepción de ninguna.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 4

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 878 a 879

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358

 

1781

Nació en Toa Baja, don José Justo López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López Martín). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Certificación expedida por el párroco Padre Juan Patrón el 3 de marzo de 1992, Parroquia San Pedro Apóstol de Toa Baja, libro 11 de matrimonios, folios 86 al 86 vto.

 

1782

Se promulgó una Real Cedula para que se publicara la creación del Banco Nacional San Carlos.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 210

 

16 de abril de 1783

El Rey Carlos IIl de la Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando que se procediera al establecimiento de los oficios de hipotecas en todas las cabezas de partido en Puerto Rico.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 5

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358

 

1785

El Rey Carlos IIl de la Corona Española, estableció en Sevilla, España, el Archivo General de las Indias, para la conservación de todos los documentos relativos a la exploración, conquista y colonización de las colonias bajo el dominio español en el Nuevo Mundo. Este archivo sirvió como depositario de los documentos de carácter notarial, donde se registraron los títulos de propiedad privada y los de concesiones del Estado a través de los cabildos.

Periódico El Nuevo Día, Revista Por Dentro, 31 de octubre de 1996, página 86

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 259, 295 a 296 y 358

 

11 de septiembre de 1787

Nació en Toa Baja, don Jacinto López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López Martín). Debido a la ausencia de documentos, como la acta de nacimiento o bautismo, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas de nacimientos antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de nacimiento, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 193 a 195

 

17 de septiembre de 1787

La nación de los Estados Unidos de América, con un sistema de gobierno democrático, promulgó su Constitución.

El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen Ramos de Santiago, 1985, páginas 39 a 57

 

14 de julio de 1789

En la nación de Francia, por iniciativa del pueblo francés, cansado de los abusos del gobierno de corte monárquico que los regía, advino la Revolución Francesa, siendo derrocado el gobierno de corte absolutista, constituyéndose el pueblo en una nueva nación conocida como la República de Francia. Proclamándose en suelo nacional francés la abolición de la esclavitud, no siendo extensiva la proclama a sus territorios de ultramar. Esta Revolución Francesa proclamó la igualdad de los derechos individuales, particularmente la opción de los ciudadanos a desempeñar los cargos públicos.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 219

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 264 a 265

 

3 de septiembre de 1789

La nación de los Estados Unidos de América recibió el reconocimiento de su independencia por parte de la Corona Inglesa de Gran Bretaña.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 408

 

3 de septiembre de 1789

Algunos hombres de Estado españoles habían advertido la ambición imperialista de los Estados Unidos, en el sentido de arrebatarle a España sus territorios conquistados en América, incluyendo la isla de Puerto Rico, cuando el Conde de Aranda le escribió al Rey de la Corona Española, Carlos IV, advirtiendo que la nueva nación de los Estados Unidos, se transformaría en un gran coloso que comenzaría conquistando el territorio español de la Florida y luego extendería su poder por toda América, olvidando la colaboración, que para obtener su independencia de Gran Bretaña, le dieron España y Francia. La susodicha ambición imperialista de los Estados Unidos ya había sido prevista en el año de 1787, cuando Thomas Jefferson, que se convirtió en el tercer Presidente de los Estados Unidos años más tarde, indicó en un escrito que y citamos: "Nuestra confederación debe ser contemplada como el nido desde donde toda la América, la del Norte y la del Sur, ha de ser poblada. Pensando en los mejores intereses de aquel Continente nosotros debemos cuidarnos de no presionar demasiado pronto a los españoles. Estos países no pueden estar en mejores manos. Mi temor es, empero, que estas manos sean demasiado débiles para sujetarlos hasta que nuestra población sea suficientemente númerosa para arrebatárselas pedazo a pedazo".

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 170 a 171

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 408 a 409

 

25 de septiembre de 1789

El primer Congreso de la nación de los Estados Unidos de América, con un sistema de gobierno democrático, en cumplimiento del Artículo V de su Constitución, procedió a enmendar por vez primera los Artículos primero al décimo su Constitución, para garantizar los derechos de todos sus ciudadanos, mediante la aprobación de la carta de derechos civiles.

El Desarrollo Constitucional de Puerto Rico, Documentos y Casos, Carmen Ramos de Santiago, 1985, páginas 48 a 50

 

1792

El Rey Carlos IV de la Corona Española le concedió a Luis de Balbes de Berton de Quiers (Duque de Crillón Mahón) 8,700 cuerdas en los lugares de Naguabo, Fajardo y Luquillo en Puerto Rico, en cumplimiento de la concesión que el Rey Carlos III de la Corona Española le había dado a éste en el año de 1776, como premio por sus servicios militares a la Corona.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 202 y 716

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 371

La Real Cédula de Gracias de 1815 y sus primeros efectos en Puerto Rico, Raquel Rosario Rivera, 1995, página 25

 

1795

La Corona Española promulgó la Novísima Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, como nueva edición actualizada de la antigua Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias del año de 1680.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 17 a 117

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 10 y 51

 

1795

Corozal (fundado en 1795) con una cabida superficial de 27,528 cuerdas hoy.

Almanaque Puertorriqueño, 1986, Editorial Edil, página 98

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 566 y 570

 

1795

El Rey Carlos IV de la Corona Española, puso fin a la guerra con la República de Francia, mediante la firma del Tratado de Basilea. Por el cual España cedió a Francia la parte española de Santo Domingo (hoy Haití). Conociéndole a la nueva colonia francesa bajo el nombre de "Saint Domingue Francés".

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 358 a 359

 

1797

Según lo relató el científico francés, André Pierre Ledrú, en su recorrido por Puerto Rico, la población de un país está en razón directa con la cantidad de propietarios que haya en él. La aplicación de la susodicha teoría, lo llevó a concluir que para ese año la isla sólo tenía la sexta parte de los habitantes que podría sostener. Lo que en realidad ocurrió fue que exterminada la mayor parte de los indígenas por sus conquistadores, los últimos se repartieron entre sí los despojos del pueblo vencido, y cada soldado o empleado tomaba para sí muchas leguas cuadradas de sabanas o bosques. De esa distribución de tierras, por compra o herencias, se crearon los grandes latifundios existentes.

 

Según Ledrú, la isla tenía un área compuesta de 720 leguas cuadradas. Utilizando las medidas modernas, tenemos que excluyendo a Vieques y Culebra, la isla tiene un área de 8,736 kilómetros cuadrados. Si esa cantidad la dividimos entre 720 leguas, cada legua computada por Ledrú equivaldría a 12.123 kilómetros cuadrados de área. Que a su vez equivaldrían a 3,086.96 cuerdas de área. Computadas mediante multiplicar la cantidad de cuerdas que comprende un kilómetro cuadrado (254.42 cuerdas) por el número de kilómetros cuadrados que comprende una legua cuadrada de Ledrú (12.123 kilómetros cuadrados). Por ejemplo, si un vecino adquiría 360 leguas cuadradas de tierras, eso equivaldría a 1,111,305.6 cuerdas de área.

 

Antes del año del 1778 acostumbraban llegar a la isla anualmente muchos españoles y canarios, guiados por el deseo de hacer fortuna, y a muchos de ellos, aunque traían sus pequeños capitales para dedicarse a las labranzas, les era imposible obtener concesiones de tierras debido a que ya las mismas tenían dueño.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 538 y 554

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 457 y 463

Enciclopedia Clásicos de Puerto Rico, Lucas Moran Arce, 1971, Ediciones Latinoamericanas S.A., páginas 45 a 46

 

17 de abril al 2 de mayo de 1797

El ingles, Sir Ralph Abercromby, atacó e invadió la ciudad de San Juan en Puerto Rico.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 158

 

22 de mayo de 1797

La Real Audiencia Chancillería de Santo Domingo fue trasladada a Puerto Príncipe en Cuba.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 164 y 173

 

23 de marzo de 1798

La Corona Española promulgó una Real Cédula ordenando los requisitos sobre las confirmaciones de tierras realengas en Puerto Rico.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 5

 

noviembre de 1799

Napoleón Bonaparte derrocó al Corrupto Directorio de los cinco bribones que tenían el mando de la República de Francia, que habían subido al poder durante la Revolución Francesa del 1789.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 219

Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, páginas 97 a 98

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994,

páginas 358 a 359

 

1800

El Gobernador de Puerto Rico, Ramón de Castro y Gutiérrez, ordenó la construcción del Arsenal de San Juan.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 138

 

septiembre de 1800

El emperador de la República de Francia, Napoleón Bonaparte, que soñaba con crear un nuevo imperio francés en América, obligó a España a que le cediera Nueva Orleáns con todo su vasto territorio entre el Misisipí y las Montañas Rocosas (hoy territorio central de los Estados Unidos).

Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, página 99

 

22 de diciembre de 1800

La Corona Española promulgó la Real Cédula número 755, prohibiendo la extracción de documentos originales en todas la Secretarías de los Reinos de la Indias, para evitar su extravío, fomentando su conservación. Esta orden fue una herramienta vital para que los documentos notariales donde se registraron las transacciones inmobiliarias se conservaran en buen estado.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 388

 

25 de agosto de 1802

La Corona Española promulgó una Real Cédula, con el propósito de que para la aplicación del sistema hipotecario que regía entonces en España, a los territorios de Ultramar, como Puerto Rico, el Gobierno delegó en las respectivas Audiencias Territoriales la facultad de dictar las disposiciones necesarias al efecto. La Audiencia Territorial de Méjico llenó muy pronto este cometido y el Gobierno acordó que las disposiciones dictadas por ella se observasen en todas las demás Audiencias Territoriales de los Reinos de las Indias y en Filipinas. Esta Real Cédula contenía 25 artículos, regulando el funcionamiento de los registros de Anotadurías de Hipotecas, declarando estos oficios vendibles y renunciables y disponiendo la forma en que deberían hacerse las anotaciones correspondientes. Esta acción reguladora mejoró el funcionamiento del sistema original del Registro de Anotadurías de Hipotecas que databa del 1769.

Derecho Hipotecario Puertorriqueño, Dennis Martínez Irizarry, 1968, página 5

 

diciembre de 1802 al 2 de mayo de 1803

La cesión obligada del territorio de Nueva Orleans por parte de España a Francia en el año de 1800, incrementó los temores del tercer Presidente de los Estados Unidos, Thomas Jefferson, quien siempre había pensado en lo que podría significar para los agricultores estadounidenses, el que fuera Francia, nación pujante, y no España, imperio en decadencia, la que dominara la desembocadura del gran río que estos tanto necesitaban para llevar sus productos al mercado. Actuando rápidamente, Thomas Jefferson, obtuvo del Congreso una partida de $2,000,000 de dólares para comprar a Nueva Orleáns y envió su representante Monroe a París con órdenes de ayudar al ministro residente Livingston a realizar la compra. Pero antes, de que aquél hubiera puesto los pies en Francia, ya Napoleón había renunciado a su proyecto de crear un imperio en América, y ofreció en venta toda la inmensa provincia de Luisiana. Después de algún regateo, se fijó un precio de $14,500,000 dólares, cerrándose el trato para la fecha del 2 de mayo de 1803.

Breve Historia de los Estados Unidos de América, por David Saville Muzzey, Horace Kidger & Antonio J. Colorado, 1953, página 99

 

13 de marzo de 1803

El Dr. Juan Alejo de Arizmendi fue nombrado como el primer Obispo puertorriqueño.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125

 

1804

Como consecuencia de la rebelión de los esclavos rebeldes en la colonia francesa de "Saint Domingue Francés" (hoy Haití), nacida de la influencia en el reclamo de sus derechos humanos debido a la abolición de la esclavitud en suelo nacional francés, todas las plantaciones de caña de azúcar fueron destruidas por los esclavos, paralizándose la producción azucarera en esa colonia. Creándose a su vez, una escasez de azúcar en el mercado mundial y una súbita alza en los precios del producto. Trayendo como consecuencia ese acto anárquico político social, la aceleración del ritmo de crecimiento que las haciendas azucareras de Puerto Rico venían experimentando desde finales del siglo 18.

Esclavos Rebeldes, Guillermo A. Baralt, 1989, páginas 15 y 16

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 28

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 264 a 265

 

5 de mayo de 1804

El Dr. Juan Alejo de Arizmendi confirmó la erección de la ermita de Hormigueros, como parroquia.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 125

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, página 895

 

18 de mayo de 1804

Napoleón Bonaparte se proclamó oficialmente como emperador de la República de Francia.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 113 y 114

 

1805

Se publicó en Puerto Rico la Novísima Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, estableciendo el orden de prelación entre los diversos cuerpos legales anteriores, sin derogarlos. Dando continuidad al investimiento del Gobernador Capitán General de Puerto Rico con poderes absolutos en la isla. En la práctica, la mayor parte de las disposiciones contenidas en la Novísima Recopilación de Leyes de los Reinos de Indias, fueron letra muerta en Puerto Rico, que no cumplieron los gobernadores ni virreyes de turno.

Sociedad, Derecho y Justicia, José Trías Monge, 1986, páginas 35 y 73

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 503 a 505

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 10 y 51

 

1806

don José Justo López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López Martín), contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con Doña Juana Rodríguez. Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron a un hijo nombrado José María López Rodríguez. Debido a la ausencia de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas. 

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Certificación expedida por el párroco Padre Juan Patrón el 3 de marzo de 1992, Parroquia San Pedro Apóstol de Toa Baja, libro 11 de matrimonios, folios 86 al 86 vto.

 

1807

El ejército francés de Napoleón Bonaparte invadió a Portugal y el norte de España, forzando la abdicación del Rey de España, Carlos IV, y de su heredero, Fernando VII. En su lugar Napoleón nombró a su hermano José Bonaparte. En protesta ante tan afrentosa situación el pueblo español se sublevó iniciándose así lo que se conoció como la guerra de independencia española. Inmediatamente las provincias españolas constituyeron "juntas" particulares de gobierno que dieron lugar a la creación de la "Junta Suprema, Central y Gubernativa de los Reinos de España e Indias", presidida por el Conde de Floridablanca, que habría de dirigir los destinos de España entre el 25 de agosto de 1808 y el 29 de enero de 1810; que en abierta rebeldía rechazó el dominio bonapartista y proclamó su fidelidad a Fernando VII como legítimo Rey de España. La Junta gobernaría hasta tanto el monarca pudiese regresar a España del exilio en Bayona, donde era custodiado por el propio ejercito de Napoleón Bonaparte. España quedó dividida en dos territorios: el centro y el norte dominado por las tropas francesas y el sur por la Junta.

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, índice

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 3 a 10

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 220

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 360

 

1808

Imperaba en la isla de Puerto Rico un Régimen colonial de tipo administrativo, inspirado en el sistema mercantilista, cuyas bases lo constituían la Nueva Recopilación de Leyes de Indias del 1691, la mayor parte de cuyas disposiciones databan de los tiempos de Felipe II y Felipe III y la Novísima Recopilación del 1795, cuerpo legal que consagraba el absolutismo monárquico. Dando al Gobernador, según las disposiciones del Libro III de las Leyes de los Reinos de Indias, poderes absolutos y omnipotentes en PR. Como Capitán General teniendo la dirección de la milicia y la marina. Como Intendente teniendo poderes económicos al mando de los Negocios de la Hacienda Pública. Como Juez Superior teniendo poderes judiciales interviniendo en la administración de la justicia. Como Vicepatrono real teniendo poderes eclesiásticos participando en la administración de la Iglesia. No existiendo un organismo representativo externo imparcial, que pudiera servir de freno a los excesos del Gobernador.

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, página 10

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 323 a 324

 

30 de junio de 1809

Por decreto de la Corona Española, don Salvador Meléndez Bruna, pasó a ocupar el cargo de Gobernador Capitán General de Puerto Rico.

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, índice

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo II, páginas 298 a 300

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 18 a 23

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 361

 

1809 a 1814

Se produjo el fenómeno de la coexistencia en España de dos Gobiernos: el de José Bonaparte, en representación del Imperio francés con su hermano Napoleón Bonaparte, y el de las Regencias, símbolo de la resistencia nacional española contra la invasión francesa que habían sufrido en su propio territorio español.

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 365

 

1809

La "Junta Suprema, Central y Gubernativa de los Reinos de España e Indias" declaró a todas las colonias parte integrante de la monarquía española con derecho a representación en este organismo principal de gobierno. Por primera vez, España intentaba modificar las relaciones con sus colonias, elevándolas a la categoría de provincias. Como tal, tenían derecho a enviar un diputado o representante, portavoz de sus intereses ante la Junta. Como resultado de esos procesos, resultó electo, para representar a la provincia de Puerto Rico,  el  puertorriqueño don Ramón Power y Giralt.

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 220

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 361 a 362

 

1810

Nuevos acontecimientos en España causaron que la elección de don Ramón Power y Giralt quedase sin efecto. Debido a los avances de las tropas francesas hacia el sur de España, la "Junta Suprema, Central y Gubernativa de los Reinos de España e Indias" tuvo que refugiarse en la isla de León, junto a Cádiz. Al poco tiempo, fue sustituida por un "Consejo de Regencia", que en 1810 convocó a Cortes (ósea, el Parlamento o la Legislatura en España). La convocatoria reconoció el derecho de las colonias a enviar diputados a las Cortes. En Puerto Rico se efectuaron nuevas votaciones, resultando don Ramón Power y Giralt, reelecto como representante de la Provincia de Puerto Rico.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, página 116

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 215

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 21 a 22

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 222

 

10 de abril de 1810

Se conoció en la colonia española de Venezuela la crítica situación que atravesaba España tras la disolución de la Junta Suprema y el establecimiento del Consejo de Regencia. Los partidarios de la Independencia se decidieron a aprovechar el propicio momento en que se les presentaba. Constituyeron el ayuntamiento de Caracas en Junta Revolucionaria. Depusieron de sus cargos a los funcionarios españoles. Proclamando la independencia de Venezuela del dominio de España. Dando comienzo a unas luchas que durarían varias décadas para lograr su propósito.

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 32 a 33

Los Emigrantes Llegados a Puerto Rico Procedentes de Venezuela entre 1810 - 1848, Raquel Rosario Rivera, 1992, páginas 15 a 16

 

1810 al 1848

Como consecuencia de la inestabilidad política en el territorio español de Venezuela (la Gran Colombia), causada por las luchas por su independencia de España, la isla de Puerto Rico se convirtió en refugio para cientos de españoles residentes en territorio venezolano, que emigraron a Puerto Rico, huyendo de los abusos cometidos por los revolucionarios contra todos los españoles leales a la Corona de España. Como ejemplo de ello, pertinente a este caso, para el año de 1821, a consecuencia de la guerra en Carabobo, que ganó el líder revolucionario Simón Bolívar el 24 de junio del citado año, llegó a Puerto Rico, procedente de Costa Firme, los españoles don Antonio Canino y su esposa, Doña Catalina del Castillo, con su hijo adolescente de 15 años, nacido en Venezuela para el 1806, Manuel Felipe Canino del Castillo. Durante el susodicho periodo, según testimonio del propio Gobernador Capitán General de Puerto Rico, don Salvador Meléndez Bruna, en la isla sólo existían tres hospitales, habiendo un médico aprobado por la Universidad de Caracas y algunos cirujanos militares, para atender una población de 230,622 almas, según el censo de 1820. De esta corriente migratoria, llegaron a la isla algunos españoles pertenecientes a la clase pudiente con sus esclavos, entre ellos, médicos prominentes que se habían educado en la Universidad de Caracas. La necesidad de médicos en la isla era grande. Estos antecedentes influenciaron en las generaciones posteriores al seleccionar como profesión a estudiar, la medicina. Pudiendo sólo los de la clase pudiente en Puerto Rico, enviar a su prole a estudiar en instituciones académicas fuera de Puerto Rico, como las de España, Santo Domingo y Estados Unidos. Ejemplo claro de esto lo fue, el susodicho Manuel Felipe Canino del Castillo, que más tarde fue médico de profesión, ejerciendo su carrera en el sector de Maguayo del Barrio de Dorado en el pueblo de Toa Baja, donde se estableció, luego de haber contraído nupcias el 24 de septiembre de 1832 en Toa Baja con Doña Petronila Martínez. La prominencia de esta clase médica extranjera, dejó sentir su influencia sobre los gobernantes omnímodos de Puerto Rico durante varias décadas, inclusive, hasta en el acaparamiento de tierras.

Historia de Puerto Rico, Lucas Morán Arce, 1994, páginas 126 y 133

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1992, Tomo III, páginas 210 a 213

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, página 215

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, páginas 129, 130 y 439

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, páginas 376, 382, 386, 395, 400, 409, 410, 415, 419, 424 y 430

Los Emigrantes Llegados a Puerto Rico Procedentes de Venezuela entre 1810 - 1848, Raquel Rosario Rivera, 1992, páginas 15 a 35, 84 a 98, 120 a 122, 178 a 194, 245, 254 a 255, 321 y 324

Historia de Puerto Rico Siglo XIX, Lidio Cruz Monclova, 1979, tomo I, páginas 60, 66, 93, 95, 98 a 100, 121, 124, 156, 160, 167 a 168, 265, 268 y 275 a 277

 

24 de septiembre de 1810

Se inaguraron en España las Cortes Constituyentes, con el propósito de redactar el documento que daría nacimiento a su primera constitución como nación, siendo exaltado a la vicepresidencia del cuerpo, el puertorriqueño don Ramón Power y Giralt. En el seno de aquel organismo debatieron liberales (reformistas o constitucionalistas) y absolutistas (tradicionalistas o conservadores), bandos que también existían en Puerto Rico. Mientras se elaboraba el documento constitucional, el Consejo de Regencia seguía dirigiendo los destinos de la España revolucionaria. Ahora había grandes posibilidades de que, como se venía hablando en Puerto Rico muchos años atrás, el poder real emanara del pueblo que le daba su consentimiento para gobernar y que, por consiguiente, debía haber un cuerpo legislativo que compartiera los deberes del gobierno junto al Rey. Esta era, pues, la semilla de la Monarquía Constitucional.

Historia de Puerto Rico, Trayectoria de un pueblo, Blanca G. Silvestrini, 1992, página 219

Puerto Rico, desde sus orígenes hasta el cese de la dominación española, Luis M. Díaz Soler, 1994, página 365

 

1812 a 1827

La producción azucarera de la isla se incrementó de 16,765 a 365,535 quintales. Osea, a razón de 21.80 veces más. En tan sólo 15 años.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 197

 

1812

Se propuso al Gobierno un proyecto para la creación de un banco local.

Tesauro de Datos Históricos de Puerto Rico, 1990, Tomo I, página 207

 

1812

don Jacinto López Martínez (hijo de don Juan Crisóstomo López Martín), contrajo matrimonio en el pueblo de Toa Baja, con su tía materna, Doña María Romualda Martínez García (hermana de Doña María Josefa Martínez García, que era la madre de don Jacinto López Martínez). Tiempo después, como producto de esa unión conyugal, engendraron a 14 hijos nombrados: Juan Hipólito, Teresa de Jesús, María Ignacia, Juana Francisca, Manuela, María Luisa, Josefa Guadalupe, Jacinto de Jesús, Manuel Antonio, Juan Vicente, José Catalino, Fermina, Juan Guadalupe y María del Rosario; todos de apellidos López Martínez. Debido a la ausencia de documentos, como la acta de matrimonio y las de nacimientos o bautismos, por haberse destruido los mismos durante las múltiples inundaciones sufridas en el pueblo de Toa Baja, por estar almacenados los volúmenes de actas antiguos en el sótano de la casa Alcaldía del pueblo de Toa Baja, se determinó la antedicha fecha de matrimonio, mediante cómputos aritméticos aproximados, utilizando varias fuentes documentales alternas.

Cartas negativas del Secretario del pueblo de Toa Baja.

Documento no disponible. Fecha computada aproximadamente.

Historia de el Dorado Puerto Rico, 1987, Marcelino J. Canino Salgado, páginas 193 y 239

 

19 de marzo de 1812

Luego de año y medio de deliberaciones, las Cortes Constituyentes españolas promulgaron en Cádiz, la primera Constitución Española. La cual por decreto de 14 de julio del mismo año, del Gobernador Capitán General de Puerto Rico, el brigadier Salvador Meléndez Bruna, se procedió a declarar vigente, rigiendo la misma en Puerto Rico. Otorgándole a los puertorriqueños, los derechos de inviolabilidad de domicilio, persona, propiedad, libertad de pensamiento, petición, trabajo y sufragio; dejando de ser la isla una colonia para convertirse en una provincia española. Además, la susodicha Constitución creó un organismo semi repre